📢 Convocatoria abierta para Policía Local Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 20 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Subalterno Ayto. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 17 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Policía Local Extremadura — Plazo de inscripción hasta el 16 de octubre de 2026 — 35 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Principado de Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 49 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Auxiliar Educador/a Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 13 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Agente Medioambiental CyL — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 107 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Administrativo Ayuntamiento de León — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 14 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Cantabria — Plazo de inscripción hasta el 21 de octubre de 2026 — 71 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Geriatría Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 31 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 44 plazas.

Unidad 1 de 7

UT1 · Presentación, definición, objetivos y funciones (Título preliminar y Título I)

La norma que estudias

El Reglamento de Régimen Interno de la Biblioteca de la Universidad Miguel Hernández de Elche lo aprobó el Consejo de Gobierno en su sesión de 27 de julio de 2009, a propuesta del Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico. Puede denominarse de forma abreviada Reglamento de la Biblioteca.

Tiene un cuerpo principal (un Título preliminar y seis títulos) y tres anexos aprobados junto con él (disposición adicional segunda):

AnexoContenido
Anexo IReglamento de Régimen Interno de la Comisión de Bibliotecas
Anexo IINormativa del Servicio de Préstamo (modificada el 30/11/2011 y el 22/07/2013)
Anexo IIIMedidas correctoras frente al incumplimiento de la normativa de las bibliotecas

Título preliminar

  • La UMH presta desde su fundación un servicio de bibliotecas a la Comunidad Universitaria. Fruto de su evolución, se ha desarrollado una organización con cinco puntos de servicio en los cuatro Campus.
  • Las bibliotecas han desarrollado su trabajo bajo los principios de calidad, participación, desarrollo multicampus y multidisciplinar, orientación al desarrollo integral de los alumnos y apertura al Mundo y al resto de las universidades.
  • Las bibliotecas universitarias han experimentado una fuerte evolución, auspiciada por el cambio tecnológico y de modelo educativo, que se verá refrendado por la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
  • Para coordinar, dirigir y encauzar los objetivos de todos los centros se creó una unidad con rango administrativo de Servicio.
  • Transcurridos doce años desde su puesta en marcha, se hace necesario dotar a la Biblioteca de un Reglamento de Régimen Interno. Esta normativa debe abarcar la estructura, ámbito y régimen de funcionamiento del servicio, su alcance, la modalidad de gestión, las características del personal y el régimen económico.

Artículo 1. Definición

  1. La Biblioteca es un servicio a la comunidad universitaria que proporciona recursos para el aprendizaje, la docencia y la investigación, para lo cual se encarga de la gestión y difusión de la documentación y la información.
  2. La Biblioteca se constituye en unidad funcional con rango de servicio, y está compuesta por un conjunto de infraestructuras físicas, personal, servicios y colecciones documentales. Las colecciones están formadas por todos los fondos bibliográficos y documentales de la universidad, cualquiera que sea su soporte y con independencia de su procedencia, de la iniciativa y el procedimiento para su adquisición y del concepto presupuestario aplicado.

Artículo 2. Objetivos

  • Objetivo principal: la difusión y facilitación del acceso, para toda la Comunidad Universitaria, a la información y la documentación necesarias para el desarrollo del estudio, la docencia, la investigación, la extensión cultural y demás actividades necesarias para los objetivos de la Universidad.
  • Igualmente, velará por la formación de la Comunidad en el uso de estos recursos de información y colaborará en los procesos de creación del conocimiento.

Artículo 3. Funciones

La Biblioteca tiene encomendadas diez funciones:

  1. La gestión de los fondos bibliográficos, independientemente de su soporte, y el desarrollo de las colecciones, de acuerdo con la normativa específica y con las líneas de estudio, docencia e investigación de la Universidad.
  2. El mantenimiento y desarrollo de las herramientas de acceso a estos fondos, que aseguren su difusión.
  3. La facilitación del acceso a fondos e información que se encuentren en otras bibliotecas o servicios ajenos a la Universidad.
  4. La atención de las demandas y necesidades de información de la Comunidad Universitaria sobre las disciplinas y materias de su ámbito.
  5. La formación de la Comunidad Universitaria en el uso de las herramientas de información necesarias para el acceso al conocimiento.
  6. El impulso y facilitación de la formación continua y permanente del personal de Biblioteca.
  7. La colaboración en los procesos de creación, preservación, publicación y difusión del conocimiento generado en la Universidad.
  8. El apoyo a los procesos de evaluación de la actividad científica e investigadora.
  9. La promoción, en nombre de la Universidad, de convenios, acuerdos y programas con otras instituciones, incluida la participación en redes, consorcios y sistemas bibliotecarios.
  10. El desarrollo y aplicación de nuevas funciones y competencias que pueda asignar la Universidad.

📌 Lo esencial para el examen

  • Aprobado por el Consejo de Gobierno el 27 de julio de 2009; nombre abreviado: Reglamento de la Biblioteca.
  • Tres anexos: Anexo I (Comisión de Bibliotecas), Anexo II (Préstamo), Anexo III (Medidas correctoras).
  • La UMH tiene cinco puntos de servicio en los cuatro Campus.
  • El Reglamento llega transcurridos doce años desde su puesta en marcha.
  • La Biblioteca es un servicio a la comunidad universitaria y una unidad funcional con rango de servicio.
  • Sus colecciones son todos los fondos bibliográficos y documentales de la universidad, cualquiera que sea su soporte y su procedencia.
  • Objetivo principal: la difusión y facilitación del acceso a la información y la documentación.
  • Diez funciones (artículo 3), de la gestión de los fondos a las nuevas funciones y competencias que asigne la Universidad.
  • No hay artículo 4: se pasa del 3 al 5.