El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, en el artículo 10 apartados 24 y 25, atribuye al Principado de Asturias la competencia exclusiva en materia de asistencia y bienestar social, desarrollo comunitario y actuaciones de reinserción social, en base a la cual se aprobó la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de Servicios Sociales que ha servido de base para la articulación del modelo actual de prestación de servicios sociales, en el que uno de los colectivos prioritarios son las personas que por su edad, situación de dependencia y/o discapacidad dependen de otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria. El Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la administración de la Comunidad Autónoma, atribuyen las competencias en esta materia a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar.
En los últimos años el modelo para el cuidado de estas personas está siendo objeto de revisión en orden a la implantación de un nuevo modelo de atención residencial, introduciendo el término de cuidados de larga duración, por ser coincidente con la terminología de la Unión Europea, y orientando la denominación de los centros en función de sus especialización en cuidados para personas en situación de dependencia y con discapacidad. El modelo que se pretende implantar en el futuro se basa en el modelo de atención integral y centrado en la persona (ACP) dirigido a superar el modelo existente de atención tradicional.
Esos modelos implican repensar los actuales servicios sociales poniendo en el centro a las personas, la garantía de sus derechos y el respeto a su autodeterminación en cuanto a lo que debe ser su vida y atención. Una reflexión que afecta al conjunto del sistema de cuidados de larga duración y que tras la situación generada por la Covid-19 se hace todavía más necesaria y urgente, especialmente, en los servicios residenciales. El nuevo modelo de atención residencial para los cuidados de larga duración tiene por objetivo general que las personas con necesidades de apoyos reciban cuidados en las mejores condiciones para su bienestar y calidad de vida.
Con el fin de efectuar la implantación de este modelo que defina los elementos que deben configurar la futura atención en los centros residenciales para los cuidados de larga duración, se ha considerado que la elaboración de una guía orientada al nuevo modelo de atención es el punto de partida adecuado para la obtención de la experiencia que avale una regulación futura de los centros y servicios que atienden a estos cuidados.
Toda intervención social debe fundamentarse en modelos referenciales que permitan que las iniciativas, acciones y servicios se promuevan y desarrollen de una forma integrada, coherente y sinérgica. Los diversos centros y servicios que conforman el sistema de cuidados de larga duración deben ofrecer una atención de calidad y los diversos modelos de servicios deben orientarse por unos criterios y elementos de diseño, organización y gestión que así lo permitan.
Por ello, ante el objetivo de transformación del actual sistema de cuidados y del modelo de atención de los servicios, se considera especialmente relevante definir un marco rector que oriente, explicite y describa cómo entender y desarrollar una atención de calidad en los centros y servicios que ofrecen cuidados de larga duración a personas adultas.
Un marco orientador que, en primer lugar, ha de partir de la escucha de las preferencias de las personas que precisan cuidados y de una posicionada visión sobre ellas, apreciándolas como ciudadanos y ciudadanas de su comunidad y, por tanto, como portadoras de derechos, con valor intrínseco y con capacidad de aportar a los demás. Un marco que integre el conocimiento científico y técnico, procedente de las diversas disciplinas implicadas en el cuidado de larga duración, en una visión ética del cuidado.
Por ello, desde esta Consejería se ha realizado una identificación de las necesidades y claves que deben orientar este proceso de cambio, partiendo del conocimiento científico existente, pero sobre todo escuchando y dando participación a distintos actores clave en el sistema de cuidados:
el movimiento asociativo de personas mayores y discapacidad, las personas usuarias de servicios y sus familias, las organizaciones profesionales, los sindicatos, las empresas prestadoras de servicios, expertos y expertas en este campo así como diferentes profesionales.
Todo ello ha permitido el consenso y definición de un Modelo guía de la atención en el CLD que contempla tres niveles de descripción: a) los valores éticos orientadores del cuidado, b) la calidad de la atención (en cuatro pilares: salud integral, seguridad, atención centrada en la persona y entorno facilitador) c) el diseño y organización de los centros y servicios (pilar quinto).
La definición de un marco en el Principado de Asturias que guie la transición de los centros y servicios hacia un nuevo modelo en los CLD, orientando su diseño y gestión así como el desarrollo de nuevos sistemas de evaluación apoyo y control de la calidad, supone una evolución imprescindible en el Sistema Público de Servicios Sociales, al tener éste la inestimable responsabilidad de hacer realidad el respeto a la dignidad de las personas y, sobre todo, de aquellas que son más vulnerables.
Estas consideraciones han conducido a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar a liderar un proceso de transformación progresiva en el actual modelo de cuidados de larga duración en el Principado de Asturias, poniendo el foco, además de en el necesario cambio del modelo residencial, en el conjunto de servicios que permiten a las personas que precisan apoyos y cuidados vivir en casa, y por ello, en las facultades concedidas por el Decreto 84/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar