Seguridad en el laboratorio físico-químico
En el laboratorio se manejan muchos productos químicos de peligrosidad distinta, casi siempre en cantidades pequeñas. Este tema explica cómo se identifica su peligro (clases de peligro, «frases de riesgo» y «consejos de seguridad»), qué equipos de protección individual se usan, cómo se almacenan y cómo se eliminan sus residuos. Lo vigente es el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP): las antiguas frases R y frases S se han sustituido por las indicaciones de peligro (H) y los consejos de prudencia (P).
1. Clases de riesgos de los productos químicos
1.1. Peligro, riesgo y agente químico peligroso
El RD 374/2001 (agentes químicos) distingue dos conceptos:
-
Peligro: «la capacidad intrínseca de un agente químico para causar daño».
-
Riesgo: «la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado de la exposición». Su gravedad se valora juntando la probabilidad de que ocurra el daño y su severidad.
Es agente químico peligroso el que cumple los criterios para clasificarse como peligroso en cualquier clase de peligro físico o para la salud del Reglamento CLP, esté o no clasificado. También lo es el que tiene un valor límite ambiental.
Los agentes químicos entran en el organismo por cuatro vías: respiratoria, dérmica (piel y ojos), digestiva (ingestión) y parenteral (cortes o pinchazos). En la exposición laboral las principales son la respiratoria y la cutánea.
1.2. El sistema CLP: clases y categorías de peligro
El CLP adapta en la UE el SGA (Sistema Globalmente Armonizado, GHS en inglés). Además derogó las Directivas 67/548/CEE (sustancias) y 1999/45/CE (preparados), de las que procedían las frases R y S. Usa dos conceptos:
-
Clase de peligro: «la naturaleza del peligro físico, para la salud humana o para el medio ambiente».
-
Categoría de peligro: la división dentro de cada clase, que indica su gravedad.
Las clases están en el anexo I del CLP (texto consolidado de 1 de julio de 2026):
| Grupo (anexo I) | Clases de peligro |
|---|---|
| Peligros físicos (parte 2, secciones 2.1-2.17) | Explosivos; gases inflamables; aerosoles; gases comburentes; gases a presión; líquidos inflamables; sólidos inflamables; sustancias y mezclas que reaccionan espontáneamente; líquidos pirofóricos; sólidos pirofóricos; sustancias que experimentan calentamiento espontáneo; sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables; líquidos comburentes; sólidos comburentes; peróxidos orgánicos; corrosivos para los metales; explosivos insensibilizados |
| Peligros para la salud (parte 3, 3.1-3.11) | Toxicidad aguda; corrosión o irritación cutáneas; lesiones oculares graves o irritación ocular; sensibilización respiratoria o cutánea; mutagenicidad en células germinales; carcinogenicidad; toxicidad para la reproducción; toxicidad específica en determinados órganos (STOT) por exposición única; STOT por exposiciones repetidas; peligro por aspiración; alteración endocrina para la salud humana |
| Peligros para el medio ambiente (parte 4, 4.1-4.4) | Peligroso para el medio ambiente acuático; alteración endocrina para el medio ambiente; propiedades PBT/mPmB; propiedades PMT/mPmM |
| Otros peligros (parte 5) | Peligroso para la capa de ozono |
Las cuatro clases en negrita las añadió el Reglamento Delegado (UE) 2023/707:
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PBT/mPmB: persistentes, bioacumulables y tóxicas, o muy persistentes y muy bioacumulables.
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PMT/mPmM: persistentes, móviles y tóxicas, o muy persistentes y muy móviles.
Las sustancias PMT preocupan porque pueden entrar en el ciclo del agua, también en el agua potable. Muchas solo se eliminan en parte con el tratamiento de aguas residuales.
1.3. Palabras de advertencia y pictogramas
La palabra de advertencia indica el nivel relativo de gravedad:
-
«Peligro»: para las categorías más graves.
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«Atención»: para las menos graves.
Si en la etiqueta aparece «Peligro», no aparece «Atención». Estas palabras sustituyen a las antiguas indicaciones de peligro con letras: E, O, F, T, Xn, Xi y C.
