Tema 1. Seguridad Pública (LO 4/2015 y LO 2/1986)
| En cristiano La seguridad pública es cosa del Estado: la garantizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS). La LO 4/2015 dice qué pueden hacer los agentes en la calle. La LO 2/1986 dice qué cuerpos existen y qué hace cada uno. |
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LO 4/2015 de Seguridad Ciudadana
- La seguridad ciudadana es un requisito indispensable para ejercer los derechos fundamentales y su mantenimiento es competencia del Estado.
- Fines: proteger la vida e integridad de las personas, garantizar el funcionamiento de las instituciones, asegurar la convivencia y el uso pacífico de vías y espacios públicos, prevenir delitos e infracciones y coordinar a las FCS.
- Principios de actuación: adecuación al ordenamiento jurídico, actuación proporcionada y congruente, e igualdad y no discriminación.
Potestades de las FCS (Capítulo III)
| Potestad | Qué significa |
|---|---|
| Identificación | Pueden pedir que te identifiques si hay indicios de que participaste en una infracción o si es razonablemente necesario. Si no se logra, pueden llevarte a dependencias policiales próximas informándote de ese derecho. |
| Controles en vías y lugares públicos | Para descubrir e investigar delitos y detener al presunto responsable. |
| Registro corporal externo | Externo y superficial, solo con indicios racionales de que puede conducir al hallazgo de objetos relevantes. |
| Videovigilancia | Cámaras fijas o móviles en lugares públicos para garantizar la seguridad ciudadana. |
| Uso de la fuerza | Siempre con proporcionalidad y congruencia. |
LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
La seguridad pública es competencia exclusiva del Estado y la ejerce el Gobierno a través de las FCS. Hay tres tipos de cuerpos:
| Cuerpo | De quién depende | Naturaleza | Dónde actúa / funciones clave |
|---|---|---|---|
| Policía Nacional | Gobierno de la Nación | Instituto armado civil | Todo el territorio, con carácter general en zonas urbanas. |
| Guardia Civil | Gobierno de la Nación | Militar | Zonas rurales, custodia de vías de comunicación, resguardo fiscal, aduanas, armas y explosivos, protección de la naturaleza. |
| Policía autonómica | Comunidad Autónoma | Civil | Solo si su Estatuto lo permite. Protege personas y bienes, mantiene el orden público, vigila edificios de la CA e inspecciona sus actividades. Puede colaborar con las FCS del Estado. |
| Policía Local | Ayuntamiento (autoridad municipal) | Instituto armado civil | Protege autoridades y edificios locales, tráfico en casco urbano, atestados de accidentes de circulación, policía administrativa, policía judicial, auxilio en catástrofes, prevención de delitos, vigilancia de espacios públicos. |
Funciones comunes de las FCS del Estado: velar por el cumplimiento de las leyes, auxiliar a los ciudadanos, mantener y restablecer el orden y la seguridad, prevenir delitos, investigar delitos, recoger y analizar datos de interés para la seguridad pública y colaborar con protección civil.
Policía Local: actúa siempre en coordinación con las FCS. Para funciones que impliquen ejecución armada de la ley solo puede actuar dentro de su término municipal, salvo emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes.
| Truco para recordarlo Policía = ciudad. Guardia Civil = campo y "cosas que explotan o cruzan fronteras" (armas, explosivos, aduanas, vías). Local = del alcalde y de su pueblo. |
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| Ojo, trampa del tribunal Policía Nacional y Local son de naturaleza civil; la Guardia Civil es la militar. La Policía Local depende exclusivamente de la autoridad municipal. |
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📌 Lo esencial para el examen
- La seguridad pública es competencia exclusiva del Estado, y la seguridad ciudadana es un requisito indispensable para ejercer los derechos fundamentales.
- Policía Nacional y Policía Local son de naturaleza civil; la Guardia Civil es la militar.
- Policía Nacional en zonas urbanas, Guardia Civil en zonas rurales (más armas, explosivos, aduanas y vías).
- La Policía Local depende de la autoridad municipal y, salvo emergencia, actúa dentro de su término municipal.
- El registro corporal es externo y superficial, y el uso de la fuerza siempre con proporcionalidad y congruencia.