- La gestión del presupuesto de gastos de la Administración General y de sus organismos autónomos se realizará a través de las siguientes fases:
a) Aprobación del gasto.
b) Compromiso de gasto.
c) Reconocimiento de la obligación.
d) Ordenación del pago.
e) Pago material.
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La aprobación es el acto mediante el cual se autoriza la realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario. La aprobación inicia el procedimiento de ejecución del gasto, sin que implique relaciones con terceros ajenos a la Hacienda Pública Autonómica.
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El compromiso o disposición es el acto mediante el cual se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable. EI compromiso es un acto con relevancia jurídica para con terceros, vinculando a la Hacienda Pública Autonómica a la realización del gasto a que se refiera en la cuantía y condiciones establecidas.
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El reconocimiento de la obligación es el acto mediante el que se declara la existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública Autonómica, derivado de un gasto aprobado y comprometido y que comporta la propuesta de pago correspondiente. El reconocimiento de obligaciones con cargo a la Hacienda Pública Autonómica se producirá previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor de conformidad con los acuerdos que en su día aprobaron y comprometieron el gasto.
La consejería con competencias en materia de hacienda, previo informe de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, determinará los documentos y requisitos que, conforme a cada tipo de gastos, justifiquen el reconocimiento de la obligación.
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De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 28 de esta ley, las obligaciones de la Administración General y sus organismos autónomos se extinguen por el pago, la compensación, la prescripción o cualquier otro medio en los términos establecidos en esta ley y en las disposiciones especiales que resulten de aplicación.
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Cuando la naturaleza de la operación o gasto así lo determine, se acumularán en un solo acto las fases de ejecución precisas.