Marco Normativo Postal y Naturaleza Jurídica
Temario completo del Tema 1 de Correos.
Bloque 1
Marco Normativo Postal y Naturaleza Jurídica de Correos
1. Marco normativo: la Ley 43/2010 del Servicio Postal Universal
1.1 Norma principal y su historia legislativa
La norma de referencia del sector postal español es la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y del Mercado Postal (en adelante, Ley Postal o Ley 43/2010). Se publicó en el BOE número 318 el 31 de diciembre de 2010 y entró en vigor el 1 de enero de 2011. Sigue vigente en la actualidad.
Esta ley derogó la anterior Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
La norma reglamentaria que regula la prestación de los servicios postales es el Real Decreto 437/2024, de 30 de abril, que sustituyó al antiguo Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre.
1.2 Estructura de la Ley 43/2010
La ley se estructura en:
-
Siete títulos
-
Una disposición transitoria
-
Una disposición derogatoria
-
Disposiciones adicionales (no siete, sino un número distinto; la respuesta «siete disposiciones adicionales» es incorrecta en examen)
| Título | Contenido |
|---|---|
| Título I | Disposiciones generales |
| Título II | Derechos de los usuarios (contiene una auténtica carta de derechos) |
| Título III | Servicio Postal Universal |
| Título IV | Otra regulación del mercado postal |
| Título V | Acceso a la red y a otras infraestructuras postales (2 capítulos) |
| Título VI | Régimen sancionador |
| Título VII | Órganos reguladores |
El título II incorpora una auténtica carta de derechos de los usuarios. El título III regula el Servicio Postal Universal; su capítulo II establece los principios rectores (no discriminación, equidad y continuidad); su capítulo IV regula los precios y otras condiciones tarifarias.
El título V (acceso a la red) se estructura en 2 capítulos: el capítulo I garantiza a los operadores postales el acceso a la red y a otras infraestructuras postales.
La disposición adicional primera establece que la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., tiene la condición de operador designado por el Estado para prestar el SPU por un período de 15 años a partir de la entrada en vigor de la ley (es decir, hasta el año 2025).
La disposición final tercera considera los giros como servicios complementarios a los servicios postales.
1.3 Proceso de liberalización postal y directivas europeas
La liberalización del sector postal parte de la Comunidad Económica Europea y se plasmó en tres directivas europeas entre 1997 y 2008:
| Directiva | Fecha | Referencia |
|---|---|---|
| Primera | 15 de diciembre de 1997 | Directiva 97/67/CE |
| Segunda | 10 de junio de 2002 | Directiva 2002/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo |
| Tercera | 20 de febrero de 2008 | Directiva 2008/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo |
La tercera directiva (2008/6/CE) debía transponerse al ordenamiento jurídico español antes del 31 de diciembre de 2010. Esta transposición se materializó con la Ley 43/2010, con la que España alcanzó la libre competencia en el mercado postal en el año 2011.
La Directiva 2002/39/CE se traspuso a la legislación española con la Ley 53/2002, de 30 de diciembre.
La libre competencia en el mercado postal se alcanzó en España en el año 2011.
2. El Servicio Postal Universal (SPU)
2.1 Definición legal
Según el artículo 20 de la Ley 43/2010, el servicio postal universal es:
«El conjunto de servicios postales de calidad determinada en la ley y sus reglamentos de desarrollo, prestados en régimen ordinario y permanente en todo el territorio nacional y a precio asequible para todos los usuarios.»
La obligación de garantizar el SPU recae sobre el Estado (no sobre el Gobierno ni sobre Correos en particular).
Los servicios postales son servicios de interés económico general que se prestan en régimen de libre competencia, aunque los incluidos en el SPU encomendados al operador designado están sometidos a obligaciones de servicio público.
Según la Constitución Española, la competencia exclusiva en materia de correos y telecomunicaciones corresponde al Estado.
2.2 Envíos incluidos en el SPU
| Tipo de envío | Límite de peso |
|---|---|
| Cartas y tarjetas postales | Hasta 2 kg |
| Paquetes postales (con o sin valor comercial) | Hasta 20 kg |
| Publicidad directa | — |
| Libros, catálogos, diarios y publicaciones periódicas | — |
| Servicios de envíos certificados | Aplicable a cartas, paquete azul y paquete internacional económico |
| Servicios de envíos con valor declarado | Aplicable a cartas, paquete azul y paquete internacional económico |
En el ámbito internacional, Correos cumple la obligación de paquete postal con el paquete azul (ámbito nacional) y el paquete internacional económico (ámbito internacional o transfronterizo).
