📢 Convocatoria abierta para Policía Local Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 20 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Subalterno Ayto. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 14 de octubre de 2026 — 17 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Policía Local Extremadura — Plazo de inscripción hasta el 16 de octubre de 2026 — 35 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Auxiliar Educador/a Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 13 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Principado de Asturias — Plazo de inscripción hasta el 19 de octubre de 2026 — 49 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Administrativo Ayuntamiento de León — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 14 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Agente Medioambiental CyL — Plazo de inscripción hasta el 20 de octubre de 2026 — 107 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Cantabria — Plazo de inscripción hasta el 21 de octubre de 2026 — 71 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 44 plazas.
📢 Convocatoria abierta para Aux. Enfermería Geriatría Dip. Cádiz — Plazo de inscripción hasta el 29 de octubre de 2026 — 31 plazas.

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Tema 15 · El Derecho del Trabajo: características, principios constitucionales y fuentes

Tema 15. El Derecho del Trabajo: características, principios constitucionales y fuentes

  1. CARACTERÍSTICAS, PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES.
  2. LAS FUENTES DEL ORDENAMIENTO LABORAL.

El derecho al trabajo es uno de los pilares económicos, sociales y jurídicos fundamentales del Estado social y democrático de derecho consagrado en nuestra Constitución . Es un elemento indispensable para garantizar la dignidad de la persona, el libre desarrollo de la personalidad y la propia supervivencia del sistema del bienestar.

En el tema, se analiza cómo los principios constitucionales se materializan a través del ET y la legislación complementaria. Veremos tanto su vertiente individual como colectiva, comprendiendo que el derecho al trabajo en España no implica solo el acceso a un empleo, sino la garantía de que este se ejerza en condiciones de libertad, dignidad y total seguridad.

1. CARACTERÍSTICAS Y PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

El derecho al trabajo es el conjunto de normas y principios que regulan las relaciones laborales nacidas de la prestación de un trabajo personal , voluntario, remunerado, por cuenta ajena y dependiente de otra persona , física o jurídica llamada empresario.

Las relaciones laborales se regulan por el Derecho Laboral e implican estas características:

  • Personal: el trabajo debe ser realizado personalmente por el trabajador, no por otro en su nombre .
  • Voluntario: el trabajador es libre en el momento de comprometerse a realizar un trabajo, durante su desarrollo y al finalizar la relación laboral.
  • Remunerado: el trabajador recibe una remuneración a cambio de su trabajo .
  • Por cuenta ajena : se trabaja para otro y se recibe un salario .
  • Dependencia: el trabajo tiene lugar bajo la dirección del empleador .

En la Constitución hay varios artículos sobre materia laboral, el 35 establece que:

  • Todos los españoles tienen el deber y derecho de trabajar, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a un a remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin discriminación por sexo.
  • La ley regulará un Estatuto de los Trabajadores .

Ese artículo solo reconoce el derecho al trabajo para los españoles, pero el TC se ha pronunciado en diferentes sentencias en las que una vez producida la contratación su ejercicio corresponde por igual a nacionales y extranjeros .

Actualmente se cumple este mandato constitucional a través del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre .

Además, son de suma importancia como preceptos constitucionales :

Art 28 CE. Derecho a la libertad sindical y huelga .

  • Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar este derecho a cuerpos militares y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos.

La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y afiliarse y el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a el las. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

  • Derecho a la huelga de los trabajadores para defender sus intereses. La ley establecerá garantías para asegurar servicios esenciales .

Art 37 CE. Negociación colectiva y medidas de conflicto colectivo.

  • La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
  • Se reconoce el derecho de trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo .

La ley establecerá garantías para asegurar servicios esenciales.

2. LAS FUENTES DEL ORDENAMIENTO LABORAL

El art 3 del ET establece:

  • Los derechos y obligaciones sobre la relación laboral se regulan por :

o Las disposiciones legales y reglamentarias del Estado.

o Los convenios colectivos.

o La voluntad de las partes, manifestada en el contrato de trabajo .

o Los usos y costumbres locales y profesionales .

  • Las disposiciones legales y reglamentarias se aplicarán según el principio de jerarquía normativa: desarrollarán los preceptos que establecen las normas de rango superior pero no podrán establecer condiciones de trabajo distintas a las establecidas por las leyes que desarrollen .
  • Los conflictos originados entre los preceptos de 2 o más normas laborales, estatales o pactadas, se resolverán aplicando el grado sumo favorable para el trabajador .
  • Los usos y costumbres solo se aplicarán si no hay disposiciones legales .

