Auxiliar Educador/Auxiliar Educadora: Es el trabajador o trabajadora que con el título de técnico o técnica, o nivel académico equivalente, realiza bajo la dependencia de la persona responsable, funciones de asistencia o tareas auxiliares referidas a la vida diaria en el centro y a la autonomía personal, siempre que no tengan carácter sanitario, en coordinación y siguiendo las directrices de los y las correspondientes profesionales.
En los centros educativos dependientes de la Consejería de Educación atiende las necesidades educativas especiales de los alumnos y alumnas, así calificados y calificadas, colabora en su traslado y desplazamientos, en las salidas, excursiones o fiestas programadas, en su atención, vigilancia y cuidado durante los períodos de recreo y descanso, les acompaña en la ruta escolar (aplicable hasta el desarrollo definitivo de la Ley del transporte), colabora con los y las profesionales correspondientes en el desarrollo y ejecución de programas de autonomía personal y social en períodos de descanso y comedor, e informa del seguimiento y aplicación de la labor desarrollada.