No están incluidos en el SPU, entre otros: el Paq Standard de 10 kg con destino Alemania (ya que este es un servicio comercial fuera del SPU) o la carta certificada con Aviso de Recibo (el aviso de recibo es un servicio adicional no incluido en el SPU básico).
Los envíos en régimen de autoprestación están excluidos por el Reglamento Postal.
Los servicios no incluidos en el SPU no son servicios que Correos preste por obligación legal (esa afirmación es incorrecta); son servicios que presta en el mercado libre.
2.3 Definiciones clave de la Ley 43/2010
-
Envío postal: todo objeto destinado a ser expedido a la dirección indicada por el remitente sobre el objeto mismo o su envoltorio, una vez presentado en la forma definitiva en que debe ser recogido, transportado y entregado. Además de los envíos de correspondencia, incluye la publicidad directa, libros, catálogos, diarios, publicaciones periódicas y paquetes postales, cualquiera que sea su peso. Todas estas acepciones forman la definición completa.
-
Envío de correspondencia: la comunicación materializada en forma escrita sobre un soporte físico de cualquier naturaleza, que se transportará y entregará en la dirección indicada por el remitente sobre el propio envío o sobre su envoltorio.
-
Carta (según Reglamento de Servicios Postales): todo envío que tenga carácter actual y personal.
-
Servicios postales: cualquiera de los servicios consistentes en la recogida, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de envíos postales.
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Operador postal: la persona natural o jurídica que presta uno o varios servicios postales.
-
Correo transfronterizo: el correo con origen o destino en otro Estado miembro de la Unión Europea o un país tercero.
-
Servicio de envío certificado: aquel que, previo pago de una cantidad predeterminada a tanto alzado, comporta una garantía fija contra los riesgos de pérdida, robo o deterioro, y facilita al remitente, en su caso y a petición de este, una prueba de depósito o de entrega al destinatario.
-
Servicio de envío con valor declarado: aquel que permite asegurar el envío por el valor declarado por el remitente, en caso de pérdida, robo o deterioro.
-
Paquete postal (según RD 437/2024): no se considera paquete postal «lotes de cualquier clase de correspondencia actual y personal».
2.4 Principios y condiciones de prestación del SPU
Principios rectores (Capítulo II, Título III, Ley 43/2010): no discriminación, equidad y continuidad.
Condiciones de recogida y admisión (art. 23 de la Ley 43/2010):
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Al menos una recogida en los puntos de acceso a la red postal todos los días laborables, de lunes a viernes.
-
Las zonas rurales y de difícil acceso se definirán mediante un Reglamento.
-
No se denegará una admisión que cumpla con todos los requisitos establecidos.
Distribución y entrega:
-
Las entregas se practicarán, al menos, todos los días laborables, de lunes a viernes, salvo circunstancias o condiciones geográficas especiales.
-
En poblaciones no atendidas por una oficina de Correos, la admisión podrá realizarse por el personal encargado del reparto domiciliario, al tiempo que realiza el reparto.
Plazos medios de expedición: se expresan mediante la fórmula D + n, donde D es la fecha de depósito del envío y «n» es el número de días laborables transcurridos entre la fecha del depósito y la de entrega final al destinatario.
La prestación del SPU, establecida con criterios de regularidad, requerirá el cumplimiento de los plazos medios de expedición en cómputo anual.
Estándares de calidad nacionales (según Reglamento):
| Tipo de envío | Plazo | Porcentaje |
|---|---|---|
| Cartas y tarjetas postales | D+3 | 93% |
| Cartas y tarjetas postales | D+5 | 99% |
| Paquetes postales hasta 10 kg | D+3 | 85% |
| Paquetes postales hasta 10 kg | D+5 | 95% |
| Giros | D+5 | 99% |
Para la entrega en las principales ciudades peninsulares, el estándar es D+1.
Los plazos vigentes de entrega contemplan D+3 en un 93% de las cartas y tarjetas postales nacionales.
Concreción del plan de prestación del SPU: se dispondrá por acuerdo del Consejo de Ministros. En dicho plan se fijará: las medidas que aseguren la mejora permanente de la eficacia y la eficiencia, los criterios y el procedimiento para la determinación del coste neto, y la extensión y densidad mínima de la red (todas son correctas).
Presunción de veracidad y fehaciencia (art. 22.4): la actuación del operador designado goza de la presunción de veracidad y fehaciencia en la distribución, entrega y recepción o rehúse o imposibilidad de entrega de notificaciones de órganos administrativos y judiciales, tanto las realizadas por medios físicos como telemáticos. Es lo que da valor probatorio reforzado al acuse de recibo de Correos en un procedimiento administrativo o judicial. El propio artículo remite, para los distintos supuestos de notificación, a la Ley 30/1992, remisión que debe entenderse hecha hoy a la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, que la sustituyó.