El pictograma de peligro tiene forma de cuadrado apoyado en un vértice: símbolo negro sobre fondo blanco y marco rojo. Respecto al sistema anterior, los pictogramas existentes solo cambian en la forma y desaparece la cruz de San Andrés. Cada pictograma cubre al menos un quinceavo de la superficie de la etiqueta destinada a la información obligatoria, y nunca menos de 1 cm². Hay nueve (anexo V del CLP):
| Código | Símbolo | Ejemplos de clases/categorías que lo llevan |
|---|---|---|
| GHS01 | Bomba explotando | Explosivos inestables; divisiones 1.1-1.4; autorreactivas y peróxidos orgánicos de tipos A y B |
| GHS02 | Llama | Gases inflamables 1A y 1B; aerosoles 1 y 2; líquidos inflamables 1-3; sólidos inflamables; pirofóricos; peróxidos orgánicos B-F |
| GHS03 | Llama sobre un círculo | Gases, líquidos y sólidos comburentes |
| GHS04 | Bombona de gas | Gases a presión: comprimidos, licuados, licuados refrigerados y disueltos |
| GHS05 | Corrosión | Corrosivos para los metales; corrosión cutánea cat. 1; lesión ocular grave cat. 1 |
| GHS06 | Calavera y tibias cruzadas | Toxicidad aguda, categorías 1, 2 y 3 |
| GHS07 | Signo de exclamación | Toxicidad aguda cat. 4; irritación cutánea u ocular cat. 2; sensibilización cutánea; STOT única cat. 3; capa de ozono |
| GHS08 | Peligro para la salud | Sensibilización respiratoria; mutágenos, carcinógenos y tóxicos para la reproducción; STOT cat. 1 y 2; peligro por aspiración |
| GHS09 | Medio ambiente | Acuático agudo 1 y crónico 1 y 2 |
Hay reglas de prioridad (art. 26) para no repetir pictogramas:
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Si aparece GHS06, no aparece GHS07.
-
Si aparece GHS05, no aparece GHS07 por irritación cutánea u ocular.
-
Si aparece GHS01, GHS02 y GHS03 son optativos, salvo que deba figurar obligatoriamente más de uno de ellos.
Algunas categorías no llevan pictograma, por ejemplo los gases inflamables de categoría 2 y la toxicidad para la reproducción por efectos sobre la lactancia. Las clases de alteración endocrina tampoco tienen pictograma asignado en sus tablas de etiquetado: solo palabra de advertencia e indicación EUH.
1.4. La etiqueta y la ficha de datos de seguridad
Según el art. 17 del CLP, la etiqueta de una sustancia o mezcla peligrosa lleva:
-
los datos del proveedor;
-
la cantidad nominal (si se suministra al público);
-
los identificadores del producto;
-
y, cuando proceda, pictogramas, palabra de advertencia, indicaciones de peligro, consejos de prudencia e información suplementaria.
La ficha de datos de seguridad (FDS) amplía esa información en 16 secciones, según el REACH. Para el laboratorio son clave tres:
-
la sección 7: manipulación y almacenamiento;
-
la sección 10: estabilidad y reactividad, incluidos los «materiales incompatibles»;
-
la sección 13: consideraciones relativas a la eliminación.
2. Frases de riesgo: de las frases R a las indicaciones de peligro H
Con el sistema anterior (Directiva 67/548/CEE) los riesgos específicos se indicaban con frases R, numeradas R1 a R68, y sus combinaciones (p. ej. R39/23, R48/20, R50/53).
El CLP las sustituye por las indicaciones de peligro: «una frase que, asignada a una clase o categoría de peligro, describe la naturaleza de los peligros de una sustancia o mezcla peligrosas, incluyendo cuando proceda el grado de peligro». Se codifican con H (hazard) y tres cifras. La primera cifra agrupa el tipo de peligro:
-
H2xx: peligros físicos. Ejemplos: H225 «Líquido y vapores muy inflamables»; H271 «Puede provocar un incendio o una explosión; muy comburente»; H290 «Puede ser corrosivo para los metales».
-
H3xx: peligros para la salud. Ejemplos: H300 «Mortal en caso de ingestión»; H314 «Provoca quemaduras graves en la piel y lesiones oculares graves»; H319 «Provoca irritación ocular grave»; H350 «Puede provocar cáncer».
-
H4xx: medio ambiente. Ejemplos: H400 «Muy tóxico para los organismos acuáticos»; H410 «Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos duraderos»; H420, el de la capa de ozono.
A algunos códigos se les añaden letras que concretan el peligro: H350i «Puede provocar cáncer por inhalación»; H360F fertilidad; H360D feto. Si un producto tiene varias clases de peligro, figuran todas sus indicaciones, salvo duplicación o solapamiento evidentes (art. 27). Por ejemplo, con H314 puede omitirse H318, y con H410 puede omitirse H400.
