- El Ayuntamiento de Córdoba y su sector público institucional podrá disponer de uno o varios portales de internet cuya titularidad le corresponda al Ayuntamiento, organismo público o entidad, que permita el acceso a través de internet a la información publicada y, en su caso, a la sede electrónica correspondiente. Los portales responderán a los principios de veracidad, transparencia, publicidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad, interoperabilidad y actualización de la información y de los servicios a los que den acceso, y atenderán a lo establecido en materia de identidad corporativa, así como a las normas que regulen la presencia del Ayuntamiento de Córdoba en Internet.
- Quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas tienen derecho a comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General Electrónico de la Administración. El Ayuntamiento de Córdoba dispondrá de un Punto de Acceso Electrónico General, consistente en un portal de internet a través del cual la ciudadanía pueda, en sus relaciones con el Ayuntamiento y su sector público institucional, acceder a toda la información y a los servicios disponibles, permitiendo de manera clara e intuitiva el acceso a todos los portales de internet y a los datos de titularidad del Ayuntamiento de Córdoba, en formato abierto y reutilizable, sin perjuicio de que también sea posible el acceso directo a los mismos. También podrá proporcionar acceso a servicios o informaciones de otras Administraciones y entidades del sector público. Este Punto de acceso general contendrá la relación de servicios a disposición de la ciudadanía y el acceso a los mismos así como acceso a las redes sociales oficiales del Ayuntamiento de Córdoba y su sector público institucional y será accesible desde el punto de acceso electrónico general de la Administración General del Estado.
- La titularidad del Punto de Acceso electrónico General corresponderá al Ayuntamiento de Córdoba, que a través de su Alcaldía establecerá los principios generales y directrices básicos de funcionamiento del mismo. La gestión del Punto de Acceso Electrónico General corresponde a la Delegación que asuma las competencias en materia de administración electrónica, en coordinación con la que ejerza las competencias en materia de transparencia e información pública, con la asistencia del Servicio de Informática.
Con el fin de garantizar una adecuada coordinación de la información contenida en el Punto de acceso general y portales de internet, así como asegurar los necesarios niveles de colaboración para posibilitar la actualización permanente de la información y su adecuación a las demandas de las personas, se crea un Grupo de Trabajo, adscrito funcionalmente a la Alcaldía-Presidencia, con representantes del Ayuntamiento , Organismos Autónomos y Sociedades Municipales, junto al órgano directivo responsable de la Administración Electrónica, la persona responsable de Seguridad y la persona responsable de Transparencia e Información Pública.
Dicho Grupo de Trabajo tendrá atribuidas las siguientes funciones:
a) Potenciar la colaboración entre las unidades de información administrativa y/o unidades de gestión de sitios web de las distintas delegaciones y organismos a efectos de la actualización de la información contenida en el Punto de Acceso Electrónico General.
b) Analizar los modelos de gobernanza que posibiliten una adecuada gestión y mantenimiento de la información.
c) Facilitar la coordinación y corresponsabilidad de las delegaciones y organismos respecto a la información contenida en el Punto y en las redes sociales.
d) Garantizar las acciones que se consideren convenientes para ofrecer un buen servicio de información administrativa y disponer de la información.
e) Colaborar en la gestión de la sede electrónica. Cada Delegación y Organismo a su vez se dotará de la estructura organizativa necesaria para garantizar la adecuada coordinación interna con el objeto de proveer los contenidos y sus actualizaciones.
📌 Lo esencial para el examen
- Los portales de internet responden, entre otros, a los principios de veracidad, transparencia, publicidad, calidad, seguridad y accesibilidad.
- El Ayuntamiento dispondrá de un Punto de Acceso Electrónico General: un portal para acceder a toda la información y servicios, con datos en formato abierto y reutilizable.
- Será accesible desde el punto de acceso electrónico general de la Administración General del Estado.
- Titularidad: el Ayuntamiento, que fija las directrices a través de su Alcaldía.
- Gestión: la Delegación con competencias en administración electrónica, coordinada con la de transparencia y con la asistencia del Servicio de Informática.
- Se crea un Grupo de Trabajo adscrito funcionalmente a la Alcaldía-Presidencia para coordinar la información.
De un vistazo
| Funciones del Grupo de Trabajo |
|---|
| a) Potenciar la colaboración entre unidades de información |
| b) Analizar los modelos de gobernanza |
| c) Facilitar la coordinación y corresponsabilidad |
| d) Ofrecer un buen servicio de información administrativa |
| e) Colaborar en la gestión de la sede electrónica |