2.5 Precios del SPU
Los precios de los servicios postales prestados bajo régimen de obligaciones de servicio público (art. 34 de la Ley 43/2010) deberán ser transparentes, no discriminatorios y asequibles. No es correcto que deban ser «los más económicos» recuperando pérdidas en otros productos.
El operador designado deberá comunicar a la Comisión Nacional del Sector Postal (hoy CNMC) tanto el establecimiento de nuevos precios como la modificación de los vigentes con al menos tres meses de antelación.
2.6 Titularidad de los envíos postales
Los envíos postales serán de titularidad del remitente a efectos postales en tanto no lleguen a poder del destinatario; el remitente podrá, mediante pago, recuperarlos o modificar su dirección, salvo imposibilidad material y sin perjuicio de los derechos de terceros sobre el contenido.
2.7 Entrega fallida y devolución
Cuando la entrega no pueda realizarse, el operador podrá optar entre devolver el envío o comunicar la circunstancia al remitente, disponiendo en ambos casos de un plazo máximo de cinco días, siempre que se haya admitido mediante resguardo justificativo. En el supuesto de que el operador opte por comunicar la imposibilidad, el remitente dispondrá de un plazo mínimo de quince días para manifestar si opta por su recuperación.
Los operadores consignarán la causa de la imposibilidad de entrega en el reverso de los envíos.
Notificaciones con dos intentos: si una notificación no puede entregarse en el primer intento, el segundo deberá realizarse dentro de los tres días siguientes.
2.8 Exenciones tributarias del operador designado
El operador designado quedará exento de los tributos que graven su actividad vinculada al SPU, excepto el Impuesto de Sociedades. Sí está exento del IVA en los productos vinculados al SPU. No están exentos el IS ni el IRPNR (en la terminología de los exámenes: la excepción es el IS).
3. Derechos y obligaciones de los usuarios
3.1 Derechos de los usuarios (Título II, Ley 43/2010)
Los usuarios de los servicios postales tienen derecho a:
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La prestación de un servicio postal universal de calidad, prestado de forma permanente, en todo el territorio nacional y a precios asequibles (art. 8).
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La fidelidad en la custodia y gestión de los envíos postales.
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La plena garantía del secreto de las comunicaciones postales.
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La neutralidad y confidencialidad de los servicios postales.
-
La ausencia de cualquier tipo de discriminación en el acceso a los servicios.
No es un derecho de los usuarios el servicio de «Correos Frío» (producto comercial al margen del SPU).
Los operadores deberán informar a los usuarios de los servicios postales que presten de forma veraz, completa y puntual (no oral; la información oral no está contemplada como obligación en este sentido).
3.2 Secreto e inviolabilidad de las comunicaciones
Los operadores garantizarán el secreto e inviolabilidad de las comunicaciones postales, salvo resolución judicial.
La violación de los envíos postales comprende: la detención contraria a derecho, el intencionado curso anormal, la apertura ilegal, la sustracción, la destrucción, la retención indebida y la ocultación de los envíos.
La inviolabilidad de los envíos puede verse menoscabada por: su intencionado curso anormal, la facilitación de datos de los envíos a otras personas y el no atender las reclamaciones del remitente (todas las opciones son correctas).
El incumplimiento del deber de fidelidad (art. 6 Ley 43/2010) incluye: la detención contraria a derecho, la destrucción y la apertura ilegal de los envíos postales (todas son correctas).
3.3 Reclamaciones de los usuarios
-
Los procedimientos de reclamaciones deben ser sencillos, gratuitos y no discriminatorios.
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Plazo máximo de resolución: un mes desde la fecha de presentación (art. 10.2 Ley 43/2010; la exposición de motivos también señala un mes).
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Plazo para efectuar la reclamación ante el operador: un mes desde la respuesta del operador o desde la finalización del plazo para responder.
3.4 Lenguas oficiales
El uso de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas es un derecho del usuario en el territorio de su Comunidad Autónoma, cuando se trate de servicios postales que circulen en su ámbito.
3.5 Exenciones de precio
Estarán exentos del pago los envíos de cecogramas (material para invidentes), prestados por el operador designado para la prestación del SPU.
4. Régimen sancionador (Título VI, Ley 43/2010)
4.1 Clasificación de infracciones
| Tipo | Multa | Prescripción infracción | Prescripción sanción |
|---|---|---|---|
| Leve | De 200 a 8.000 € | 6 meses | 1 año |
| Grave | De 8.001 a 80.000 € | — | — |
| Muy grave | De 80.001 a 400.000 € | 3 años | — |
Las infracciones muy graves se regulan en el artículo 59 de la Ley 43/2010.
El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Las sanciones impuestas por faltas leves prescriben al año.
4.2 Tipos de infracciones concretas
-
La negativa o la obstrucción grave o reiterada a la actuación inspectora: infracción muy grave.
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En materia de franqueo: 3 tipos de infracciones (art. 62 Ley 43/2010).
4.3 Sanciones accesorias en infracciones muy graves
En infracciones muy graves, la sanción puede incluir multa, clausura de instalaciones e incautación de equipos o vehículos. La revocación de la declaración responsable no está prevista como sanción de este tipo (es la respuesta incorrecta en examen).
5. Organismos reguladores del sector postal
5.1 Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
La CNMC es el organismo regulador que trabaja para garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento del sector postal y de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas.
Fue creada por la Ley 3/2013, de 4 de junio, que unificó los anteriores organismos reguladores y de defensa de la competencia. Su estatuto orgánico se regula mediante el Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto.
La Comisión Nacional del Sector Postal pasó a denominarse CNMC (la CNSP ya no existe como órgano independiente).
Composición: todos sus miembros (incluidos el presidente y el vicepresidente) son nombrados por el Gobierno. El secretario del Consejo no es consejero y se elige a propuesta del presidente; en caso de ausencia, le sustituye un consejero (no existe la figura de secretario suplente no consejero).
Funciones de la CNMC en materia postal:
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Realizar el control y medición de las condiciones de prestación del SPU (art. 8.5 de la Ley 3/2013).
-
Cuantificar la carga financiera injusta derivada de las obligaciones de servicio público del operador designado.
-
Resolver conflictos entre el operador designado y otros operadores respecto al acceso a la red postal.
-
Resolver conflictos entre operadores postales no designados (art. 49 de la Ley 43/2010).
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Verificar la contabilidad analítica del operador designado, el coste neto del SPU y la carga financiera injusta derivada de su prestación.
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Gestionar el Fondo de financiación del SPU (que no tiene personalidad jurídica propia) y transferir al operador designado las cantidades disponibles con periodicidad trimestral como pago a cuenta.
El Fondo de financiación del SPU se nutre de: transferencias de los PGE, prestaciones patrimoniales de carácter público, y donaciones o legados. No se nutre de «rendimientos que no deriven de los depósitos del fondo» (respuesta incorrecta en examen).
5.2 Consejo Superior Postal
Es el máximo órgano de participación de las Administraciones Públicas, los usuarios, los prestadores de servicios postales y los sindicatos (todas las opciones son correctas).
Composición del Pleno: el Presidente, dos Vicepresidentes, los Vocales (no más de 28) y el Secretario (no consejero). Los Subsecretarios no forman parte del Pleno (respuesta incorrecta en examen).
El operador que tenga encomendada la prestación del SPU tendrá dos representantes en el Consejo Superior Postal.
El Pleno se reúne en sesión ordinaria una vez al año.
La convocatoria del Pleno se efectuará con una antelación mínima de 48 horas.
Su funcionamiento no supone aumento del gasto público y será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Subsecretaría del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible.
Funciones: entre otras, informar sobre cuantas cuestiones en materia de servicios postales le someta a consulta el Gobierno, el Ministro de Transporte y Movilidad Sostenible o el Presidente del Consejo. El Consejo Superior Postal no ratifica normas del SPU ni propone sanciones a la CNMC.
5.3 Subdirección General de Régimen Postal
Provee las secretarías y el apoyo administrativo de tres órganos:
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El Consejo Superior Postal.
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La Comisión Filatélica del Estado.
-
El Consejo de la Orden Civil del Mérito Postal y Medalla al Mérito Filatélico, que ostenta la representación de la Orden y Medalla e informa los expedientes de propuesta de concesión y de privación de condecoraciones.
5.4 Comisión Filatélica del Estado
El órgano con funciones de propuesta en materia de emisión de sellos es la Comisión Filatélica del Estado.
6. Naturaleza jurídica y estructura corporativa de Correos
6.1 Denominación social y naturaleza
La denominación social exacta es Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. (donde S.M.E. = Sociedad de Mayoritario Estatal).
La decisión de convertir Correos en Sociedad Anónima Estatal fue adoptada por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado (artículo 58). En cumplimiento de lo acordado, el Consejo de Ministros el 22 de junio de 2001 aprobó la conversión de la Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos en Sociedad Estatal con capital público 100% y participación exclusiva del Estado.
La antigua Dirección General de Correos y Telecomunicación se llama actualmente Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E.
Régimen jurídico: es una sociedad mercantil que se rige por el ordenamiento jurídico privado, salvo en materias que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control financiero y de contratación, en su condición de sociedad integrante del sector público empresarial.
Capital: 100% público. Capital social de 611.521.000 €.
Duración: indefinida.
Correos pertenece a la cartera del SEPI (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales).
6.2 Órganos sociales
Los órganos sociales de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E., son dos:
-
La Junta General de Accionistas
-
El Consejo de Administración
Están contemplados en el Título V de los Estatutos Sociales.
La representación y gestión de Correos corresponde a dos órganos (Junta General + Consejo de Administración).
Junta General de Accionistas
-
A ella corresponde el nombramiento y separación del Consejo de Administración.
-
Las Juntas Generales (ordinarias y extraordinarias) deberán ser convocadas mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la página web de la sociedad, por lo menos con un mes de antelación.
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La Junta General Universal es aquella que queda válidamente constituida sin previa convocatoria, siempre que esté presente o representado todo el capital social y los concurrentes acepten por unanimidad la celebración de la misma.
Consejo de Administración
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Mínimo de 12 y máximo de 15 miembros (la opción de «máximo 20» es incorrecta; la correcta es 15).
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Los consejeros ejercen su cargo durante el plazo máximo de seis años, con posibilidad de reelección. (Nota: en los estatutos la duración es de seis años con posibilidad de reelección; la opción que indica otra duración es incorrecta.)
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El Secretario del Consejo de Administración no tiene por qué ser miembro del consejo.
-
El presidente es el Presidente Ejecutivo de Correos; es nombrado por acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta del SEPI.
Tipos de consejeros:
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Consejeros ejecutivos: desempeñan funciones de alta dirección o son empleados de la Sociedad o de su Grupo.
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Consejeros externos dominicales: nombrados por la Administración General del Estado a través de sus representantes en la Junta General o propuestos al Consejo de Administración por el sistema de cooptación.
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Consejeros externos independientes: no se encuentran vinculados laboral o profesionalmente a la Dirección General del Patrimonio del Estado o al organismo público accionista.
Comisión Ejecutiva
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Formada por cinco miembros.
-
Convocada por el presidente.
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Para su válida constitución se necesita la presencia de tres de sus miembros.
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(Todas las anteriores afirmaciones son correctas.)
6.3 Reserva legal
Se destinará a la reserva legal el 10% del beneficio del ejercicio, hasta que alcance al menos el 20% del capital social.
6.4 Objeto social
Constituyen el objeto social de Correos, entre otras actividades:
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La gestión y explotación de los servicios postales.
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Los servicios de telegrama, télex, burofax y actividades relacionadas con las telecomunicaciones.
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La prestación de los servicios financieros relacionados con los servicios de giro y transferencias monetarias.
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La asunción obligatoria de los servicios relacionados con su objeto social que le encomienden las Administraciones Públicas.
-
La propuesta de emisión de sellos, así como la emisión (distribución y comercialización) de los restantes sistemas de pago.
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La comercialización y distribución de sellos.
No forma parte del objeto social: «La propuesta de emisión de sellos... excluyendo las actividades de comercialización y distribución» (esta frase es incorrecta porque sí incluye la comercialización y distribución). Tampoco forma parte del objeto social la «entrega de notificaciones sociales y jurídicas» (lo que sí existe es la entrega de notificaciones administrativas).
No está autorizada la emisión directa de sellos (solo la propuesta); la autorización para la emisión de sellos tampoco figura como función de Correos (es la respuesta incorrecta en examen sobre el objeto social).
6.5 Principios de actuación como operador designado
Correos, como operador designado, persigue el adecuado cumplimiento de su misión de servicio público con principios de calidad, accesibilidad y regularidad. La «disciplina» no es uno de los principios del servicio público postal (es la opción incorrecta en examen).
6.6 Código de Conducta
El Código General de Conducta, aprobado por el Consejo de Administración, entró en vigor el 1 de enero de 2005.
7. Estructura territorial y organizativa de Correos
7.1 Organización central
Correos se organiza a nivel central en Direcciones Corporativas y se estructura territorialmente en 7 Áreas (también llamadas Zonas o Direcciones Zonales).
7.2 Las siete zonas
| Zona | Provincias/territorios | Sede |
|---|---|---|
| Zona Noroeste | A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Asturias, Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Valladolid, Zamora | Santiago de Compostela |
| Zona Norte | — | — |
| Zona Noreste | Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona | Barcelona |
| Zona Centro | Albacete, Badajoz, Cáceres, Ciudad Real, Cuenca, Toledo, Guadalajara y Madrid | Madrid |
| Zona Este | Alicante, Castellón, Valencia, Murcia e Islas Baleares | Valencia |
| Zona Sur | — | — |
| Zona Canarias | Gran Canaria, Lanzarote, Fuerteventura (Las Palmas) y Tenerife, El Hierro, La Gomera, La Palma (Santa Cruz de Tenerife) | Las Palmas / Santa Cruz de Tenerife |
Nota: el Área Sur incorrectamente descrita con las provincias canarias es la respuesta errónea en examen (las islas pertenecen al Área Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife).
Unidades de apoyo a la Dirección de Zona: Comunicación, Recursos Humanos, Tecnología, etc. El Archivo General no es una unidad de apoyo a la dirección de zona (es la respuesta incorrecta en examen).
7.3 Funciones de las Oficinas de Correos
En las Oficinas de Correos se realizan: admisión, entrega en oficina y venta de productos postales. No se realiza en la oficina la función de reparto (el reparto es domiciliario, no en oficina).
7.4 Órganos de apoyo y asistencia
La Secretaría General y del Consejo de Administración presta asistencia jurídica al Grupo Correos y a sus consejos de administración, así como la defensa de los intereses regulatorios.
Sus funciones: ejercer como órganos de apoyo y asistencia inmediata al presidente, mantener las relaciones institucionales y actuar como órganos de coordinación general del centro directivo y de la estructura territorial.
8. El Grupo Correos y sus filiales
8.1 Composición del Grupo Correos
El Grupo Correos está integrado por:
| Sociedad | Actividad principal |
|---|---|
| Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. | Empresa matriz; servicios postales |
| Correos Express Paquetería Urgente, S.A., S.M.E. (CEX) | Paquetería urgente |
| Nexea Gestión Documental, S.A., S.M.E. | Soluciones multicanales y consultoría documental; personalización de sellos |
| Correos Telecom, S.A., S.M.E., M.P. | Telecomunicaciones |
| Correos Express Portugal | Filial portuguesa |
No existe ninguna filial denominada «Correos Premium» ni «Chronoexprés Paquetería Urgente, S.A., S.M.E.» (denominación incorrecta).
Nexea es la empresa encargada de la personalización de sellos (estampado de imágenes elegidas por los clientes) y también de las soluciones multicanales, consultoría documental, diseño, impresión, ensobrado automático y clasificación de envíos masivos.
8.2 Plan estratégico de Correos
-
El Plan Estratégico de Correos comenzó en el año 2001.
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A finales de 2012, Correos presentó el plan 100-300-1.500, que marca las líneas estratégicas de los próximos años. Sus cuatro líneas son: diversificación, aumento de la eficacia comercial, mantenimiento operativo (esta opción es la incorrecta, ya que no es una línea del plan) y desarrollo del modelo organizativo. (Las tres líneas correctas son diversificación, aumento de la eficacia comercial y desarrollo del modelo organizativo.)
-
El plan 2020-2023 incluye, entre sus líneas estratégicas, internacionalizar Correos.
8.3 Servicios y productos destacados
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CEX (Correos Express): siglas que corresponden a Correos Express. Con el producto EquiPaq 24 los particulares pueden solicitar la recogida, transporte y reparto urgente de equipajes de hasta 25 kg; desde 2019 puede contratarse también en las oficinas de Correos.
-
Correos Market: plataforma de comercio electrónico para productores y artesanos locales, con productos hechos a mano, típicos o con denominaciones de origen, distribuidos en toda España y mercados internacionales.
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AliExpress es la empresa que aspira a ser partner de confianza de las pymes en España gracias a su colaboración con Correos.
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El crecimiento de la paquetería en los últimos años se debe principalmente al ecommerce o comercio electrónico.
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Desde hace unos años, la tendencia al envío de correspondencia ha disminuido.
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Correos introdujo publicidad en los carros de reparto a partir del año 2013.
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Todos los operadores que presten servicios postales en España deben inscribirse en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales.
8.4 Garantías del operador designado
La Ley 43/2010 reconoce al operador designado varias garantías, entre ellas:
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La utilización exclusiva de la denominación «Correos» y el emblema de la cornamusa con la corona de España (el término «España» no puede compartirse con otros operadores).
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La cesión de espacios por entidades gestoras de la red de ferrocarriles, puertos y aeropuertos.
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La ocupación del dominio público mediante instalación de buzones, previa autorización del órgano competente.
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La distribución de sellos de correos u otros medios de franqueo.
8.5 Presencia internacional y acuerdos
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Correos cuenta con una oficina de cambio extraterritorial en Reino Unido y otras en los Países Bajos.
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Ha suscrito un convenio con ICEX para el fomento de la internacionalización de pymes mediante plataformas de comercio electrónico.
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Correos Express Portugal es filial del Grupo Correos.
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La oficina de cambio Madrid-Barajas volvió a obtener en 2016 el certificado de excelencia IPC.
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Correos obtuvo el premio CIONET España al liderazgo digital en 2017.
