TEMA 7 CONTROL DE ACCESOS
| En cristiano Es como el portero de un edificio: comprueba quién entra, si puede entrar y deja constancia. Pero no es policía ni vigilante: su función es preventiva y disuasoria, y por sí misma no tiene capacidad de intervención. |
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Concepto y naturaleza
- Conjunto de medidas organizativas y/o técnicas para regular, verificar y restringir el paso de personas y vehículos a un espacio, edificio o instalación.
- Función de seguridad de naturaleza preventiva y/o disuasoria, enmarcada en el derecho de admisión y la autoprotección.
- Es la única función de seguridad que no es competencia exclusiva ni de la seguridad pública ni de la privada.
- Por sí misma carece de naturaleza resolutiva y de capacidad de intervención.
- Finalidad: prevenir entradas no autorizadas, garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones, facilitar la evacuación y el control de aforo, y contribuir al orden y a la correcta prestación de servicios.
Las 3 acciones básicas
| Acción | Qué es | Detalle importante |
|---|---|---|
| Identificación | Saber quién es | Solo con documentos o pases privados. Excepcionalmente, el DNI si otra ley lo exige (p. ej. comprobar la edad). |
| Autorización | Permiso de acceso | La recibe el usuario cuando cumple las normas de acceso. |
| Acreditación | Credencial visible | Para controlar permanencia o itinerario. Puede ser distintiva según momentos y lugares y se devuelve a la salida. |
| Ojo, trampa del tribunal El registro del libro de entradas no es el registro de pertenencias privadas. Registrar y cachear pertenencias queda reservado a los servicios de seguridad. |
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Organización
- Con medios humanos (personal de control, vigilantes), técnicos (torniquetes, tarjetas, biometría, videovigilancia) o ambos.
- Requiere consignas claras: personas autorizadas, registro de visitantes, gestión de incidencias y coordinación con seguridad privada y FCS.
- Modelo integral, 5 fases: Análisis → Planificación → Formación → Implantación → Auditoría.
Tipos de control de acceso
| Criterio | Tipos |
|---|---|
| Según el medio | Manual (verificación visual o documental), automatizado/electrónico (tarjetas, códigos, biometría) o mixto. |
| Según su finalidad | De personas, de vehículos o de áreas restringidas dentro de un mismo recinto. |
| Según el ámbito | Edificios, espectáculos públicos y actividades recreativas, o establecimientos abiertos al público. |
| Según la localización | Estáticos (puntos fijos, como las entradas) o dinámicos (se desplazan por las instalaciones). |
Sistemas de control de accesos: norma UNE 108-230-86
La norma clasifica los sistemas en DOS grupos: de personas y de objetos.
| Credencial (personas) | Idea | Ejemplos |
|---|---|---|
| Material | Lo que llevas | Llaves, tarjetas, emisores, adhesivos. |
| De conocimiento | Lo que sabes | Teclado digital, cerradura de combinación, escritura. |
| Personal | Lo que eres | Huella digital, voz, geometría de la mano, rasgos faciales, iris. |
Sistemas de objetos: detector analizador de vapores (portátil o por paso), detector de explosivos por radiación (portátil o por paso), detector de metales portátil y detector de metales por paso.
Derecho de admisión
- Facultad de los titulares de establecimientos de fijar condiciones de acceso, que deben ser objetivas, no discriminatorias y anunciadas en la entrada mediante carteles visibles.
- Nunca pueden basarse en discriminación (origen, sexo, raza, religión…) ni implicar trato degradante o vejatorio.
- Condiciones posibles: edad mínima, normas de vestimenta o imagen, reservarse la admisión ante quien quiera causar disturbios o muestre embriaguez o efectos de drogas, aforo o pago de entrada.
- Limitaciones generales: aforo completo, hora de cierre cumplida, no tener la edad mínima.
Cartel y obligatoriedad
| Elemento | Dato |
|---|---|
| Cartel de limitaciones de acceso | Mínimo 30 cm de ancho × 20 cm de alto. Con la referencia expresa a la ley (número y año separados por barra inclinada y fecha). En puertas, accesos y taquillas, visible y legible desde fuera. |
| Control de acceso obligatorio | Establecimientos con aforo autorizado ≥ 300 personas (conciertos, actividades recreativas musicales, verbenas). |
| Distintivo del personal | Debe llevar las palabras «control de acceso», diferenciado del de vigilancia privada. |
| Aforo | La licencia debe hacer constar el aforo máximo; una función clave es controlar que no se exceda. |
El carné de controlador de acceso
- Ser mayor de edad.
