Internacionalización y Aduanas
Temario completo del Tema 11 de Correos.
Internacionalización y Aduanas
1. El comercio internacional y el sector postal
1.1 Definición y alcance
El comercio internacional es la actividad económica que se produce entre países, abarcando cualquier intercambio: dentro de la zona europea, dentro del espacio Schengen o entre regiones geográficas distintas (por ejemplo, Europa y Asia). No se circunscribe a un área geográfica concreta: cualquier transacción entre estados soberanos tiene esta consideración.
La existencia de una aduana dentro de un país está directamente ligada al comercio internacional. No existe sin él.
1.2 Tendencia de mercado en los últimos años
El mercado internacional ha evolucionado de forma muy relevante para el sector postal:
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Ha aumentado simultáneamente la cantidad de productos exportados e importados.
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El auge del comercio electrónico ha supuesto un incremento exponencial de envíos postales. Es la causa principal, por encima de la eliminación de aranceles o los acuerdos comerciales con China.
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La transformación digital ha afectado directamente al sector postal, pero no ha relajado los controles en materia de seguridad, sanitaria, farmacéutica y civil (afirmación incorrecta que puede aparecer en examen: que "ya no existe un control tan duro" es falsa).
-
Ha sido necesaria la revisión de las obligaciones aduaneras y fiscales por parte de los actores principales de la cadena logística postal.
-
El avance electrónico de datos ha aumentado la agilización de los procesos postales y de los trámites aduaneros.
-
La transformación digital está aumentando las operaciones internacionales, no disminuyendo la paquetería a domicilio.
1.3 E-commerce: datos clave (año 2021)
| Dato | Valor |
|---|---|
| Crecimiento del comercio electrónico en 2021 | Más del 10 % respecto al año anterior |
| Principal causa de reclamación en ventas online (CNMC, 2021) | El tiempo de entrega |
| Primer país exportador de España en ventas e-commerce | Portugal |
| Segmentación geográfica de compras online (2021) | Las afirmaciones "mayor parte de ingresos hacia España", "compraventa exterior > interior" y "compraventas desde exterior con España decrecieron" son todas incorrectas |
1.4 Impacto en el sector postal
El incremento de la paquetería internacional está impulsando al sector postal en varios sentidos:
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Impulsando la eficiencia en materia medioambiental.
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Ofreciendo más servicios y productos nuevos.
-
Generando nuevos contratos de empleo.
Lo que no supone un impulso directo es "aumentar las campañas publicitarias del correo tradicional".
El panorama competitivo del sector postal está evolucionando: favorablemente en lo que respecta a los paquetes, creando nuevos agentes en el ámbito del envío de paquetes y fragmentando el mercado de paquetería (las tres afirmaciones son correctas a la vez).
La libre competencia en igualdad de condiciones entre el mercado interior y el internacional se garantiza aplicando la misma fiscalidad para la mercancía nacional y la mercancía importada (no aplicando mayor fiscalidad a la importada ni campañas de fomento del consumo nacional).
2. La aduana y la AEAT
2.1 Concepto y misión
La aduana es la institución encargada de aplicar las normas nacionales e internacionales correspondientes en colaboración con otras administraciones. La aduana española depende directamente de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria), no del Ministerio del Interior ni de ningún organismo independiente.
La misión de la aduana española es controlar el cumplimiento de la política comercial, económica, fiscal, sanitaria y de seguridad, relacionada con el comercio internacional de mercancías.
2.2 Funciones del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
El Departamento tiene las siguientes funciones principales:
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Seguridad: control del contrabando y la protección de la sociedad.
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Estadística: registro de los flujos de comercio exterior.
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Salud pública: control fitosanitario (plantas, alimentos, medicamentos, etc.).
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Protección del patrimonio histórico.
-
Control de aranceles y derechos aduaneros.
La función que no pertenece al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales es la de Calidad.
2.3 El despacho aduanero
El despacho aduanero es el conjunto de trámites que se llevan a cabo para controlar, vigilar y aprobar la entrada o salida de mercancías en un territorio aduanero concreto durante cualquier operación comercial internacional (no nacional).
