📢 Convocatoria abierta para Policía Local Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 20 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Subalterno Ayto. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 17 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Policía Local Extremadura — Plazo de inscripción hasta el 16 de octubre de 2026 — 35 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Principado de Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 49 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Auxiliar Educador/a Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 13 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Agente Medioambiental CyL — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 107 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Administrativo Ayuntamiento de León — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 14 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Cantabria — Plazo de inscripción hasta el 21 de octubre de 2026 — 71 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Geriatría Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 31 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 44 plazas.

Unidad 6 de 7

UT6 · Anexo II: Normativa del Servicio de Préstamo

Qué es y qué versión rige

El Anexo II, Normativa del Servicio de Préstamo, se desarrolla de acuerdo con el artículo 14.3 del Reglamento. Se aprobó con él en 2009 y el Consejo de Gobierno lo modificó el 30 de noviembre de 2011 (añade el perfil DIP y los fondos RIP) y el 22 de julio de 2013, que lo dejó finalmente redactado en su versión vigente (añade, entre otros, a los ex alumnos del programa Alumni en el Grupo 4). Esta unidad sigue la redacción de 2013.

Un detalle que cambió: la redacción de 2011 permitía, cuando por causa mayor las bibliotecas tuvieran que cerrar sin servicios mínimos, ampliar en dos el número de documentos a prestar para todos los grupos. La redacción de 2013 ya no recoge esa previsión.

El préstamo se rige por el principio de equidad y acceso homogéneo, y persigue dos objetivos:

  • Facilitar el uso de los fondos fuera de las instalaciones y en horarios en que la Biblioteca no está abierta, permitiendo disponer de cierto número de documentos durante un tiempo determinado.
  • Asegurar la disponibilidad y la conservación de los fondos.

El préstamo puede hacerse desde cualquier punto de servicio, y la devolución en cualquiera de las bibliotecas de la UMH, con independencia de la ubicación del documento y del usuario. El Préstamo Intercampus (entre bibliotecas de distintas sedes) no es inmediato: depende del transporte entre los dos centros.

Artículo 1. Usuarios

1.1 Son usuarios del préstamo todos los del artículo 11 del Reglamento.

1.2 Para el sistema integrado de gestión bibliotecaria se agrupan así:

  • Grupo 1: funcionarios de los cuerpos docentes universitarios (con o sin título de doctor) en activo, en comisión de servicios o en servicios especiales; el personal investigador con título de doctor (o de Institutos Universitarios de Investigación de la UMH por convenio); los profesores contratados con dedicación equivalente a tiempo completo; y el PAS con categoría de Director de Servicio o responsable de Unidad.
  • Grupo 2: profesores que son personal facultativo especialista del ámbito sanitario (no incluidos en el Grupo 1) y profesores contratados a tiempo parcial; funcionarios de carrera o interinos del PAS; el PAS contratado; miembros de la Junta Consultiva no incluidos en otros epígrafes; y las personas con el Diploma de Colaborador Honorífico.
  • Grupo 3: becarios con beca a cargo de la UMH que se formen en ella; estudiantes con matrícula efectiva en títulos oficiales de las Facultades o Escuelas de la UMH; becarios FPI y FPU adscritos a la UMH; y el personal laboral de investigación contratado.
  • Grupo 4: estudiantes de títulos no oficiales de la UMH y de la Universidad de la Experiencia; estudiantes de títulos oficiales en centros privados adscritos; ex alumnos del programa Alumni; profesores invitados; miembros de entidades con convenio; personal de contratas de servicios con contrato indefinido; participantes en programas y proyectos culturales; y personas avaladas por escrito por un funcionario docente de la UMH.
  • DIP (Personal Docente e Investigador Permanente): perfil disponible para funcionarios docentes y personal investigador en activo con relación contractual permanente que, por su trabajo, necesiten un fondo bibliográfico más amplio.

1.3 Identificación: en cada préstamo, con la Tarjeta Universitaria de la UMH o, en su defecto (pérdida o mientras no se ha recibido), con un documento oficial de identidad válido (DNI, Pasaporte o Permiso de Conducción). La Biblioteca puede emitir una Tarjeta de Usuario de la Biblioteca provisional.

1.4 Deberes: los del artículo 13 del Reglamento y, en concreto: cumplir los trámites para retirar el material; devolver las obras en los plazos fijados; y respetar la integridad y conservación de los documentos.

Artículo 2. Documentos y materiales que se pueden prestar

  • Documento es cada una de las unidades registrables de la colección. También pueden prestarse otros materiales u objetos necesarios para el aprendizaje, la docencia o la investigación.
  • Regla general: todos los documentos son objeto de préstamo, salvo los que la Biblioteca determine por su condición física o por protección de la propiedad intelectual.
  • El préstamo de materiales no documentales se desarrollará por normativas específicas, por su especificidad y rápida obsolescencia.