El CLP añade además indicaciones suplementarias EUH, que cubren peligros no contemplados en el SGA. Algunas importantes en el laboratorio:
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EUH014 «Reacciona violentamente con el agua»: cloruro de acetilo, metales alcalinos.
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EUH019 «Puede formar peróxidos explosivos»: éter dietílico, 1,4-dioxano.
-
EUH031 «En contacto con ácidos libera gases tóxicos»: hipoclorito de sodio.
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EUH032 «En contacto con ácidos libera gases muy tóxicos»: sales de cianuro, azida sódica.
Las nuevas clases de 2023 usan códigos EUH:
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EUH380/EUH381: alteración endocrina en los seres humanos (EUH380 con «Peligro», EUH381 con «Atención»).
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EUH430/EUH431: alteración endocrina en el medio ambiente.
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EUH440/EUH441: acumulación en el medio ambiente y en los organismos vivos.
-
EUH450/EUH451: contaminación difusa de los recursos hídricos.
La correspondencia R→H no siempre existe, sobre todo en los peligros físicos, porque el CLP tomó como referencia la normativa de transporte de mercancías peligrosas. Algunas equivalencias:
| Frase R (antigua) | Indicación H |
|---|---|
| R23 Tóxico por inhalación | H331 |
| R26 Muy tóxico por inhalación | H330 |
| R34 / R35 Provoca quemaduras (graves) | H314 |
| R36 Irrita los ojos | H319 |
| R41 Riesgo de lesiones oculares graves | H318 |
| R40 Posibles efectos cancerígenos | H351 |
| R45 Puede causar cáncer | H350 |
| R14 Reacciona violentamente con el agua | EUH014 |
| R10 Inflamable / R11 Fácilmente inflamable | sin correspondencia posible |
3. Consejos de seguridad: de las frases S a los consejos de prudencia P
Las antiguas frases S («consejos de seguridad») daban instrucciones de manipulación, por ejemplo:
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S24 «Evítese el contacto con la piel»
-
S25 «Evítese el contacto con los ojos»
-
S37 «Úsense guantes adecuados»
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S39 «Úsese protección para los ojos/la cara»
-
combinaciones como S36/37/39
Los consejos de prudencia (P) las sustituyen. Un consejo de prudencia es «una frase que describe la medida o medidas recomendadas para minimizar o evitar los efectos adversos causados por la exposición a una sustancia o mezcla peligrosa durante su uso o eliminación». El anexo IV del CLP los agrupa en cinco tipos:
| Tipo | Ejemplo con su texto en el CLP |
|---|---|
| P1xx Carácter general | P102 «Mantener fuera del alcance de los niños.» |
| P2xx Prevención | P210 «Mantener alejado del calor, de superficies calientes, de chispas, de llamas abiertas y de cualquier otra fuente de ignición. No fumar.»; P280 «Llevar guantes/ropa de protección/equipo de protección para los ojos/la cara/los oídos/...» |
| P3xx Respuesta | P305 + P351 + P338 «EN CASO DE CONTACTO CON LOS OJOS: Enjuagar con agua cuidadosamente durante varios minutos. Quitar las lentes de contacto cuando estén presentes y pueda hacerse con facilidad. Proseguir con el lavado.» |
| P4xx Almacenamiento | P403 «Almacenar en un lugar bien ventilado.»; P405 «Guardar bajo llave.» |
| P5xx Eliminación | P501 «Eliminar el contenido o el recipiente en …» |
Los consejos pueden combinarse con el signo «+». Se eligen según las indicaciones de peligro y el uso previsto. En la etiqueta no figuran más de seis, salvo que hagan falta para reflejar la naturaleza y gravedad de los peligros (art. 28). Si el producto se suministra al público en general, debe llevar un consejo sobre la eliminación del producto y del envase.
4. Equipos de protección individual (EPI)
4.1. Marco legal
El RD 773/1997 define el EPI como «cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud», más sus complementos y accesorios. No son EPI la ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén destinados específicamente a proteger. Por eso la bata de laboratorio normal no es un EPI.
El EPI es el último recurso. Se usa cuando el riesgo «no haya podido evitarse o limitarse suficientemente» por protección colectiva u organización del trabajo (art. 4). Para los agentes químicos, el RD 374/2001 (art. 5) fija este orden:
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Sustitución del agente por otro menos peligroso.