En el despacho aduanero son agentes intervinientes: la UPU, la OMA y las compañías aéreas. Las tres intervienen activamente en la cadena de suministro postal global.
Todas las mercancías que pasan por la aduana están bajo control aduanero: animales, mercancía general y patrimonio histórico. No existe una categoría exenta.
2.4 Obligaciones de las empresas y autónomos
Las empresas y los empresarios que apliquen desgravaciones fiscales por el impuesto indirecto soportado (IVA deducible en exportaciones) están obligados a acreditar la salida de la mercancía de su territorio ante la AEAT.
Para cualquier trámite de aduana (importación o exportación) es necesario el NIF tanto del remitente como del destinatario.
3. La Organización Mundial de Aduanas (OMA)
| Dato | Valor |
|---|---|
| Sede actual | Bruselas |
| Número de administraciones miembro | 182 |
| Convenio fundacional | Convenio de Kyoto (1973) |
| Siglas | OMA (Organización Mundial de Aduanas) |
El Convenio de Kyoto de 1973 recogía los principios del funcionamiento a futuro del despacho aduanero, no solo comercial sino también postal. El primer Convenio de Kyoto se firmó en 1973.
3.1 Comité de Contacto OMA-UPU
El Comité de Contacto OMA-UPU fue creado en 1965 (no en 1973 ni en 1999). Es un órgano permanente: no se renueva cada cierto número de años.
Las siglas ICS2 hacen referencia al Sistema de Control de Importación 2, que es un programa de seguridad y protección aduanera y el marco del proyecto europeo para la seguridad en materia aduanera. Lo que no designan las siglas ICS2 es un "marco normativo para los envíos de alto valor en Europa".
4. La Unión Postal Universal (UPU) y los estándares postales internacionales
4.1 Acuerdo UPU-OMA (desde el 1 de julio de 2021)
A partir del 1 de julio de 2021, UPU y OMA acordaron la obligación (no mera recomendación) de intercambiar mediante ficheros electrónicos ITMATT la información contenida en los CN22/CN23 antes de la salida de los envíos del país de origen.
Este acuerdo equiparó el modelo normativo y operativo de los operadores postales (Correos) con los operadores privados de paquetería comercial, eliminando las ventajas de que disfrutaba el operador público hasta el 30 de junio de 2021.
Ventajas que tenía Correos hasta el 30/06/2021:
-
Los operadores privados disponían de toda la información necesaria para formalizar los despachos aduaneros desde el momento de la admisión del envío en origen.
-
Existía la posibilidad de adelantar el proceso de importación ante la aduana española, con el envío aún en tránsito.
-
Los operadores privados podían solicitar información a la aduana española presentando una predeclaración.
A partir del 1/7/2021, el hecho que no supuso una mejora competitiva fue "el denominado avance electrónico de datos mediante ficheros electrónicos ITMATT" (ese avance fue la herramienta del cambio, no una ventaja diferencial extra).
4.2 Estándar S10
El estándar S10 es el sistema de la UPU para asignar identificadores de 13 caracteres a los envíos postales con el fin de realizar su seguimiento y control. Cada vez que se escanea el código del envío se conoce su situación en el proceso logístico.
La etiqueta S10:
-
Lleva asociada toda la información del envío que se traslada al mensaje ITMATT.
-
Supone un Avance Electrónico de Datos (AED).
-
Es de aplicación en la Unión Postal Universal.
Lo que no es la etiqueta S10: una etiqueta estándar de la OMA (es de la UPU, no de la OMA). Esta afirmación aparece dos veces en el banco de preguntas y en ambas la respuesta incorrecta a descartar es la que la atribuye a la OMA.
Para los envíos de paquetería en general, ordinarios o certificados, se utiliza la etiqueta S10 (no la S20, afirmación que es incorrecta).
