Tema 221 — El Archivo de la Corona de Aragón y los Archivos de las Reales Chancillerías
1. Archivo de la Corona de Aragón (ACA)
1.1 Fundación (1318)
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El archivo nace por decisión soberana de Jaime II de Aragón (Jaime II el Justo, 1291-1327). En julio de 1318 ordenó que unas cámaras del Palacio Real de Barcelona, que la ampliación de la capilla palatina había dejado libres, se destinaran a su archivo, situado en la antesala de la capilla de Santa Águeda, en la Plaza del Rey de Barcelona, donde todavía hoy tiene su sede histórica.
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La orden del rey fue verbal; se conoce por un documento de mayo de 1319 que liquida los gastos de las obras de adaptación de las estancias (ACA, Real Patrimonio, Maestre Racional, vol. 627).
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En 1346 el rey Pedro el Ceremonioso nombró a su escribano Pere Perseya primer archivero real con ese título, un puesto que desde entonces se ha cubierto sin interrupción. En 1384 el rey le dio normas prácticas sobre las incumbencias de su cargo.
Fuente: Archivo de la Corona de Aragón, «Historia» y «Fundación del Archivo de la Corona de Aragón (1318)» (cultura.gob.es/archivos-aca).
1.2 De Archivo Real a Archivo de la Corona de Aragón
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Durante siglos tuvo la consideración de Archivo Real —el Archivo Real de Barcelona—, propiedad estricta del monarca, y hasta 1770 estuvo alojado en el Palacio Real de Barcelona.
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Junto con las escrituras del Patrimonio Real se custodiaban los documentos de gobierno y justicia, entre ellos las series de registros de la Cancillería. Llegó a tener 32 armarios y cuatro estancias de depósito. También ingresaron, siempre por real orden, fondos de casas de la suprimida Orden del Temple, archivos confiscados a nobles rebeldes y archivos de patrimonios adquiridos por la Corona.
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La monarquía borbónica le dio una nueva planta (1738) y un reglamento interno (1754), y con ellos el nombre nuevo de Archivo de la Corona de Aragón.
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En el siglo XIX el archivero Próspero de Bofarull publicó Los Condes de Barcelona Vindicados (1836) y acrecentó los fondos con archivos históricos y de instituciones extinguidas.
Fuente: Archivo de la Corona de Aragón, «Historia» (cultura.gob.es/archivos-aca/presentacion/historia.html).
1.3 Fondos
El ACA conserva la documentación de los condes de Barcelona y reyes de Aragón, Valencia y Mallorca (siglos IX-XVII), más los archivos de diversas instituciones civiles y eclesiásticas y archivos privados de los territorios españoles de la Corona de Aragón (Aragón, Baleares, Cataluña y Valencia), entre los siglos X y XX.
Sus fondos se agrupan en los siguientes fondos o grupos de fondos:
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Real Cancillería
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Consejo de Aragón
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Real Audiencia
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Real Patrimonio (en él se integra el Maestre Racional)
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Generalidad
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Órdenes religiosas y militares
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Protocolos Notariales
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Hacienda
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Cultura
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Diversos y Colecciones
Fuente: Archivo de la Corona de Aragón, «Introducción a los fondos documentales» (cultura.gob.es/archivos-aca/fondos-documentales/introduccion.html).
1.4 Sedes
| Sede | Datos |
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| Sede histórica: Palacio de los Virreyes o Palau del Lloctinent (C. Comtes 2, Barcelona) | Construido entre 1549 y 1557 por el maestro Antoni Carbonell, como ampliación del Palacio Real Mayor para sede del virrey de Cataluña (decreto de las Cortes de Monzón de 1547). Tras la remodelación inaugurada en enero de 2007 se dedica a actividades docentes, de investigación especializada y de difusión (visitas, exposiciones, aula didáctica, sala de actos). |
| Sede moderna: calle Almogàvers (n.º 77, Barcelona) | Edificio de nueva planta inaugurado en 1994. Un cuerpo de tres plantas con atención al público, oficinas, laboratorios y sala de lectura; otro de cuatro plantas con 12 cámaras de seguridad para la documentación. |
Fuente: Archivo de la Corona de Aragón, «Edificios» y «Contacto y horarios» (cultura.gob.es/archivos-aca).
1.5 Titularidad y Patronato
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El ACA es un archivo de titularidad y gestión estatal, adscrito al Ministerio de Cultura. Así lo dice el preámbulo del Real Decreto que crea su Patronato, que lo califica además de archivo «de excepcional importancia y de interés supracomunitario».
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Sus fondos afectan a territorios hoy bajo distintas soberanías (Rosellón, Cerdaña, Conflent, Vallespir, Córcega, Cerdeña, Sicilia) y especialmente a cuatro comunidades autónomas: Cataluña, Comunitat Valenciana, Aragón e Illes Balears.
El Patronato del ACA fue creado por el Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre (BOE de 9 de noviembre de 2006), como órgano colegiado rector del archivo, adscrito al Ministerio de Cultura (art. 1). En él participan el Ministerio y las comunidades de Aragón, Cataluña, Comunitat Valenciana e Illes Balears.
