Tema 7. El Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM)
Qué es el Consorcio, qué transporte coordina, para qué existe, dónde atiende al público y cómo se gobierna.
El tema tiene cinco partes: la naturaleza y la creación del Consorcio, los modos de transporte que coordina, sus funciones, la atención al público y la sede, y sus órganos de gobierno y estructura.
1. Qué es el Consorcio y cómo se creó
El Consorcio nace con la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de la Comunidad de Madrid. Su nombre legal completo es Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid; en el día a día se le llama Consorcio Regional de Transportes de Madrid, o por sus siglas, CRTM.
Según el artículo 1 de esa ley:
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Es una entidad con personalidad jurídica y patrimonio propios, a través de la cual la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos de la región cooperan en la gestión conjunta del servicio de transporte público regular de viajeros.
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Tiene la condición de organismo autónomo de la Comunidad de Madrid, de carácter comercial, industrial y financiero.
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Su ámbito territorial de actuación es el de la Comunidad de Madrid.
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El servicio no lo presta el Consorcio directamente: lo prestan las empresas públicas municipales o supramunicipales y las empresas privadas, en los términos de la ley.
Sus competencias (artículo 2.1) son de dos procedencias: las que corresponden o le delega la Comunidad de Madrid, y las de los Ayuntamientos que se han adherido voluntariamente al Consorcio por acuerdo de su pleno.
Clave: Nombre legal completo: Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, creado por la Ley 5/1985, de 16 de mayo. Es un organismo autónomo de la Comunidad de Madrid, de carácter comercial, industrial y financiero.
2. Qué transporte coordina
El Consorcio reúne bajo una misma autoridad todos los modos de transporte público regular de viajeros de la región:
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Metro de Madrid.
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La EMT de Madrid y los demás autobuses urbanos de otros municipios.
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Los autobuses interurbanos.
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Los metros ligeros y el Tranvía de Parla.
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Las Cercanías ferroviarias.
Sobre todos ellos hace un seguimiento continuo de la oferta y de la demanda, planifica las infraestructuras y los servicios y gestiona un sistema tarifario integrado.
3. Sus funciones
La ley (artículo 2.2) le encarga, entre otras, estas funciones:
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Planificar la infraestructura del transporte público de viajeros y programar las inversiones.
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Planificar los servicios y establecer programas de explotación coordinada para todas las empresas.
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Elaborar y aprobar un marco tarifario común.
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Tramitar y resolver las autorizaciones y concesiones.
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La inspección y sanción.
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Recaudar los ingresos de los títulos combinados que afectan a más de una empresa y repartir los ingresos y las compensaciones entre las empresas.
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La publicidad, la información y las relaciones con los usuarios.
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La superior dirección y control de las empresas públicas que dependen de él.
En la práctica, el propio Consorcio agrupa su trabajo en tres bloques:
a) Planificación de los servicios. Programa de forma coordinada los servicios de Metro, metros ligeros, autobuses urbanos de Madrid y de otros municipios y autobuses interurbanos, y tramita autorizaciones y concesiones. Para ello define la oferta y sigue la evolución de la demanda; inspecciona que se cumplan los indicadores de calidad; prepara planos, horarios, avisos y desvíos, y su señalización en estaciones, paradas y vehículos; y trabaja con los operadores y otros organismos en materia de accesibilidad.
b) Gestión comercial y atención al cliente. Busca que se use más el transporte público y que la información al viajero sea coordinada. Se encarga de comercializar los títulos de transporte (política comercial, acuerdos y control de ventas), de tramitar y contestar las quejas y sugerencias de los usuarios y de informar a través de sus canales de atención (información, expedición de títulos, sanciones…).
c) Planificación de infraestructuras, estudios y proyectos. Como autoridad que planifica el transporte público de la región, redacta, informa y supervisa estudios previos, estudios de viabilidad, anteproyectos y proyectos; desarrolla el Plan Estratégico de Movilidad Sostenible de la Comunidad de Madrid, con un horizonte de 12 años (2013-2025), más de 200 programas y 12 medidas; se coordina con otros organismos cuyos planes afectan al transporte (planes de movilidad urbana sostenible, planes de transporte a centros de trabajo, planeamiento urbanístico y ordenación del territorio); y hace estudios, encuestas y trabajos de campo sobre la movilidad.
Recuerda: Los tres bloques de trabajo: planificación de los servicios; gestión comercial y atención al cliente; y planificación de infraestructuras, estudios y proyectos.
4. Atención al público y sede
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La atención presencial al cliente se presta en las Oficinas de Gestión del Consorcio, que hay tanto en Madrid capital como en otros municipios.