4.3 Sistema EDI y estándar EMSEVT
| Sistema | Definición |
|---|---|
| EDI | Sistema de mensajería electrónica para el intercambio de información entre los participantes de la cadena de logística |
| EMSEVT | Especificación que define la forma de intercambiar información de eventos clave en el movimiento de un envío desde la recogida hasta la entrega final |
| EMS | Servicio de Correo Express especial para envíos internacionales, ofrecido por el servicio postal de cada país que participa en el proceso del envío |
| S10 | Sistema de la UPU para asignar identificadores de 13 caracteres a los envíos postales |
Para el seguimiento de los envíos, los operadores postales intercambian por medio de mensajería electrónica EDI los distintos eventos del proceso logístico internacional. Este sistema se basa en el estándar EMSEVT (en ese orden: EDI → EMSEVT).
4.4 ITMATT
Las siglas ITMATT hacen referencia a "Item Attribute" (atributos del artículo). Son los ficheros electrónicos de información que contienen los datos de los CN22/CN23 y que se intercambian entre operadores postales antes de la salida de los envíos. Las tres acepciones (ficheros electrónicos, abreviación de características del artículo, y "Item Attribute") son todas correctas.
En el procedimiento acordado entre UPU y OMA para envíos con origen fuera de la UE:
-
Admisión: los operadores postales de origen son responsables de la correcta cumplimentación del CN22/CN23 y es obligatoria la captura de datos para generar el CN22 y transmitir el mensaje ITMATT. Todos los envíos con mercancía están sujetos a CN22/23 independientemente del canal de venta.
-
Carga en el medio de transporte: los operadores postales de origen se comprometen a generar por cada envío con mercancía un mensaje ITMATT y a no cargar el envío hasta que reciban autorización de carga de las autoridades de destino (a través del sistema ICS2). El mensaje ITMATT se transmite por el operador postal de origen al operador postal de destino de forma electrónica.
4.5 Trazabilidad
La trazabilidad es el término que define el rastreo de la ubicación de un pedido desde el momento en que sale del almacén hasta que es entregado al cliente.
La cadena logística tiene eventos concretos. Algunos de ellos son:
-
EMA: Admisión del envío.
-
EMC: Salida de la Oficina de Cambio de origen.
-
EMD: Llegada a la Oficina de Cambio de destino.
El evento EMI ("Enviado") es una opción incorrecta: no figura entre los eventos estandarizados de la cadena logística postal.
Herramientas concretas de trazabilidad: ATAT, Mercurio y Minerva. GECO no es una herramienta de trazabilidad.
"Última milla" hace referencia al final de la cadena logística hasta entregar el envío (no solo al momento exacto de entrega ni a toda la logística desde la admisión). Para la distribución de última milla, se consideran igual de importantes: cumplir con los plazos de entrega y la correcta recopilación y grabación de los datos electrónicos de los eventos.
Lo que se busca con la integración de la cadena de suministro postal global con un sistema de trazabilidad de principio a fin es: satisfacer la demanda creciente del comercio internacional, aumentar la seguridad y aumentar la agilidad en la cadena (las tres finalidades a la vez).
"Customer service" significa atención al cliente (no "servicios personalizados" ni "garantía de servicio").
5. El Código Aduanero de la Unión Europea (CAU)
5.1 Principios básicos
El Código Aduanero de la Unión (CAU) se basa en tres principios:
-
Arancel exterior común: todos los países de la UE aplican un arancel aduanero común para mercancías importadas de fuera de la Unión Europea.
-
Libre circulación intracomunitaria: no se pagan derechos aduaneros sobre mercancías que se trasladan entre países de la UE.
-
Despacho único: las mercancías importadas legalmente pueden circular por toda la UE sin tener que pasar por más controles aduaneros.
Los tres son principios del CAU (ninguna de las opciones anteriores es incorrecta como principio del CAU).
5.2 Ámbito territorial (artículo 4 CAU)
El Código Aduanero de la UE establece en su artículo 4 que su ámbito abarca el Territorio del Reino de España, salvo Ceuta y Melilla (las dos ciudades autónomas quedan excluidas del territorio aduanero de la UE, al igual que los territorios de otros estados miembros en situación análoga).
La región aduanera europea integra 27 países (los actuales miembros de la UE).
El CAU regula un arancel común de cumplimiento obligatorio para el comercio con países no miembros de la UE (no un arancel distinto por país miembro, ni un arancel para el comercio entre miembros).
