📢 Convocatoria abierta para Policía Local Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 20 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Subalterno Ayto. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 17 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Policía Local Extremadura — Plazo de inscripción hasta el 16 de octubre de 2026 — 35 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Auxiliar Educador/a Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 13 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Principado de Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 49 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Administrativo Ayuntamiento de León — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 14 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Agente Medioambiental CyL — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 107 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Cantabria — Plazo de inscripción hasta el 21 de octubre de 2026 — 71 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 44 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Geriatría Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 31 plazas.

Unidad 2 de 14

UT2 · Tema 2 · Seguridad Privada (Ley 5/2014)

Tema 2. Seguridad Privada (Ley 5/2014)

En cristiano La seguridad privada es un ayudante de la seguridad pública, nunca su sustituta. Actúa bajo el mando y en colaboración con las FCS, y solo puede hacer lo que la ley le permite.

Objeto y naturaleza

  • Objeto: regular la seguridad privada que llevan a cabo empresas de seguridad privada, despachos de detectives privados y personal de seguridad privada, para proteger personas y bienes y contribuir a la seguridad pública.
  • Seguridad privada: actividades de personas físicas o jurídicas privadas dirigidas a proteger la vida e integridad de personas y bienes y garantizar el desarrollo normal de actividades, previniendo delitos.
  • Los servicios y actuaciones de seguridad privada son actividades complementarias y subordinadas respecto de la seguridad pública.

Actividades de seguridad privada

  • Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones.
  • Protección de personas determinadas.
  • Depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y billetes.
  • Instalación y mantenimiento de aparatos, equipos y sistemas de seguridad.
  • Explotación de centrales de alarma.
  • Investigación privada.

Ámbito: compatible y excluido

TipoQué incluye
CompatiblesFabricación, comercialización, instalación y mantenimiento de equipos de seguridad, siempre que no se confundan con actividades reservadas.
ExcluidasActividades del personal al servicio de las AAPP. Actividades de autoprotección con personal propio no adscrito a un servicio de seguridad: por ejemplo, la mera comprobación de porteros u ordenanzas sin ejercer funciones reservadas.

Medidas de seguridad y sanciones (Título IV, Cap. IV)

  • Ciertos establecimientos están obligados a adoptar medidas por su actividad: entidades bancarias, joyerías, armerías, gasolineras, etc.
  • Las medidas pueden ser físicas, electrónicas, informáticas o de organización de recursos humanos, o combinadas. Su objetivo es prevenir delitos y ayudar a investigarlos.
  • Infracciones (muy graves, graves y leves) de usuarios y centros de formación: no adoptar las medidas obligatorias, obstruir la inspección, formar sin homologación o incumplir los requisitos de los cursos.
  • Las sanciones se gradúan por la entidad del riesgo, la intencionalidad, la reiteración y la gravedad causada.

Distinguir bien quién es quién

El tribunal insiste en que no todo el que trabaja en seguridad tiene las mismas funciones ni la misma habilitación. Diferencia siempre entre:

  • Personal de control de accesos.
  • Vigilantes de seguridad.
  • FCS (Policía, Guardia Civil…).
  • Servicios de emergencia (bomberos, sanitarios).
  • Personal técnico y responsables universitarios.
Truco para recordarlo Privada = ayudante. Pública = jefe.
Ojo, trampa del tribunal Una respuesta puede parecer razonable y ser incorrecta porque atribuye al personal de control una competencia que es de otro profesional. La obediencia no justifica cumplir una orden manifiestamente ilegal o insegura. Y una instrucción verbal no sirve para saltarse el control cuando exige autorización o registro.

📌 Lo esencial para el examen

  • La seguridad privada es complementarias y subordinadas respecto de la seguridad pública: ayuda, nunca sustituye.
  • Entre sus actividades está el Control de acceso a espectáculos y actividades recreativas.
  • Quedan Excluidas las actividades del personal al servicio de las AAPP y la mera comprobación de porteros u ordenanzas.
  • Las sanciones se gradúan por la entidad del riesgo, la intencionalidad, la reiteración y la gravedad causada.
  • Cuidado con atribuir al personal de control una competencia de otro profesional: La obediencia no justifica cumplir una orden manifiestamente ilegal o insegura.