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La sede social está en la Avenida de Asturias, 4, en Madrid.
5. Órganos de gobierno y estructura
La ley (artículo 3) le da dos órganos:
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El Consejo de Administración, que tiene la dirección colegiada y la superior autoridad del Consorcio.
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El Comité Técnico, órgano de concertación y de apoyo al Consejo, en el que están las Administraciones, las empresas de transporte públicas y privadas y los trabajadores.
El Consejo de Administración
Composición (artículo 4 de la Ley 5/1985):
| Representación | Vocales |
|---|---|
| Comunidad de Madrid | 7 |
| Ayuntamientos consorciados (de ellos, 3 del Ayuntamiento de Madrid) | 6 |
| Sindicatos con mayor implantación en la región | 2 |
| Asociaciones empresariales con mayor implantación | 2 |
| Asociaciones de consumidores y usuarios | 1 |
| Administración del Estado (puede proponerlos a través del Delegado del Gobierno) | 2 |
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El Presidente, que lo es también del Consorcio, lo nombra el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de entre los vocales de la Comunidad de Madrid.
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El Vicepresidente lo nombra el propio Consejo de Administración de entre los vocales de los Ayuntamientos. Sustituye al Presidente en caso de ausencia, incapacidad transitoria o enfermedad, y en caso de fallecimiento hasta que se nombre un nuevo Presidente.
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Dentro del Consejo hay una Comisión Delegada de seis miembros, que ejerce las funciones que el Consejo le delegue. Hay funciones que nunca se le pueden delegar, como aprobar los presupuestos, la estructura tarifaria o el nombramiento del Director Gerente.
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El Director Gerente asiste a las reuniones del Consejo con voz pero sin voto. Lo nombra el Consejo de Administración a propuesta de su Presidente, y dirige de forma inmediata los servicios y el personal del Consorcio.
Ojo: tu manual reparte el Consejo de otra forma (un vicepresidente del Ayuntamiento de Madrid más un solo vocal de ese Ayuntamiento, y Renfe con voz y sin voto). La ley vigente da tres vocales al Ayuntamiento de Madrid, y a Renfe solo la nombra como miembro del Comité Técnico, no del Consejo. Aquí va lo que dice la ley; si tu examen se basa en el manual, conviene que tengas presentes las dos versiones.
La estructura
Al frente de la organización está la Dirección-Gerencia. En el organigrama que publica el Consorcio en su portal de transparencia figuran, entre otras, la Dirección de Planificación Estratégica y Explotación, la Secretaría General, la Dirección de Relaciones Externas, la Subdirección de Explotación y áreas como la Comercial, la de Calidad, la de Accesibilidad, la de Metro y Metros Ligeros, la de Autobuses Urbanos de Madrid, la de Transportes Interurbanos y Urbanos de otros Municipios, la de Explotación de Intercambiadores o la del Centro de Gestión del Transporte Público.
Datos comprobados el 10 de octubre de 2026 en el texto consolidado de la Ley 5/1985 publicado en el BOE y en las páginas oficiales del Consorcio (crtm.es y su portal de transparencia).
Ojo: Al Presidente lo nombra el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid; al Vicepresidente, el propio Consejo de Administración. El primero sale de los vocales de la Comunidad de Madrid y el segundo de los vocales de los Ayuntamientos.
📌 Lo esencial para el examen
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Se crea con la Ley 5/1985, de 16 de mayo.
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Es un organismo autónomo de la Comunidad de Madrid, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
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Coordina Metro de Madrid, la EMT de Madrid, los autobuses interurbanos, los metros ligeros, el Tranvía de Parla y las Cercanías.
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Sede social: Avenida de Asturias, 4. Atención presencial: Oficinas de Gestión.
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Órganos de la ley: Consejo de Administración (superior autoridad) y Comité Técnico (concertación y apoyo).
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Consejo: 7 vocales de la Comunidad de Madrid, 6 de los Ayuntamientos (3 del Ayuntamiento de Madrid), 2 de sindicatos, 2 de asociaciones empresariales, 1 de consumidores y usuarios, y 2 que puede proponer la Administración del Estado.
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Comisión Delegada de seis miembros.
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El Director Gerente asiste al Consejo con voz pero sin voto.
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Plan Estratégico de Movilidad Sostenible: 12 años (2013-2025), más de 200 programas, 12 medidas.
De un vistazo
| Cargo | Quién lo nombra | De entre quiénes |
|---|---|---|
| Presidente | Consejo de Gobierno | vocales de la Comunidad de Madrid |
| Vicepresidente | Consejo de Administración | vocales de los Ayuntamientos |
| Director Gerente | Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente | (no es vocal: voz sin voto) |