Tema 2.- El Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión. Objetivos. Contenidos y concentración temática.
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo de Cohesión (FC) están diseñados para estrechar la solidaridad comunitaria, reducir las disparidades entre las distintas regiones de la Unión y fomentar un desarrollo sostenible.
1. Objetivos
Ambos fondos se rigen por un marco estratégico común articulado en torno a los Cinco Objetivos Políticos (OP) fundamentales de la UE:
- OP1. Una Europa más inteligente y competitiva: Impulso de la transformación económica innovadora, la digitalización y el apoyo prioritario a las PYMES.
- OP2. Una Europa más verde y libre de carbono: Inversión en la transición energética, la implantación de energías renovables, la economía circular y la mitigación del cambio climático.
- OP3. Una Europa más conectada: Mejora de la movilidad regional y el transporte estratégico, además del despliegue de redes digitales avanzadas.
- OP4. Una Europa más social e inclusiva: Aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales para potenciar el empleo de calidad, la educación, las capacidades profesionales y la inclusión activa.
- OP5. Una Europa más cercana a los ciudadanos: Fomento del desarrollo demográfico integrado, sostenible y local en zonas urbanas, rurales y costeras.
2. Ámbito Geográfico y Cobertura (Contenidos)
Aunque comparten las mismas prioridades macroeconómicas, sus campos de aplicación técnica son diferentes:
| Característica | Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) | Fondo de Cohesión (FC) |
|---|---|---|
| Ámbito de Aplicación | Todas las regiones de la UE (clasificadas en: menos desarrolladas, en transición o más desarrolladas). | Solo Estados miembros menos prósperos, cuya Renta Nacional Bruta (RNB) por habitante sea inferior al 90% de la media de la UE. |
| Contenidos y Sectores de Inversión | I+D+i, transformación tecnológica de empresas, infraestructuras públicas locales, energías limpias y desarrollo urbano sostenible. | Grandes proyectos ambientales (desarrollo sostenible y energía con impacto climático positivo) e infraestructuras de transporte integradas en las Redes Transeuropeas (RTE-T). |
3. Concentración Temática
La normativa de la Unión Europea impone la concentración temática. Esta regla obliga a destinar el grueso de los recursos financieros a las dos primeras prioridades (OP1 y OP2: Europa más inteligente y Europa más verde) para evitar la dispersión de fondos y garantizar un alto impacto estructural.
El porcentaje de inversión obligatoria se flexibiliza en función de la riqueza y el nivel de prosperidad del territorio:
- Regiones más desarrolladas (PIB > 100% de la media UE): Deben destinar al menos el 85% de sus recursos del FEDER a los objetivos OP1 y OP2, concentrando un mínimo del 60% específicamente en el OP1 (innovación y digitalización).
- Regiones en transición (PIB entre 75% y 100% de la media UE): Tienen la obligación de asignar como mínimo el 40% al OP1 y el 30% al OP2.
- Regiones menos desarrolladas (PIB < 75% de la media UE): Su umbral mínimo obligatorio se sitúa en un 25% para el OP1 y un 30% para el OP2, disponiendo de mayor margen para infraestructuras básicas y fines sociales.
Adicionalmente, se exige una salvaguarda territorial específica: el FEDER debe destinar obligatoriamente al menos el 8% de sus recursos nacionales al desarrollo urbano sostenible bajo el marco del OP5