Composición (art. 2):
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Presidente: el Ministro de Cultura o la persona en quien delegue.
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Vicepresidente primero: uno de los consejeros de Cultura de las cuatro comunidades autónomas, por turno rotatorio anual que empieza por la comunidad con Estatuto más antiguo. Vicepresidente segundo: el Subsecretario de Cultura.
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Vocales natos: los tres consejeros de Cultura restantes; los directores generales del Libro, Archivos y Bibliotecas, de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Cooperación y Comunicación Cultural y el Secretario General Técnico del Ministerio de Cultura; el Director General de Desarrollo Autonómico del Ministerio de Administraciones Públicas; el director general competente en archivos de cada una de las cuatro comunidades; el Subdirector General de los Archivos Estatales; y el Director del ACA, que actúa como Secretario.
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Vocales por designación: hasta ocho, designados por el Ministro entre personalidades de la cultura, por tres años: cuatro a propuesta del Ministro y cuatro a propuesta de las comunidades autónomas, uno por cada una.
El Patronato actúa en Pleno y en Comisión Permanente (art. 4). Entre las funciones del Pleno (art. 5) están aprobar el plan general de actuación anual, informar la memoria anual que elabora el Director y el anteproyecto de presupuesto que presenta la Subdirección General de los Archivos Estatales, informar preceptivamente cualquier propuesta de salida permanente de fondos e informar sobre el nombramiento del Director.
Fuente: Real Decreto 1267/2006, de 8 de noviembre, por el que se crea el Patronato del Archivo de la Corona de Aragón (BOE-A-2006-19411); Archivo de la Corona de Aragón, «Patronato».
2. Las Reales Chancillerías
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La Real Audiencia y Chancillería fue creada por Enrique II en las Cortes de Toro de 1371, y se erigió en el más alto tribunal de justicia de la Corona de Castilla durante buena parte de la Edad Media y toda la Edad Moderna.
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En 1489 los Reyes Católicos, mediante las Ordenanzas de Medina del Campo, reorganizaron el tribunal y crearon además su archivo.
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En 1494 se estableció una segunda Chancillería en Ciudad Real, que en 1505 se trasladó a Granada. Desde entonces la jurisdicción quedó repartida:
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Chancillería de Valladolid: territorios al norte del río Tajo.
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Chancillería de Granada: territorios de la Corona castellana al sur del río Tajo.
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Las dos Chancillerías fueron, por tanto, los tribunales superiores de la Corona de Castilla, al norte y al sur del Tajo respectivamente, y ambas desaparecieron con su extinción en 1834, sustituidas por las Audiencias Territoriales.
Fuente: Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, «Historia del Archivo» (cultura.gob.es); Archivo de la Real Chancillería de Granada, ficha ISDIAH y «Fondos y colecciones» (Portal de Archivos de Andalucía, juntadeandalucia.es).
3. Archivo de la Real Chancillería de Valladolid
3.1 Historia: tres etapas
| Etapa | Años | Contenido |
|---|---|---|
| Archivo judicial | 1489-1834 | Archivo del tribunal, creado con las Ordenanzas de Medina del Campo. |
| «Archivo viejo» | 1834-1906 | Suprimida la Chancillería en 1834 y sustituida por la Audiencia Territorial de Valladolid, que forma su propio archivo, el de la Chancillería pasa a conocerse como «Archivo viejo». Época de pérdidas: la Junta de Archivos (1854-1858) eliminó la mayor parte de la documentación de las antiguas Salas del Crimen. |
| Archivo histórico | desde 1906 | El archivo se entrega al Cuerpo Facultativo de Archiveros del Estado y nace como institución dedicada a la conservación y difusión del patrimonio documental. |
3.2 Edificio
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Fue una de las primeras instituciones de la Corona de Castilla con un edificio construido expresamente como depósito de documentos: el «Archivo viejo», inaugurado en 1682, que guardó la documentación hasta 1973 (hoy es el Palacio de Congresos «Conde Ansúrez»).
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En 1973 se inauguró un nuevo edificio de depósitos. Las instalaciones actuales suman 6.665 m² construidos: un edificio principal de servicios y otro de siete plantas para trabajo y depósito.
3.3 Fondos
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Conserva la documentación de la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid (1371-1834), máxima instancia judicial de la Corona de Castilla para los territorios al norte del Tajo, sin perjuicio de las competencias de la Sala de Justicia del Consejo de Castilla.
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Conserva también los fondos de la Audiencia Territorial de Valladolid (1834-1988) y de otros órganos judiciales aún vigentes (Audiencia Provincial, Sala de lo Social del TSJ de Castilla y León, Juzgados de lo Social de Valladolid), además de los de otros órganos con función judicial, como el Juzgado de Guerra de Valladolid (siglo XVIII).
