- En el plazo de tres meses desde la publicación de esta Ordenanza se creará una Comisión para el seguimiento de la aplicación y ejecución de esta ordenanza en el Ayuntamiento de Córdoba. Dicha Comisión estará formada por una representación de todos los grupos municipales, del Consejo del Movimiento Ciudadano y del Consejo Social de la Ciudad, además de la persona que ostente la Coordinacion y/o Dirección General con competencia en Administración Digital, y entre sus funciones estarán las siguientes:
a) Seguimiento y dictamen de los planes de accesibilidad y seguridad que puedan llevarse a cabo.
b) Seguimiento y dictamen de ordenanzas y disposiciones complementarias a esta norma.
c) Seguimiento de cuantos documentos y dictámenes puedan ser elaborados por los grupos de trabajo y unidades administrativas creadas en el ámbito de esta ordenanza.
d) Seguimiento y dictamen del Plan Formativo Digital Anual del personal municipal.
e) Seguimiento y dictamen del Plan de Capacitación Digital Anual de la ciudadanía.
f) Cuantas sean necesarias para el seguimiento de la aplicación de esta ordenanza y su impacto en las relaciones de la ciudadanía con la Administración. - Esta Comisión se reunirá siempre que sea necesario para su dictamen, y como mínimo dos veces al año para analizar el resultado de los trabajos de las distintas unidades administrativas y otros grupos creados por la presente ordenanza. A estos efectos se elaborará informe por parte de la Coordinación o Dirección General con competencia en materia de administración Electrónica para su valoración por la Comisión.
- El dictamen, que no es vinculante, deberá ser emitido en el plazo máximo de quince días hábiles desde la recepción del documento sobre el que se va a evacuar. Si no se emitiese el mismo en dicho plazo, se considerará que es favorable, y se podrá continuar con la tramitación del expediente en la Junta de Gobierno Local.
📌 Lo esencial para el examen
- En el plazo de tres meses desde la publicación se creará una Comisión para el seguimiento de la aplicación y ejecución de la ordenanza.
- La forman una representación de todos los grupos municipales, del Consejo del Movimiento Ciudadano y del Consejo Social de la Ciudad, además de la persona con competencia en Administración Digital.
- Entre sus funciones: seguimiento y dictamen de los planes de accesibilidad y seguridad, del Plan Formativo Digital Anual del personal municipal y del Plan de Capacitación Digital Anual de la ciudadanía.
- Se reúne siempre que sea necesario y como mínimo dos veces al año.
- El dictamen no es vinculante y debe emitirse en el plazo máximo de quince días hábiles.
- Si no se emite en plazo, se considerará que es favorable y puede continuar la tramitación en la Junta de Gobierno Local.