📢 Convocatoria abierta para Policía Local Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 20 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Subalterno Ayto. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 17 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Policía Local Extremadura — Plazo de inscripción hasta el 16 de octubre de 2026 — 35 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Auxiliar Educador/a Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 13 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Principado de Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 49 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Administrativo Ayuntamiento de León — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 14 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Agente Medioambiental CyL — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 107 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Cantabria — Plazo de inscripción hasta el 21 de octubre de 2026 — 71 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 44 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Geriatría Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 31 plazas.

Unidad 9 de 14

UT9 · Tema 9 · Autoprotección (RD 393/2007, Norma Básica de Autoprotección)

Tema 9. Autoprotección (RD 393/2007, Norma Básica de Autoprotección)

En cristiano La autoprotección es lo que hace el titular de una actividad, con sus propios medios, para prevenir riesgos y saber responder a una emergencia. Todo se recoge en un documento: el Plan de Autoprotección. La Administración controla, pero no lo elabora.

Ámbito y concepto

  • Se aplica a centros, establecimientos y dependencias con actividades que puedan dar origen a emergencias, las relacionadas en su anexo I (industriales, almacenamiento, espectáculos y actividades recreativas, sanitarias, docentes, residenciales públicas, grandes centros…), según umbrales de superficie, ocupación o carga de fuego.
  • Autoprotección: sistema de acciones y medidas adoptadas por los titulares de las actividades, con sus propios medios y recursos, para prevenir y controlar riesgos, responder a emergencias e integrarse con el sistema público de protección civil.
  • Objeto de la Norma: establecer los mecanismos de control por parte de las Administraciones para garantizar la implantación y el mantenimiento eficaz de las medidas.

Obligaciones del titular de la actividad

  • Elaborar, implantar y mantener actualizado el plan de autoprotección.
  • Informar y formar al personal a su servicio.
  • Facilitar la información necesaria a la Administración competente.
  • Notificar cualquier cambio que suponga una modificación sustancial de los riesgos.
  • Mantener operativos los mecanismos y medios humanos y materiales para afrontar emergencias.

Definiciones clave

TérminoDefinición
PeligroSituación potencial de causar daño.
RiesgoProbabilidad de que se produzca un daño.
EmergenciaSituación de riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, sobrevenida por accidente, cuando la seguridad y la vida de las personas pueden peligrar.
Plan de autoprotecciónDocumento que establece el marco previsto para un centro o establecimiento, para prevenir y controlar los riesgos sobre personas y bienes y dar respuesta adecuada a emergencias.
RecursosElementos humanos y materiales disponibles para luchar contra las emergencias.

Contenido mínimo del Plan (Anexo II): 9 puntos

  • Identificación de los titulares y del emplazamiento.
  • Descripción detallada de la actividad y del medio físico.
  • Inventario, análisis y evaluación de riesgos.
  • Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección.
  • Programa de mantenimiento de instalaciones.
  • Plan de actuación ante emergencias.
  • Integración del plan en otros de ámbito superior.
  • Implantación del plan.
  • Mantenimiento de la eficacia y actualización del plan.

Plan de actuación ante emergencias: identifica y clasifica las emergencias según el tipo de riesgo, la gravedad, la ocupación y los medios humanos; designa personas y equipos con sus procedimientos; y define la comunicación y coordinación con los servicios de ayuda exterior.

Truco para recordarlo Sigue los verbos del plan: Identifico → Describo → Evalúo riesgos → Inventario medios → Mantengo → Actúo en emergencias → Integro → Implanto → Actualizo. Quién manda: titular elabora, Administración controla.
Ojo, trampa del tribunal No confundas Plan de Autoprotección (documento marco de prevención y respuesta) con la Carta de Servicios (compromisos de calidad de un servicio). Peligro ≠ riesgo: uno es el daño potencial, el otro la probabilidad.

📌 Lo esencial para el examen

  • Quién hace qué: el titular elabora, implanta y mantiene el plan con sus propios medios y recursos; la Norma establece el control por parte de las Administraciones.
  • Obligaciones del titular: Elaborar, implantar y mantener actualizado el plan, Informar y formar al personal y Notificar las modificaciones sustanciales de los riesgos.
  • El contenido mínimo del Plan (Anexo II) son 9 puntos.
  • Peligro es la situación potencial de causar daño; riesgo, la Probabilidad de que se produzca.
  • Las actividades afectadas están en su anexo I.