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Procedimientos y controles técnicos que aíslen el agente.
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Ventilación y protección colectiva en el origen. Las vitrinas de gases son protección colectiva y no deben usarse para almacenar productos.
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Protección individual, cuando las medidas anteriores sean insuficientes.
El empresario debe:
-
determinar los puestos que requieren EPI;
-
elegirlos tras evaluar los riesgos;
-
proporcionarlos gratuitamente y reponerlos.
Los EPI son en principio de uso personal y se utilizan y mantienen según las instrucciones del fabricante.
El trabajador debe:
-
usarlos y cuidarlos correctamente;
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guardarlos en el lugar indicado;
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informar de inmediato de cualquier defecto (art. 10).
Todo EPI debe llevar marcado CE y un folleto informativo en idioma oficial.
4.2. EPI habituales en el laboratorio químico
-
Protección ocular y facial.
-
Las gafas de seguridad son de uso habitual. Son obligatorias en trasvases y mezclas, con sustancias irritantes, corrosivas, inflamables o volátiles, con vidrio a presión y con radiación UV, IR o láser.
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La pantalla facial se usa cuando hay que proteger toda la cara de proyecciones.
-
No se recomienda llevar lentes de contacto: dificultan el lavado de urgencia y pueden retener productos en el ojo.
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Guantes de protección química.
-
Deben ser impermeables al producto. Su resistencia a la permeación dura un tiempo limitado («tiempo de paso») y depende de cada sustancia.
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Ningún guante protege frente a todos los productos. Un guante no impermeable, con inmersión o contacto importante, aumenta el riesgo.
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El técnico de prevención los elige según la evaluación de riesgos.
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Protección respiratoria.
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Solo se usa cuando la protección colectiva no evita la presencia del contaminante.
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Los equipos filtrantes (dependientes del medio) no sirven si el oxígeno está por debajo del 17 % en volumen o si la concentración del contaminante lo exige. Entonces se usan equipos aislantes.
-
Los filtros contra partículas retienen: P1/FFP1 el 80 %, P2/FFP2 el 94 % y P3/FFP3 el 99,95 %.
-
Los filtros contra gases y vapores se identifican por letra y color: A (marrón), vapores orgánicos con punto de ebullición > 65 °C; AX (marrón), < 65 °C; B (gris), inorgánicos; E (amarillo), SO₂ y otros ácidos; K (verde), amoníaco y derivados.
-
Como regla general, no se trabaja con ellos más de dos horas seguidas.
-
Ropa y calzado.
-
Bata larga, cruzada sobre el pecho y el abdomen, de manga larga ceñida en los puños, de algodón y mejor ignífuga.
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Mandil adecuado al producto en los trasvases.
-
Calzado cerrado y antideslizante.
-
Bata y guantes se quitan antes de salir del laboratorio. Las batas nunca se lavan en casa.
Junto a los EPI hay elementos de actuación: las duchas de seguridad y los lavaojos. Deben estar a menos de 8-10 m del puesto, para atender una proyección en menos de 15 s, y probarse una vez por semana.
5. Almacenamiento de productos químicos
El almacenamiento prolongado es un riesgo en sí mismo:
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pueden darse polimerizaciones o descomposiciones, con formación de peróxidos inestables;
-
se puede acumular gas que rompa el recipiente;
-
el propio envase envejece y se vuelve frágil.
La NTP 725 explica que, como en el laboratorio se guardan cantidades pequeñas en recipientes que en su mayoría no superan los 2,5 L, su almacenamiento solía quedar exento del reglamento entonces vigente (RD 379/2001), y se aplicaban recomendaciones técnicas basadas en él. Ese reglamento lo ha derogado el RD 656/2017, que es el reglamento de almacenamiento de productos químicos vigente.
Criterios generales (INSST, NTP 725):
-
Comprobar el etiquetado y disponer de la FDS (sección 7).
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Llevar un registro de entradas para evitar el envejecimiento de los productos.
-
Limitar el stock al mínimo para el trabajo diario. En la mesa, solo lo que se va a usar.
-
Agrupar por riesgos y separar los incompatibles. Se puede hacer por islas (estanterías dedicadas a una familia, con pasillos alrededor) o intercalando productos inertes entre incompatibles. No se recomienda la disposición en península: el personal puede quedar encerrado.
-
Aislar los cancerígenos y los de alta toxicidad, los pestilentes y los inflamables.