El Estatuto de los Trabajadores

Título I. De la relación individual de trabajoTítulo II. De los derechos de representación colectiva y reunión de los trabajadores en la empresaTítulo III. De la negociación colectiva y convenios colectivos
Disposiciones generales: ámbito de aplicación; fuentes de la relación laboral; derechos y deberes laborales básicos; elementos y eficacia del contrato de trabajo y sus modalidades; contenido del contrato, modificación, suspensión y extinción; faltas y sanciones de los trabajadores y plazos de prescripción.Órganos de representación; procedimiento electoral; derecho de reunión.Aborda la naturaleza y efecto de los convenios colectivos, y la legitimación y el procedimiento de su tramitación y aplicación.

El ET será aplicable a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena a otra persona, física o jurídica, llamada empleador .

Se excluyen del ámbito regulado por el ET:

  • Los funcionarios que se regirán por otras normativas.
  • Las prestaciones personales obligatorias.
  • La actividad que se limite al desempeño del cargo de consejero o miembro de los órganos de administración de las empresas cuya forma jurídica sea una sociedad .
  • Los trabajos realizados por amistad, benevolencia o buena vecindad.
  • Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariado. Son familiares:

cónyuge, descendientes, ascendentes y demás parientes hasta segundo grado inclusive del empresario, también por adopción.

  • La actividad de personas que intervienen en operaciones mercantiles entre uno o más empresarios.
  • La actividad de las personas prestadoras del servicio de transporte de los que sean titulares.

La legislación laboral española será aplicable a los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero , sin perjuicio de las normas de aplicables en su lugar de trabajo . Esos trabajadores tendrán , por lo menos, los derechos económicos que les corresponden de trabajar en territorio español.

Según el ET se considera centro de trabajo a la unidad productiva con organización específica, que se a dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral.

En la actividad de trabajo en el mar se considera centro de trabajo el buque, entendiéndose situado en la provincia donde radique su puerto de base.

El Real Decreto - ley 32/2021 , de medidas urgentes para la reforma laboral introdujo cambios en el ET en materias como:

  • Contratación : regulación de contratos formativos, cambios en la regulación de la duración del contrato (derogación del contrato de obra y transformación del eventual en contrato por circunstancias de la producción ), modificaciones en la regulación del contrato fijo - discontinuo y en la subcontratación de obras y servicios .
  • Negociación colectiva : vigencia de los convenios colectivos.
  • Suspensión del contrato - mecanismos de mantenimiento del empleo : reducción de jornada o suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor , Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo .

CONCLUSIÓN

El derecho al trabajo en España no debe ser considerado como una simple pauta programática dirigida a los poderes públicos, sino como un mandato vivo, dinámico y garante de la cohesión social. La regulación contenida en el artículo 35 de la Constitución y articulada mediante el ET conforma el armazón que equilibra el progreso económico con la justicia social.

📌 Lo esencial para el examen

  • Características de la relación laboral: trabajo personal, voluntario, remunerado, por cuenta ajena y dependiente de un empresario.
  • El artículo 35 de la Constitución recoge el deber y el derecho de trabajar y manda que la ley regule un Estatuto de los Trabajadores, hoy el Real Decreto Legislativo 2/2015.
  • Art 28 CE: libertad sindical y huelga; la ley puede limitar la sindicación a cuerpos militares y nadie puede ser obligado a afiliarse.
  • Art 37 CE: negociación colectiva con fuerza vinculante de los convenios y medidas de conflicto colectivo.
  • Fuentes (art. 3 ET): disposiciones legales y reglamentarias del Estado, convenios colectivos, voluntad de las partes y usos y costumbres locales y profesionales.
  • Los reglamentos siguen el principio de jerarquía normativa y no pueden fijar condiciones distintas a las de la ley que desarrollan.
  • Excluidos del ET, entre otros: funcionarios, prestaciones personales obligatorias, consejeros de sociedades, trabajos por amistad, benevolencia o buena vecindad y familiares hasta segundo grado salvo que se pruebe la condición de asalariado.
  • En el trabajo en el mar el centro de trabajo es el buque, situado en la provincia de su puerto de base.
  • El Real Decreto - ley 32/2021 reformó contratación (deroga el contrato de obra), negociación colectiva y suspensión (Mecanismo RED).

De un vistazo

Estatuto de los TrabajadoresMateria
Título IRelación individual de trabajo
Título IIRepresentación colectiva y reunión en la empresa
Título IIINegociación colectiva y convenios colectivos