Ejemplo práctico: un paquete con origen en Turín (Italia, UE) y destino Castellón (España, UE) no paga ningún arancel, en todo caso, independientemente del medio de transporte. Una mercancía importada desde China que ya ha pasado aduana en París circula por el territorio de la UE sin nuevos trámites aduaneros al llegar a Barcelona.
6. Territorios especiales: Canarias, Ceuta y Melilla
Las zonas territoriales nacionales que tienen para la UE un estatus especial con procedimientos aduaneros específicos son: Canarias, Ceuta y Melilla (las tres).
6.1 Canarias
| Aspecto | Situación |
|---|---|
| Territorio de la UE | Sí |
| Territorio aduanero de la UE | Sí (está integrada) |
| Territorio de aplicación del IVA | No (aplicación incorrecta; se aplica el IGIC) |
| Impuesto indirecto aplicable | IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) |
La afirmación incorrecta más habitual en examen: "Canarias es territorio de aplicación del IVA". Es incorrecta: Canarias aplica el IGIC, no el IVA.
Trámites aduaneros en Canarias:
-
No requieren trámites aduaneros a la importación los envíos con destino Canarias cuyo origen sea también Canarias (el comercio interior canario no genera hecho imponible aduanero).
-
Sí están sujetos a DUA de importación en Canarias los envíos de mercancías (de empresas y particulares) procedentes de: la Península, Baleares, Ceuta y Melilla, países de la UE y terceros países (es decir, cualquier origen exterior a Canarias).
-
Cualquier mercancía que se introduce en Canarias está sujeta a trámites aduaneros y el DUA correspondiente se denomina DUA de importación en Canarias.
-
Los envíos de empresas o autónomos con origen en Canarias y destino a un país de la UE (por ejemplo, París) requieren formalizar el DUA de exportación internacional (porque Canarias, pese a estar dentro del territorio aduanero de la UE, tiene un estatus fiscal especial; un autónomo con origen Canarias y destino París sí necesita ese DUA).
-
Los envíos nacionales nacidos en Canarias que contengan tabaco con destino Península, Baleares, Ceuta y Melilla están sujetos a formalizar DUA de Exportación si el remitente es un particular o una empresa (no depende de la condición del destinatario).
-
Los objetos personales usados enviados desde Canarias a la Península no están sujetos a gestión aduanera (no se cobra DUA de importación).
6.2 Ceuta y Melilla
-
Los envíos que están sujetos al DUA de importación en Ceuta son los envíos postales que contengan mercancía (no todos los envíos postales, ni solo los de paquetería, ni los que contienen notificaciones judiciales).
-
Andorra tiene, en materia aduanera, una condición similar a la de un país tercero (no tiene las propias de un Estado de la UE, aunque guarda acuerdos especiales con España y Francia).
7. El Documento Único Administrativo (DUA)
7.1 Definición y tipos
Las siglas DUA significan Documento Único Administrativo. Es el soporte papel (o electrónico) de la declaración de importación o exportación ante las autoridades aduaneras. Es el documento que se usa para realizar una declaración de mercancías.
Tipos de DUA que gestiona Correos:
| Tipo de DUA | Ámbito |
|---|---|
| DUA de Exportación | Nacional e internacional |
| DUA de Importación | Nacional e internacional |
Correos presta el servicio de Gestión del DUA de Exportación o Importación, en ámbito nacional e internacional. El DUA que no existe es el "DUA de importación en Gibraltar". El DUA que no gestiona Correos es el "DUA de importación UE" (porque entre los territorios de la UE no existen trámites aduaneros).
7.2 DUA de Exportación Nacional
Se utiliza para los envíos de empresas o autónomos (no particulares) con origen en Canarias y destino fuera de la Comunidad de Canarias: Península y Baleares, Ceuta y Melilla (movimientos desde Canarias al resto del territorio nacional).
Los envíos de empresas o autónomos con origen en Península y Baleares dirigidos a Canarias, Ceuta y Melilla también deberán usar el DUA de exportación nacional.
7.3 DUA de Exportación Internacional
Se utiliza para los envíos de empresas o autónomos con origen en Península y Baleares y destino a países no pertenecientes a la UE.
Destinos susceptibles de necesitar DUA de exportación desde Península y Baleares:
-
Canarias (DUA exportación nacional).
