El Código Técnico de la Edificación (Documento Básico DB-SI, Seguridad en caso de incendio) regula la evacuación de los ocupantes. El recorrido de evacuación es el que conduce desde un origen de evacuación hasta una salida de planta o de edificio. La salida de emergencia es la prevista para ser utilizada exclusivamente en caso de emergencia y está señalizada como tal.
La longitud de los recorridos de evacuación no debe superar, con carácter general, los 25 metros cuando la planta dispone de una única salida, ni los 50 metros cuando dispone de más de una salida.
La señalización de los medios de evacuación utiliza las señales definidas en la norma UNE 23034: las salidas de uso habitual se rotulan con el letrero "SALIDA" y las de uso exclusivo en emergencia con "Salida de emergencia", disponiéndose además señales que indican la dirección de los recorridos. Las señales deben ser visibles incluso si falla el alumbrado normal, para lo que se emplea señalización fotoluminiscente.