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El Parlamento de Andalucía se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias.
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El Parlamento de Andalucía se reunirá anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones, del 1 de septiembre al 31 de diciembre y del 1 de febrero al 31 de julio.
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25 Fuera de dichos períodos, la Cámara sólo podrá celebrar sesiones extraordinarias a convocatoria de su Presidente o Presidenta, previa aprobación del orden del día por la Diputación Permanente, que se reunirá a iniciativa del Presidente o Presidenta o a petición de una cuarta parte de los Diputados o de dos
Grupos parlamentarios. También se reunirá en sesión extraordinaria a petición del Presidente o Presidenta de la Junta o del Consejo de Gobierno. En dicha petición deberá figurar el orden del día que se propone para la sesión extraordinaria solicitada.
- La convocatoria y la fijación del orden del día de las sesiones extraordinarias, tanto de las Comisiones como del Pleno, se harán de acuerdo con lo establecido en este Reglamento para las sesiones ordinarias del Pleno.