-
Ceuta, Melilla y Andorra (DUA exportación nacional).
-
Países no miembros de la UE (DUA exportación internacional).
-
(Resumen de la respuesta correcta en examen: "Solo los destinados a Canarias, Ceuta, Melilla y países no miembros de la UE").
Los envíos de empresas o autónomos con origen en Canarias y destino a un país de la UE requieren DUA de exportación internacional (no DUA exportación nacional, porque el destino es extranjero UE).
7.4 DUA de Importación Península y Baleares
Los envíos postales que contengan mercancías procedentes de Canarias, Ceuta, Melilla y de terceros países y dirigidos a la Península y Baleares están sujetos al DUA de importación península y Baleares.
7.5 Envíos exentos de DUA
No se elabora DUA para:
-
Envíos entre particulares (sin contenido comercial) dentro del territorio peninsular y balear.
-
Cartas con documentos (sin mercancía).
-
Carta Certificada Urgente con documentos: no caben trámites aduaneros en destino.
Productos postales que sí son susceptibles de trámites aduaneros de importación (los que contengan mercancía): los de paquetería, los envíos ordinarios y los certificados (todos ellos si contienen mercancía).
7.6 El ejemplar 3 del DUA de Exportación
Una vez que la aduana autoriza la salida del envío, Correos remite al cliente el ejemplar 3 del DUA de Exportación, para que pueda acreditar la salida de la mercancía y aplicarse las desgravaciones fiscales a las que tenga derecho.
7.7 Tramitación del DUA por Correos
Para que Correos tramite el DUA debe incorporarse al envío la autorización del cliente a Correos para realizar la tramitación del DUA en su nombre.
El Documento de Autorización de Despacho y Representación autoriza a Correos a actuar en representación del remitente ante los Órganos de Aduanas de la AEAT. En ese escrito debe constar:
-
Nombre de la empresa vendedora con su correspondiente CIF.
-
Nombre del representante legal con su NIF.
-
Número de envíos del mismo remitente al mismo destinatario entregados en el mismo punto.
(Las tres informaciones son necesarias.)
Si el cliente opta por un agente externo para la formalización del DUA, deberá adjuntar copia del Levante de Aduana.
7.8 Cobro de tributos a la importación
En el control de los cobros de tributos a la importación, Correos actúa en nombre del destinatario ingresando en la Agencia Tributaria los tributos cobrados (no en nombre del remitente). Correos actúa como representante aduanero y somete los envíos al control de la aduana y al del resto de autoridades competentes (sanitarias, farmacéuticas, etc.), y sí se responsabiliza de los tributos cobrados a los destinatarios que ingresa en la AEAT.
Los gastos aduaneros de importación para los envíos de mercancías que entran por Correos en España pueden ser de tres tipos (todos correctos):
-
Pago de derechos arancelarios (impuesto comunitario de la UE) en función del contenido del envío.
-
Pago de impuestos nacionales (IVA) o locales (IGIC, AIEM, IPSI) según corresponda.
-
Pago de impuestos especiales: tabaco, alcohol, etc.
La legislación fiscal establece el principio general de que la introducción de mercancía está sujeta al pago de tributos a la importación en todos los envíos postales con mercancía (no solo en paquetería, ni solo en los no ordinarios; las cartas certificadas con mercancía también están incluidas).
7.9 Procedimiento ordinario de importación en Península
A la llegada del envío a Barajas, Correos manda un Aviso de Llegada al destinatario para informarle de que debe aportar, en el plazo indicado:
- La factura de la mercancía y la Autorización de Despacho en favor de Correos, para que Correos le formalice un presupuesto.
8. El Avance Electrónico de Datos (AED) y los modelos de despacho
El modelo de despacho aduanero postal con Avance Electrónico de Datos (AED) ofrece las siguientes ventajas:
-
Evaluación de riesgos antes de la llegada de un paquete.
-
Permite el tratamiento automatizado de los envíos con mercancías.
-
Permite la codificación electrónica de las mercancías para el cobro de los impuestos o aranceles que correspondan.
Lo que no supone una ventaja del AED es "aumentar la competitividad de operadores privados" (el AED equipara al operador postal público con los privados, pero no aumenta específicamente la competitividad de los privados).
9. La etiqueta CN22
La etiqueta CN22 (también denominada "etiqueta verde" en el argot postal) es una declaración aduanera simplificada. Es de color verde.
Cuándo se usa el CN22:
-
Para envíos desde la Península y Baleares a países no miembros de la UE.
-
Para envíos desde Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra a cualquier destino fuera de su territorio.
-
Para Cartas Ordinarias con contenido comercial destinadas al extranjero (fuera de la UE), llevarán adjunta la etiqueta CN22.
-
Para envíos nacionales desde Islas Baleares con valor comercial que no superen los 150 € y vayan dirigidos a Melilla.
-
Para envíos de paquetería nacional admitida desde el resto del territorio con destino Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra (en admisión unitaria se usa el CN23, no el CN22, para este tipo de paquetería; ver apartado 10).
El CN22 no aplica a:
-
Envíos de "Documentos" al extranjero (sin mercancía, no precisan declaración aduanera de contenido).
-
Paquetes de Canarias a Barcelona (son envíos nacionales intraterritoriales entre territorios españoles que no generan declaración CN22 para esa ruta).
-
Envíos entre países miembros de la UE (en Península y Baleares a destino UE no se usa CN22).
La etiqueta CN22 o CN23 es una declaración aduanera simplificada para envíos desde Península y Baleares a países no miembros de la UE, y desde Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra a cualquier destino fuera de su territorio. (Las dos condiciones son correctas a la vez.)
Distinción CN22 vs. CN23: se utiliza el CN23 en lugar del CN22 cuando un Paq Light supera los 300 DEG (Derechos Especiales de Giro). Por debajo de ese umbral se usa el CN22.
10. El impreso CN23 y su uso en paquetería
El CN23 es la declaración aduanera para envíos de mayor valor o paquetería:
| Uso del CN23 | Situación |
|---|---|
| Paquete Internacional Económico sin carácter comercial | Solo el CN23 (sin DUA) |
| Paquete Internacional Económico con carácter comercial destino no UE | CN23 + DUA de exportación |
| Paquete Standard Internacional destino no UE | CN23 |
| Admisión unitaria de paquetería nacional a Canarias, Ceuta, Melilla y Andorra | CN23 |
El impreso CN23 también lleva información del remitente y destinatario, contenido, peso y valor declarado.
El impreso CP72 ya no se utiliza en la actualidad en las Oficinas de admisión de Correos (ha quedado obsoleto). El documento que no se utiliza para trámites aduaneros es el DA-1 (no es un documento aduanero de Correos).
El CN43 es el Boletín de verificación que se levanta en el intercambio de despachos internacionales.
El T2LF es el documento justificativo del carácter comunitario de la mercancía con destino a una parte del territorio comunitario donde no se aplican las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE (IVA).
11. El DUA de Exportación en envíos con valor comercial
Cuando el Paquete Internacional Económico posee valor comercial y el destino es un país no miembro de la UE, debe tramitarse el DUA de exportación, que irá junto con el resto de los documentos necesarios en un sobre de plástico del modelo Código SAP 403633 (no el CP71 ni el CP01).
Cuando el Paquete Internacional Económico posea valor comercial pero vaya destinado a un país de la UE, se acompañará con una etiqueta generada por IRIS (la "etiqueta comercial con declaración de contenido"), que se incluirá en la bolsa que contiene la documentación aduanera.
Ejemplo práctico (Rebeca, Córdoba → Turquía, pulseras artesanales): debe adjuntar el DUA de exportación más el impreso CN23 (Turquía no es UE, hay valor comercial, pero el CN23 es suficiente junto con el DUA; el CP71 no procede en este caso como modelo de sobre).
12. La Gestión Aduanera DDP (Delivered Duty Paid)
El servicio Gestión Aduanera DDP es aquel por el que el vendedor (remitente) se hace cargo de todos los gastos aduaneros del envío hasta la entrega a domicilio del comprador (destinatario), que lo recibe sin ningún coste adicional.
El DDP:
-
Hace referencia al máximo de obligaciones para el vendedor.
-
No debe utilizarse cuando el vendedor no pueda obtener la licencia de importación.
-
Lo que conlleva el servicio DDP es que el vendedor se hace cargo del trámite aduanero (no que se elimina el trámite, sino que el vendedor lo asume).
13. La Remesa Aduanera
Una remesa aduanera es un conjunto de envíos agrupados para la tramitación aduanera. Debe cumplir tres criterios:
-
Mismo remitente.
-
Mismo punto de entrega.
-
Mismo destinatario.
-
Mismo producto postal.
El criterio que no debe cumplir obligatoriamente una remesa aduanera es tener el mismo valor monetario (en ambas preguntas del banco, la respuesta es que el valor monetario no es requisito) ni los mismos valores añadidos.
14. Seguridad en el transporte internacional: medidas y hitos
El sector postal ha implementado medidas de seguridad ante los siguientes hechos:
-
El atentado terrorista de Nueva York del 11 de septiembre de 2001.
-
El atentado terrorista de Yemen en el año 2012.
-
El surgimiento del comercio electrónico (que ha generado nuevas amenazas de seguridad).
El hecho que no ha supuesto la necesidad de implementar medidas de seguridad en el marco de las exportaciones internacionales es la guerra de Ucrania de 2022 (al menos según el temario de Correos).
Las nuevas medidas se han implementado:
-
Procurando la comunicación entre el operador postal de origen con el operador de destino y su aduana nacional para el control de carga desde antes de la salida del envío.
-
Implementando sistemas de seguimiento desde la salida de origen hasta la llegada a destino.
-
Facilitando a las autoridades del país de destino el control de los envíos desde antes de la salida de origen.
(Las tres respuestas son correctas a la vez.)
15. Objetos prohibidos y mercancías peligrosas
15.1 Tipos de prohibiciones
Existen tres tipos de prohibiciones aplicables a los objetos enviados a través de Correos (las tres son correctas, ninguna es incorrecta):
-
Prohibiciones universales (aplican en todo el mundo).
-
Prohibiciones propias de los distintos países (cada país puede añadir las suyas).
-
Prohibiciones por la normativa postal (reguladas por la UPU y los reglamentos nacionales).
15.2 Objetos prohibidos en el servicio postal
Son objetos prohibidos:
-
Las materias explosivas, inflamables y otras peligrosas, salvo las biológicas perecederas intercambiadas entre laboratorios oficialmente reconocidos, y las radiactivas depositadas por expedidores debidamente autorizados.
-
Los envíos cuyo embalaje o cubierta contenga textos o dibujos que vulneren cualquiera de los derechos fundamentales de la persona.
-
Los animales vivos que no estén provistos de una autorización especial o no sean intercambiados entre instituciones oficialmente reconocidas.
La opción incorrecta que puede aparecer en examen: "Los envíos de armas, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1/1997, de 30 de febrero". Este Real Decreto no existe (el 30 de febrero no existe en el calendario), por lo que la referencia normativa es incorrecta.
15.3 Mercancías peligrosas admisibles
La única mercancía peligrosa admisible es:
- Baterías de litio instaladas en un equipo (máximo 4 pilas o 2 baterías).
No son admisibles:
-
Baterías de litio sin instalar.
-
Baterías de litio instaladas en equipo pero con más de 4 pilas o más de 2 baterías.
15.4 Mercancías peligrosas no admisibles
Son mercancías peligrosas no admisibles: petardos, mecheros, agua oxigenada, pesticida agrícola, pinturas al óleo, termómetro de mercurio.
No se consideran mercancías peligrosas no admisibles (es decir, sí se pueden enviar):
-
Acetil cisteína (medicamento de uso común).
-
Bebidas carbonatadas (bebida sin peligro postal).
15.5 Embalaje de los envíos
Entre las normas sobre embalaje, la afirmación incorrecta es que "no debe tener estampados o colores llamativos" (el embalaje sí puede tener colores llamativos; lo que importa es que sea seguro y adecuado). Las normas correctas son:
-
El producto no debe moverse en el interior del embalaje.
-
El embalaje debe estar adaptado a la forma y naturaleza del contenido.
-
No debe constituir un peligro para los profesionales que lo manipulan.
15.6 Requisitos para exportar un envío con Correos
Requisitos obligatorios:
-
Embalaje adecuado para su peso y contenido.
-
Sin mercancía peligrosa no permitida.
-
Dimensiones y peso correspondientes.
Lo que no es requisito obligatorio: "debe ir acompañado siempre de documentación aduanera" (hay envíos sin mercancía o sin valor declarado que no requieren documentación aduanera).
16. El Grupo Correos: expansión internacional
16.1 Organismos y asociaciones del Grupo Correos
El Grupo Correos forma parte de:
-
Kahala Post Group (KPG): alianza de operadores postales de alto volumen.
-
PuMed: agrupación de operadores postales mediterráneos.
-
UPU: Unión Postal Universal.
El Grupo Correos no forma parte de UPEAP (opción incorrecta en el banco de preguntas).
16.2 Expansión internacional: causas
La expansión del negocio internacional del Grupo Correos en los últimos años se debe a:
-
Las empresas compartidas KCG eCommerce Solutions y K Parcel, para operar en China.
-
Correos Express Portugal.
-
Las Oficinas de Cambio Extraterritorial (ETOE).
Las tres causas son correctas simultáneamente.
Las siglas ETOE hacen referencia a las Oficinas de Cambio Extraterritorial.
16.3 Correos en China
Correos opera en China a través de KCG eCommerce Solutions y K Parcel (las dos organizaciones a la vez). La planta de admisión y clasificación de paquetería con la que Correos opera en China tiene una capacidad de procesamiento de 25.000 paquetes por hora.
16.4 Correos Express Portugal
Correos Express Portugal presta servicio a nivel peninsular (Península Ibérica, tanto en España como en Portugal), no solo en Portugal ni solo a nivel europeo. Cuenta con 11 delegaciones en la actualidad.
16.5 Correos Cargo
Correos Cargo es el servicio de transporte aéreo de paquetería y mercancías que supone una respuesta al incremento del negocio de la paquetería. Se llevará a cabo de la mano de Iberojet.
La afirmación incorrecta sobre Correos Cargo es que "está pensado para fortalecer el eje logístico nacional" (está orientado al incremento internacional, no al eje nacional).
16.6 Clientes en envíos internacionales
Los clientes que realizan envíos internacionales cuentan con un servicio de atención al cliente tanto en el país de origen como en el de destino (no solo en uno de los dos países).
17. Resumen de documentos y formularios clave
| Documento | Uso |
|---|---|
| CN22 (etiqueta verde) | Declaración aduanera simplificada para envíos de bajo valor desde Península/Baleares a no-UE, o desde Canarias/Ceuta/Melilla/Andorra a cualquier destino exterior |
| CN23 | Declaración aduanera para envíos que superan los 300 DEG o paquetería nacional a Canarias/Ceuta/Melilla/Andorra |
| DUA (Documento Único Administrativo) | Declaración de importación o exportación ante las autoridades aduaneras |
| CP71 | Sobre de plástico para documentación aduanera (actualmente sustituido por el SAP 403633 para el DUA) |
| CP72 | En desuso; ya no se utiliza en las Oficinas de Correos |
| T2LF | Documento justificativo del carácter comunitario de la mercancía con destino a territorio comunitario sin IVA |
| CN43 | Boletín de verificación levantado en intercambio de despachos internacionales |
| S10 | Etiqueta estándar UPU de 13 caracteres para trazabilidad |
| ITMATT | Fichero electrónico con atributos del artículo (Item Attribute) para el intercambio de información aduanera |
| EDI | Sistema de mensajería electrónica para intercambio de información entre participantes de la cadena logística |
| EMSEVT | Estándar que define el intercambio de eventos clave en el movimiento de un envío |
| EMS | Express Mail Service: servicio de correo urgente internacional |
| ICS2 | Sistema de Control de Importación 2 (programa de seguridad aduanera europea) |
| AED | Avance Electrónico de Datos |
| DDP | Delivered Duty Paid: el vendedor asume todos los costes aduaneros |
| ETOE | Oficinas de Cambio Extraterritorial |