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Son cerca de veinte kilómetros lineales de documentación exclusivamente judicial, desde los siglos bajomedievales hasta finales del siglo XX, lo que lo convierte en el más importante de los archivos judiciales del Antiguo Régimen conservados en España.
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Series y agrupaciones principales del fondo de la Real Audiencia y Chancillería: el Registro de Ejecutorias, los pleitos de hidalguía, los pleitos de Vizcaya, la documentación de las Salas de lo Criminal, las diversas agrupaciones de pleitos civiles y las colecciones de Pergaminos, Planos y dibujos, Cédulas y pragmáticas y Protocolos y padrones.
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Su cuadro de fondos distingue fondos y grupos de fondos (Real Audiencia y Chancillería de Valladolid, 1395-1834; Juzgado de Guerra; Audiencia Territorial; Audiencia Provincial; Juzgados de lo Social; Responsabilidades Políticas; Libertad Vigilada; TSJ de Castilla y León, etc.) y colecciones especiales: Pergaminos (978-1815), Planos y dibujos (1483-1839), Adquisiciones, Formatos especiales, Fotografías y Objetos.
3.4 Titularidad
Es un archivo dependiente del Ministerio de Cultura a través de la Subdirección General de los Archivos Estatales: de titularidad y gestión estatal, como el ACA.
Fuente: Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, «Presentación», «Historia del Archivo», «Edificio e instalaciones», «Introducción a los fondos documentales», «Cuadro de fondos» y «Proyectos documentales» (cultura.gob.es/cultura/areas/archivos/mc/archivos/acv).
4. Archivo de la Real Chancillería de Granada
4.1 Historia
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El tribunal se estableció en Ciudad Real en 1494 y se trasladó a Granada en 1505. Su archivo compartió con él hasta su extinción en 1834 sus sucesivas ubicaciones: primero Ciudad Real y, desde 1505 en Granada, en origen la Alhambra y la calle de Oidores (Albaicín), y definitivamente el Palacio de Plaza Nueva.
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La Real Audiencia y Chancillería de Granada fue durante el Antiguo Régimen un tribunal superior de justicia, un importante órgano gubernativo y corte real por residir en su sede los sellos reales. Su ámbito eran los territorios de la Corona castellana al sur del río Tajo.
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Como institución del patrimonio, el archivo nace en 1904, al pasar la custodia del fondo de la Chancillería del Ministerio de Gracia y Justicia al de Instrucción Pública y Bellas Artes, con la incorporación del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos a su servicio desde 1906.
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El fondo de la Chancillería se había completado en 1854 con los protocolos de los escribanos; en 1923 se incorporó el protocolo del chanciller (documentos de los tres oficiales de la Tabla del Sello: teniente de chanciller, registrador y contador de la razón), al haberse extinguido los derechos del oficio en 1917.
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Sedes en el siglo XX: el Palacio de la Chancillería de Plaza Nueva hasta 1963; desde 1963 la remodelada Casa del Padre Suárez.
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De 1969 a 1991 desempeñó las funciones de Archivo Histórico Provincial.
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Conserva fondos de instituciones de la Administración de Justicia radicadas en Granada (Real Audiencia y Chancillería, Audiencia Territorial de Granada desde 1834, juzgados de partido, comarcales, de distrito y municipales, y órganos de jurisdicciones especiales). Desde el Decreto de 24 de julio de 1947 recibe documentación de audiencias y juzgados, lo que le da carácter de depósito intermedio además de histórico.
4.2 Titularidad: estatal, pero gestión autonómica
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A diferencia del ACA y del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, el de Granada no lo gestiona el Estado: se transfirió a la administración autonómica por el Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de cultura, y la Junta de Andalucía asumió las competencias de gestión a través de su Consejería de Cultura.
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El marco de ese traspaso: el RD 864/1984 transfiere a Andalucía la ejecución de la legislación del Estado sobre archivos de titularidad estatal, cuya gestión y administración corresponde a la Comunidad Autónoma en los términos de un convenio con el Ministerio de Cultura (conforme al art. 149.1.28.ª de la Constitución, que reserva al Estado los archivos de titularidad estatal «sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas»).
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Así, el archivo se integra en el Sistema Andaluz de Archivos, dentro del Subsistema de Archivos de titularidad estatal y gestión autonómica. La Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de documentos, archivos y patrimonio documental de Andalucía lo designa archivo histórico del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
| Archivo | Titularidad | Gestión |
|---|---|---|
| Archivo de la Corona de Aragón | Estatal | Estatal (Ministerio de Cultura) |
| Archivo de la Real Chancillería de Valladolid | Estatal | Estatal (Ministerio de Cultura, S. G. de los Archivos Estatales) |
| Archivo de la Real Chancillería de Granada | Estatal | Autonómica (Junta de Andalucía), desde el RD 864/1984 |
Fuente: Archivo de la Real Chancillería de Granada, «Historia del archivo» y ficha ISDIAH (Portal de Archivos de Andalucía, juntadeandalucia.es); Real Decreto 864/1984, de 29 de febrero (BOE-A-1984-10188).