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El Grupo Correos se adhirió al Pacto Mundial de las Naciones Unidas en 2002.
9. Organismos internacionales postales
9.1 Unión Postal Universal (UPU)
La UPU es un organismo especializado de las Naciones Unidas, con sede en Berna (Suiza).
España es miembro de la UPU desde 1875 (hay preguntas que citan 1950 como respuesta; pero según las preguntas de examen analizadas, la respuesta señalada como correcta es 1950, aunque históricamente España ingresó en 1875; en examen la respuesta marcada como correcta es 1950, por lo que ese dato es el que manda para el test).
En 2016, España fue elegida miembro de los dos máximos órganos de decisión de la UPU: el Consejo de Administración y el Consejo de Explotación Postal.
Órganos de la UPU:
| Órgano | Función |
|---|---|
| Congreso | Órgano supremo; se reúne cada 4 años |
| Consejo de Administración | Asegura la continuidad de los trabajos de la UPU entre congresos |
| Consejo de Explotación Postal | Debate cuestiones de tipo operativo, económico y comercial; aprueba las modificaciones a los Reglamentos |
| Comité Consultivo | — |
El Consejo de Explotación de la UPU está compuesto por 40 países.
9.2 International Post Corporation (IPC)
La IPC (International Post Corporation) es una asociación corporativa de 25 operadores postales de Europa, Norteamérica y el Pacífico Sur. Fue fundada en 1989 y es una sociedad cooperativa regida por el derecho holandés, con sede en Bruselas.
Los miembros del Consejo de Administración de la IPC desempeñan su cargo durante 3 años.
Entre sus funciones destacan: la mejora de la calidad del servicio mediante benchmarking de procesos, la gestión del sistema multilateral de gastos terminales (REIMS) y la recopilación de información regulatoria.
Países miembros: la República Checa actualmente no es miembro de la IPC (respuesta incorrecta en examen).
9.3 European Parcel Group (EPG)
El EPG es la red de paquetería B2B (business to business), que aporta valor añadido a la paquetería tradicional. Surgió como red de paquetería B2B.
Los máximos responsables del KPG (Kahala Post Group, también denominado Grupo Kahala) acordaron desarrollar y lanzar al mercado el producto Air Parcel para captar negocio en el segmento de envíos no urgentes.
9.4 Grupo Kahala (Kahala Post Group)
Establece que la calidad debe cumplirse en cada etapa del proceso de entrega:
| Etapa | Descripción |
|---|---|
| Leg 0 | Fase de admisión en el país de origen |
| Leg 1 | Desde la salida del país de origen hasta la llegada al país de destino (tránsito) |
| Leg 2 | Desde la llegada al país de destino hasta la entrega final |
(En examen: «desde la salida del país de origen hasta la llegada al país de destino» corresponde a Leg 2 según las preguntas analizadas; la nomenclatura puede variar entre fuentes, pero la respuesta señalada como correcta en el banco de preguntas es Leg 2.)
Entre los países no miembros del Grupo Kahala está Nueva Zelanda.
9.5 PostEurop
PostEurop es la asociación de operadores postales europeos. Sus comités y grupos de trabajo pueden crearse a proposición del Consejo de Administración o de un miembro de la Secretaría Permanente (no de la Asamblea Plenaria, que es la respuesta incorrecta).
Comités de PostEurop (algunos ejemplos): Comité de Asuntos Europeos, Comité de Asuntos Operacionales, Comité de Asuntos Internacionales, entre otros. El Comité de Responsabilidad Corporativa no es un comité de PostEurop (respuesta incorrecta en examen).
9.6 Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP)
La Unión Postal de las Américas, España y Portugal fue creada en 1911.
10. Circuito general de la correspondencia
10.1 Fases del circuito
| Fase | Descripción |
|---|---|
| Recogida | Obtención de los envíos en los puntos de depósito |
| Admisión | Recepción del envío en los locales del operador |
| Tratamiento | Operaciones auxiliares sobre los envíos para preparar el resto de operaciones (clasificación manual/automática) |
| El Curso | Conjunto de operaciones que facilitan el encaminamiento de los envíos postales |
| Transporte | Traslado, por cualquier tipo de medios, de los envíos postales hasta su punto de distribución final |
| Distribución | Operaciones realizadas en los locales de destino del operador postal, de forma inmediatamente previa a la entrega final al destinatario |
| Entrega | Puesta a disposición del destinatario |
La «indexación» no forma parte del Circuito General de la Correspondencia (es la respuesta incorrecta en examen).
El seguimiento de los envíos postales no se considera «servicio postal» propiamente dicho (es un servicio auxiliar).
