La consulta o lectura en sala es uno de los servicios básicos obligatorios de las bibliotecas públicas, según el artículo 13.4 de la Ley 10/2007. El libre acceso o estanterías abiertas permite al usuario acceder directamente a los fondos, y para ello requiere una ordenación sistemática de la colección por materias. Sus ventajas son que el usuario puede comparar y ojear varios documentos sin intermediario y que libera al personal de acudir al depósito; sus inconvenientes son el mayor deterioro y riesgo de hurto y la mayor necesidad de espacio y de vigilancia. En el depósito cerrado, de acceso indirecto, el usuario solicita el documento al personal, que lo recupera; ofrece mejor conservación y control, pero mayor espera. El canon por préstamo público fue fijado por la Ley 10/2007 en una cuantía por obra adquirida para préstamo, de la que quedan exentas las bibliotecas de municipios de menos de 5.000 habitantes y las bibliotecas escolares.
Art. 221