-
No colocar en estantes altos recipientes de más de medio litro: los grandes van abajo.
-
Guardar en armarios los más peligrosos, en especial los inflamables y los cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción.
-
No almacenar en pasillos, huecos de escalera, vestíbulos ni zonas de descanso.
Incompatibilidades de almacenamiento (criterio general de la NTP 725):
| Explosivos | Comburentes | Inflamables | Tóxicos | Corrosivos | Nocivos | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Explosivos | Sí | No | No | No | No | No |
| Comburentes | No | Sí | No | No | No | (2) |
| Inflamables | No | No | Sí | No | (1) | Sí |
| Tóxicos | No | No | No | Sí | Sí | Sí |
| Corrosivos | No | No | (1) | Sí | Sí | Sí |
| Nocivos | No | (2) | Sí | Sí | Sí | Sí |
(1) Pueden almacenarse juntos si los corrosivos no van en recipientes frágiles. (2) Pueden almacenarse juntos con ciertas medidas de prevención.
El orden de severidad que da la NTP 725 es: explosivos, comburentes, inflamables, tóxicos, corrosivos y nocivos.
Armarios de seguridad. Hay armarios para inflamables con resistencia al fuego. Los de corrosivos tienen:
-
juntas estancas;
-
doble cuerpo con ventilación;
-
interior sin metales;
-
cajones estancos de plástico.
También hay armarios ventilados para tóxicos o pestilentes.
Frigoríficos.
-
No se usan frigoríficos domésticos para inflamables. Hacen falta frigoríficos de seguridad aumentada (sin instalación eléctrica en el interior) o antideflagrantes.
-
Los recipientes van bien tapados.
-
Se lleva control de temperatura máxima/mínima.
-
Nunca se guardan alimentos ni bebidas.
Instalaciones y emergencias.
-
El almacén es de acceso restringido, ventilado, señalizado e iluminado lo suficiente para leer las etiquetas.
-
Los derrames se recogen con absorbentes o neutralizantes. No se usa serrín con inflamables ni corrosivos; se usa carbón activo, sepiolita u otros.
-
En los trasvases, la operación con más accidentes:
-
EPI adecuados y bandejas antigoteo;
-
conexión a tierra de los recipientes para eliminar la electricidad estática;
-
extracción localizada.
El RD 374/2001 obliga a separar los agentes incompatibles y fija este orden de prioridad:
-
evitar concentraciones peligrosas de inflamables o cantidades peligrosas de inestables;
-
evitar las fuentes de ignición;
-
paliar los efectos de un incendio o explosión.
6. Eliminación de residuos
La Ley 7/2022 define el residuo peligroso como el que presenta una o varias de las características de su anexo I. Incluye los envases que contengan restos de sustancias peligrosas o estén contaminados por ellas. Esas características se codifican de HP 1 a HP 15:
-
HP 1 explosivo; HP 2 comburente; HP 3 inflamable; HP 4 irritante;
-
HP 5 toxicidad específica en determinados órganos o por aspiración; HP 6 toxicidad aguda;
-
HP 7 carcinógeno; HP 8 corrosivo; HP 9 infeccioso; HP 10 tóxico para la reproducción; HP 11 mutagénico;
-
HP 12 liberación de un gas de toxicidad aguda; HP 13 sensibilizante; HP 14 ecotóxico;
-
HP 15: residuos que pueden presentar una característica que el residuo original no presentaba.
La asignación se apoya en las indicaciones de peligro CLP de sus componentes. Por ejemplo, contener una sustancia con EUH029, EUH031 o EUH032 lleva a HP 12.
Jerarquía de residuos (art. 8), por orden de prioridad:
-
prevención;
-
preparación para la reutilización;
-
reciclado;
-
otra valorización, incluida la energética;
-
eliminación.
En el laboratorio la prevención empieza al diseñar el ensayo: sustituir productos peligrosos, usar menos reactivo (técnicas más sensibles, microescala) y ajustar el stock para que no caduque.
Obligaciones del productor (arts. 20-21):
-
Tratar los residuos por sí mismo con autorización, o entregarlos a un gestor autorizado o entidad registrada, acreditándolo por escrito.
-
No mezclar ni diluir los residuos peligrosos entre sí ni con otros residuos.
-
Guardarlos en una zona habilitada, protegidos de la intemperie y con retención de derrames, seis meses como máximo.
-
Envasarlos según el CLP y etiquetarlos. La etiqueta mide al menos 10 × 10 cm y lleva:
-
código del residuo y de sus características de peligrosidad;
-
datos y NIMA del productor;
-
fecha de inicio del depósito;
-
pictogramas CLP.
Recogida selectiva en el laboratorio (INSST, NTP 480). Se clasifican en siete grupos:
| Grupo | Contenido | Color de etiqueta propuesto |
|---|---|---|
| I | Disolventes halogenados (más del 2 % de halógeno) | Naranja |
| II | Disolventes no halogenados (menos del 2 % de halógeno) | Verde |
| III | Disoluciones acuosas (básicas, de metales pesados, de cromo VI, orgánicas…) | Azul |
| IV | Ácidos inorgánicos y sus disoluciones concentradas (más del 10 % en volumen) | Rojo |
| V | Aceites minerales | Marrón |
| VI | Sólidos y material desechable contaminado | Amarillo |
| VII | Especiales: comburentes, pirofóricos, muy reactivos, muy tóxicos, peroxidables, no identificados y reactivos caducados | Lila |
Los del grupo VII no se mezclan entre sí ni con otros grupos. Si son 1 litro o menos, se guardan en su envase original siempre que sea posible. Los cancerígenos se recogen aparte.
Normas de manipulación:
-
Todo residuo se considera peligroso si no se conocen sus propiedades.
-
Nunca se manipulan residuos en solitario.
-
El vertido en el envase es lento y se interrumpe si se desprenden gases o sube la temperatura.
-
Los envases se llenan como máximo al 90 % y se mantienen cerrados.
-
No se almacenan a más de 170 cm de altura.
-
Hay que vigilar las incompatibilidades: ácidos con bases; oxidantes con reductores; ácido clorhídrico con cianuros o sulfuros; agua con hidruros, metales alcalinos o haluros de ácido.
Procedimientos clásicos de eliminación-recuperación (NTP 276):
-
Vertido, solo de residuos no peligrosos o de peligrosos ya neutralizados o tratados.
-
Incineración, para residuos orgánicos.
-
Recuperación, indicada sobre todo para metales pesados.
-
Reutilización o reciclado; el mercurio es el ejemplo típico.
Antes de verter nada al desagüe hay que cumplir la normativa vigente (la propia NTP 276 lo exige), y la Ley 7/2022 prohíbe diluir los residuos peligrosos. Según la NTP 480, en la práctica estos centros contratan la gestión externa a una empresa especializada.
Fuentes: Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP), texto consolidado 02008R1272 a 01.07.2026, Oficina de Publicaciones de la UE (http://publications.europa.eu/resource/celex/02008R1272-20260701); Reglamento Delegado (UE) 2023/707, DOUE L 93 de 31.3.2023 (http://publications.europa.eu/resource/cellar/5fe7da2d-cf65-11ed-a05c-01aa75ed71a1); INSST, NTP 878 «Regulación UE sobre productos químicos (II). Reglamento CLP: aspectos básicos» (https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/25-serie-ntp-numeros-856-a-890-ano-2011/nota-tecnica-de-prevencion-ntp-878); INSST, NTP 725 «Seguridad en el laboratorio: almacenamiento de productos químicos» (https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/21-serie-ntp-numeros-716-a-750-ano-2006/ntp-725-seguridad-en-el-laboratorio-almacenamiento-de-productos-quimicos); INSST, NTP 480 «La gestión de los residuos peligrosos en los laboratorios universitarios y de investigación» (https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/14-serie-ntp-numeros-471-a-505-ano-1999/ntp-480-la-gestion-de-los-residuos-peligrosos-en-los-laboratorios-universitarios-y-de-investigacion); INSST, NTP 276 «Eliminación de residuos en el laboratorio: procedimientos generales» (https://www.insst.es/documentacion/colecciones-tecnicas/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion/8-serie-ntp-numeros-261-a-295-ano-1992/ntp-276-eliminacion-de-residuos-en-el-laboratorio-procedimientos-generales); ISSGA (Xunta de Galicia), «Manual de seguridad en el laboratorio», 2013 (https://prevencion.umh.es/files/2012/07/15-00068_-_buenas_practicas_en_prevencion_de_riesgos_laborales._manual_de_seguridad_en_el_laboratorio.pdf); RD 374/2001 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-8436); RD 773/1997 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-12735); RD 656/2017 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-8755); Ley 7/2022 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5809). Consultadas el 07/10/2026.