- Ciudadanía española o de la UE, o permiso de residencia y trabajo.
- Carecer de antecedentes penales por delitos.
- No haber sido separado definitivamente ni inhabilitado por sentencia firme para determinados servicios de seguridad pública.
- No haber sido sancionado en los 2 o 4 años anteriores por infracción grave o muy grave (respectivamente) en seguridad.
- Mínimo ESO o FP de grado medio (o superior homologado).
- Informe pericial de psicólogo colegiado sobre la respuesta ante situaciones de estrés.
- Superar la prueba de aptitud.
Vigencia: 4 años. La renovación se pide a instancia del interesado acreditando los requisitos, sin repetir la prueba de aptitud.
Funciones del personal de control (el puesto)
- Velar por la seguridad del edificio y ejecutar el procedimiento establecido de control de acceso y de apertura y cierre.
- Gestionar los sistemas de seguridad electrónicos del edificio.
- Transmitir al responsable de seguridad cualquier incidencia detectada.
- Identificar personas, comprobar autorizaciones, controlar vehículos, atender e informar a usuarios, vigilar instalaciones, detectar anomalías, hacer rondas, registrar actuaciones y aplicar instrucciones internas.
- Tarjeta de identificación: personal e intransferible, a la vista mientras se está de servicio; incluye fotografía, nombre y apellidos, DNI y puesto.
- Bultos sospechosos: pueden comprobar su contenido cuando se les encomiende; deben declararse a la entrada los objetos que a la salida generen dudas sobre su tenencia.
- Zonas reservadas de máxima seguridad: solo pasa quien lleve la tarjeta especial; los no adscritos firman en el libro de control la entrada y la salida.
- Los vigilantes pueden exigir identificación a quien no lleve tarjeta y les genere dudas, y denuncian a sus superiores las infracciones para su traslado a FCS o Policía Local.
- Descripción de personas: observar fisionomía (cara, constitución, marcas) e indumentaria, para poder describirlas con precisión.
Lo que el personal NO debe hacer
- Inventar autorizaciones o dejar pasar por confianza personal.
- Sustituir a la policía o investigar por su cuenta.
- Manipular instalaciones técnicas sin competencia.
- Ocultar una incidencia.
- Abandonar un puesto crítico sin comunicarlo.
- Dar por resuelta una alarma sin comprobación.
| Truco para recordarlo Credenciales: Llevas / Sabes / Eres (material / conocimiento / personal). Modelo integral: A-P-F-I-A = Análisis, Planificación, Formación, Implantación, Auditoría. Fórmula de actuación: Identificar → Comprobar → Actuar (en tus competencias) → Comunicar → Registrar. Números: 30×20 el cartel, ≥300 el aforo, 4 años el carné, 2 grupos UNE. |
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| Ojo, trampa del tribunal Identificación ≠ registro ≠ acreditación ≠ autorización. El personal auxiliar no puede asumir funciones reservadas de seguridad privada. El derecho de admisión no puede ejercerse discriminatoriamente. |
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📌 Lo esencial para el examen
- Es la única función de seguridad que no es competencia exclusiva ni de la seguridad pública ni de la privada, y carece de naturaleza resolutiva y de capacidad de intervención.
- Las 3 acciones básicas: Identificación, Autorización y Acreditación (la credencial visible, que se devuelve a la salida).
- Números que caen: cartel de 30 cm de ancho × 20 cm de alto; control obligatorio con aforo ≥ 300 personas; carné con Vigencia: 4 años; norma UNE 108-230-86 con DOS grupos (personas y objetos).
- Credenciales de personas: Lo que llevas (material), Lo que sabes (conocimiento), Lo que eres (personal).
- El derecho de admisión exige condiciones objetivas, no discriminatorias y anunciadas, y Nunca puede basarse en discriminación.
- Registrar y cachear pertenencias queda reservado a los servicios de seguridad.