Capítulo VIII. Régimen Jurídico
El procedimiento administrativo municipal se rige por la legislación básica de procedimiento administrativo común y las normas establecidas en este reglamento.
La tramitación administrativa deberá desarrollarse por procedimientos de economía, eficacia y coordinación que estimulen el diligente funcionamiento de la organización de las entidades locales. Siempre que sea posible se mecanizarán o informatizarán los trabajos burocráticos y se evitará el entorpecimiento o demora en la tramitación de expedientes a pretexto de diligencias y proveídos de mera impulsión, reduciéndolos a los estrictamente indispensables.
📌 Lo esencial para el examen
- El procedimiento administrativo municipal se rige por la legislación básica de procedimiento administrativo común y por las normas establecidas en este reglamento.
- La materia se encuadra en el Capítulo VIII. Régimen Jurídico.
- La tramitación administrativa se desarrolla por procedimientos de economía, eficacia y coordinación.
- Esos procedimientos deben estimular el diligente funcionamiento de la organización de las entidades locales.
- Siempre que sea posible se mecanizarán o informatizarán los trabajos burocráticos.
- Se evitará el entorpecimiento o demora en la tramitación de expedientes.
- No sirven de pretexto las diligencias y proveídos de mera impulsión, que se reducen a los estrictamente indispensables.