Modalidades de préstamo:

ModalidadQué documentos
CORTOBásicos para la docencia o lectura recomendada de los que sólo hay un ejemplar y con acusada demanda. Excepcional y transitoriamente, previo informe favorable del Director de las Bibliotecas, documentos con ejemplares claramente insuficientes
LARGOBásicos o de lectura recomendada con más de un ejemplar, y documentos no básicos para la docencia
SOLO-SALATesis, tesinas, proyectos de licenciatura y fondos que requieren especial protección: sólo se consultan en la Biblioteca
CONSULTAExcluidos de préstamo; se consultan en sala o en línea sin mediación del personal. Pueden tener la categoría FIN-SEMANA (prestables el fin de semana si la biblioteca no abre)
PREFERENTEAdquiridos con cargo a Departamentos, Centros, Servicios, Proyectos o Contratos de Investigación o subvenciones externas: condiciones preferentes para el responsable de la adquisición
RIP (Recursos del Investigador Permanente)Adquiridos con cargo al profesor o a presupuestos de Departamentos, Centros, Proyectos o Contratos de Investigación, de uso permanente para el personal de la categoría DIP

Preferente con más de un año: si otro usuario lo necesita, la Biblioteca puede requerirlo al prestatario, asegurar su consulta y reintegrarlo al prestatario original en el plazo máximo de una semana. Si el prestatario no puede prescindir de él en ese periodo, debe designar otra fecha.

Fondo RIP: lo forman los documentos donados por el DIP titular y los adquiridos en esas condiciones, excluyéndose los libros adquiridos con cargo a la biblioteca o al vicerrectorado del que dependa. Pueden pasar a la colección general a voluntad del titular. Deben estar disponibles para inventario y localizables para un préstamo CORTO, en las mismas condiciones que el material PREFERENTE. En caso de extravío, el titular del fondo RIP es responsable de su reposición.

Artículo 3. Régimen de préstamo

GrupoDocumentos a la vezCORTOLARGOPREFERENTE
Grupo 15015 días1 mes5 años
Grupo 21515 días1 mes5 años
Grupo 352 días7 díasno se prevé
Grupo 422 días7 díasno se prevé
DIPilimitado
  • Grupo 4: sus condiciones pueden adaptarse a lo fijado en los convenios entre instituciones, atendiendo a criterios de reciprocidad.
  • DIP: el perfil se asocia a documentos RIP a nombre del titular que lo haya solicitado, por un periodo de cinco años, renovable.

Información: la situación de préstamos, devoluciones, reservas y periodos de exclusión se consulta en el catálogo en línea.

Préstamo en vacaciones: puede fijarse una única fecha especial de devolución para todos los documentos, siempre que suponga una duración superior a la que les correspondería.

Reservas:

  • a) Todo documento que se presta puede reservarse, siempre que no exista otra copia disponible en alguna biblioteca de la UMH.
  • b) Máximo de reservas = número de documentos que el usuario puede tener en préstamo.
  • c) El estado de la reserva se consulta en el catálogo en línea, aunque la Biblioteca comunicará la disponibilidad al interesado. Plazo de recogida: un día.
  • d) El usuario debe cancelar la reserva si ya no necesita el documento.
  • e) No se pueden reservar los fondos RIP.

Renovaciones: por el mismo periodo del préstamo, siempre que no haya reservas pendientes y no haya expirado el periodo de préstamo. El número de renovaciones está limitado a efectos de inventario y comprobación del estado del documento, que puede volver a prestarse por el mismo periodo y condiciones.

Medidas correctoras del préstamo

  • Por préstamo: el retraso en la devolución conlleva la suspensión temporal del servicio de préstamo, con carácter general de un día por cada obra y día de retraso. La Biblioteca puede incrementarla según el principio de proporcionalidad (intención, perjuicios, reincidencia o retraso de documentos con reservas).
  • Por reserva: suspensión temporal del préstamo a quien reserve de manera reiterada o indebida documentos que luego no retire, si no canceló a tiempo.
  • Se aplican de forma inmediata por los centros y, en lo posible, automática. Las de especial gravedad se ponen en conocimiento de la Dirección de la Biblioteca, que remite un informe al Presidente de la Comisión de Bibliotecas.
  • No tienen carácter de sanción administrativa: se aplican sin perjuicio de las acciones disciplinarias, civiles o penales que correspondan.

📌 Lo esencial para el examen

  • El Anexo II se desarrolla según el artículo 14.3; se rige por el principio de equidad y acceso homogéneo.
  • Préstamo y devolución en cualquiera de las bibliotecas de la UMH; el Préstamo Intercampus no es inmediato.
  • Identificación: Tarjeta Universitaria de la UMH o, en su defecto, DNI, Pasaporte o Permiso de Conducción.
  • Regla general: todos los documentos son objeto de préstamo, salvo por condición física o protección de la propiedad intelectual.
  • SOLO-SALA: Tesis, tesinas, proyectos de licenciatura. CONSULTA: excluidos de préstamo, con posible categoría FIN-SEMANA.
  • PREFERENTE de más de un año: puede requerirse y se reintegra en el plazo máximo de una semana.
  • RIP: no se pueden reservar; en caso de extravío responde el titular del fondo RIP.
  • DIP: fondos RIP asociados por un periodo de cinco años, renovable.
  • Renovación: mismo periodo, sin reservas pendientes y sin haber expirado el periodo de préstamo.
  • Las medidas no tienen carácter de sanción administrativa.

De un vistazo: régimen de préstamo

GrupoDocumentosCORTOLARGOPREFERENTE
Grupo 15015 días1 mes5 años
Grupo 21515 días1 mes5 años
Grupo 352 días7 díasno se prevé
Grupo 422 días7 díasno se prevé
DIPilimitado