Esta Política de Seguridad de la Información se elabora en cumplimiento del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad (en adelante,
ENS), que sustituye al Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el ENS en el ámbito de la Administración Electrónica, que en su artículo 12 establece la obligación para las administraciones públicas de disponer de una política de seguridad e indica los requisitos mínimos que debe cumplir.
Esta Política de Seguridad sigue también las indicaciones de la Guía CCN-STIC-801 y la Guía de adecuación al ENS para Universidades (CCN-STIC 881) del Centro Criptológico Nacional, en el que se establece un marco común de seguridad de la información en las universidades públicas.
La finalidad del Esquema Nacional de Seguridad es la creación de las condiciones necesarias de confianza en el uso de los medios electrónicos, a través de medidas para garantizar la seguridad de los sistemas, los datos, las comunicaciones, y los servicios electrónicos, que permita a los ciudadanos y a las administraciones públicas, el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través de estos medios.
La Universidad de Almería, hace uso de los sistemas TIC (Tecnologías de Información y
Comunicaciones) para alcanzar sus objetivos institucionales. En consecuencia, estos sistemas deben ser administrados con diligencia, tomando las medidas adecuadas para protegerlos frente a daños accidentales o deliberados que puedan afectar a la disponibilidad, integridad o confidencialidad de la información tratada o los servicios prestados.
Por ello, el objetivo de la seguridad de la información es garantizar la calidad de la información y la prestación continuada de los servicios, actuando preventivamente, supervisando la actividad diaria y reaccionando con presteza a los incidentes.
Los sistemas TIC deben estar protegidos contra amenazas de rápida evolución y con potencial para incidir en la confidencialidad, integridad, disponibilidad, uso previsto y valor de la información y los servicios. Para defenderse de estas amenazas, se requiere una estrategia que se adapte a los cambios en las condiciones del entorno para garantizar la prestación continua de los servicios.
Esto implica que la organización y su personal debe aplicar las medidas mínimas de seguridad exigidas por el citado RD 311/2022, así como realizar un seguimiento continuo de los niveles
Política de Seguridad de la Información de la UAL
de prestación de servicios, seguir y analizar las vulnerabilidades reportadas, y preparar una respuesta efectiva a los incidentes para garantizar la continuidad de los servicios prestados.
La organización debe cerciorarse de que la seguridad TIC es una parte integral de cada etapa del ciclo de vida del sistema, desde su concepción hasta su retirada de servicio, pasando por las decisiones de desarrollo o adquisición y las actividades de explotación.
Los requisitos de seguridad y las necesidades de financiación deben ser identificados e incluidos en la planificación, en la solicitud de ofertas, y en pliegos de licitación para proyectos de TIC.
La organización debe estar preparada para prevenir, detectar, reaccionar y recuperarse de incidentes, de acuerdo con el artículo 8 del ENS.
1.1. PREVENCIÓN
La organización debe evitar, o al menos prevenir en la medida de lo posible, que la información o los servicios se vean perjudicados por incidentes de seguridad. Para ello se deben implementar las medidas mínimas de seguridad determinadas por el ENS, así como cualquier control adicional identificado a través de una evaluación de amenazas y riesgos.
Estos controles, y los roles y responsabilidades de seguridad de todo el personal, deben estar claramente definidos y documentados. Para garantizar el cumplimiento de la política, la organización debe:
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Autorizar los sistemas antes de entrar en operación.
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Evaluar regularmente la seguridad, incluyendo evaluaciones de los cambios de configuración realizados de forma rutinaria.
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Solicitar la revisión periódica por parte de terceros con el fin de obtener una evaluación independiente.
1.2. DETECCIÓN
Dado que los servicios se pueden degradar rápidamente debido a incidentes, se debe monitorizar la operación de manera continuada para detectar anomalías en los niveles de prestación de los servicios y actuar en consecuencia según lo establecido en el artículo 10 del
ENS.
Política de Seguridad de la Información de la UAL
La monitorización es especialmente relevante cuando se establecen líneas de defensa de acuerdo con el artículo 9 del ENS. Se establecerán mecanismos de detección, análisis y reporte que lleguen a los responsables regularmente y cuando se produzca una desviación significativa de los parámetros que se hayan prestablecido como normales.
1.3. RESPUESTA
La Universidad de Almería debe:
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Establecer mecanismos para responder eficazmente a los incidentes de seguridad.
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Establecer mecanismos para la restauración de la información y los servicios que pudieran haberse visto afectados.
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Designar punto de contacto para las comunicaciones con respecto a incidentes detectados en áreas de la entidad o en otros organismos relacionados con la UAL.
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Establecer protocolos para el intercambio de información relacionada con el incidente. Esto incluye comunicaciones, en ambos sentidos, con los Equipos de
Respuesta a Emergencias (CERT) reconocidos a nivel nacional: Iris-CERT, CCN-CERT…
1.4. RECUPERACIÓN
Para garantizar la disponibilidad de los servicios críticos, la Universidad debe desarrollar planes de continuidad de los sistemas TIC como parte de su plan general de continuidad de negocio y actividades de recuperación.