10.2 Calidad de entrega según EPG
Las claves para medir la calidad EPG (estándares en zonas geográficas y códigos postales) incluyen: admisión en oficina o CAM, salida de Oficina de Cambio de origen y retención en aduana. El «tiempo de permanencia en lista» es la opción incorrecta en examen.
10.3 Norma UNE de gestión de la calidad
La norma UNE que certifica la gestión de la calidad es la UNE-EN ISO 9001.
11. Historia e hitos de Correos
11.1 Fechas históricas clave
| Hecho | Año/Fecha |
|---|---|
| Introducción de códigos postales en España | 1981 |
| Publicación del Manual de Productos y Procedimientos | 1999 |
| Correos pionero en proporcionar PDA a agentes de clasificación y reparto | — |
| Tendencia actual del envío de correspondencia | Disminución |
| Revista interna de empleados: antes «Abrecartas», hoy «Conectad@s» | — |
11.2 Metodología LEAN
LEAN es una filosofía de trabajo basada en las personas que define la forma de mejora y optimización de una forma de trabajar, poniendo el foco en la identificación y eliminación de todo tipo de desperdicios. Sus ventajas en Correos incluyen reducir costes y eliminar desperdicios, mejorar la experiencia del cliente y motivar e implicar a las personas en la mejora continua. «Mejorar los sistemas informáticos» no es una ventaja de LEAN (respuesta incorrecta en examen).
12. Marco normativo laboral (III Convenio Colectivo de Correos)
12.1 Grupos profesionales
El sistema de clasificación profesional de Correos establece cinco grupos profesionales:
| Grupo | Denominación |
|---|---|
| Grupo I | Personal Titulado Superior |
| Grupo II | Personal Titulado Medio / Cuadros |
| Grupo III | Personal de Jefaturas Intermedias |
| Grupo IV | Personal Operativo |
| Grupo V | Servicios Generales |
El Grupo V corresponde a Servicios Generales. Las tareas del Grupo IV (Personal Operativo) son las que requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas bajo supervisión directa o sistemática.
12.2 Derechos laborales básicos
Los derechos básicos de los trabajadores de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos incluyen: libre sindicación y huelga, entre otros. La «observación de las medidas de prevención de riesgos laborales» es una obligación, no un derecho básico (respuesta incorrecta en examen).
12.3 Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo
Se consideran modificaciones sustanciales: jornada de trabajo, horario, sistema de remuneración y funciones (todas correctas). El «sistema de pago» no es una de ellas cuando se formula como opción separada del sistema de remuneración (respuesta incorrecta en examen).
El traslado obligatorio requiere notificación con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.
12.4 Concurso de traslados
A falta de determinación por la Comisión de Traslados, en cada convocatoria se realizarán nueve adjudicaciones.
El orden correcto de los procesos de movilidad voluntaria es: Asignación de Turnos → Reajuste Local → Concurso de Traslados.
12.5 Licencias y excedencias
-
Licencia sin sueldo: puede solicitarla el personal que haya cumplido al menos 1 año de servicios efectivos; duración mínima de 10 días y máxima de 3 meses.
-
Excedencia voluntaria por interés particular: requiere al menos 1 año de antigüedad al servicio de la empresa.
12.6 Incapacidad temporal
Al inicio de la incapacidad temporal, el trabajador debe comunicar su ausencia por teléfono al Responsable de Unidad en la primera media hora del inicio de la jornada; si no es posible, por escrito dentro de las 24 horas siguientes.
12.7 Protección frente a violencia de género
Para proteger a la trabajadora víctima de violencia contra las mujeres, el III Convenio Colectivo prevé una reducción de jornada con un mínimo de media hora y un máximo de dos tercios de su jornada diaria.
12.8 Vacaciones adicionales por antigüedad
El trabajador tendrá derecho a días adicionales de vacaciones según su antigüedad; la antigüedad mínima para empezar a disfrutar de estos días es de 11 años.
12.9 Potestad disciplinaria
En Correos se distinguen tres niveles de gravedad en las faltas: leves, graves y muy graves.
12.10 Medidas sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo
El artículo del III Convenio Colectivo que regula las medidas sobre el acoso y violencia en el lugar de trabajo es el artículo 28.
12.11 Conciliación laboral y familiar
Correos presta especial atención a la conciliación laboral y familiar de acuerdo con la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.
13. Registro de entidades y contratación
-
Todos los operadores postales deben inscribirse en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales.
-
El Registro Virtual de Entidades se regirá por la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
La Ley que regula el Procedimiento Administrativo Común es la Ley 39/2015, de 1 de octubre (no 2 de octubre).
-
La Ley de Contratos del Sector Público es la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
-
La obligación de emitir factura simplificada surge a partir de 400 € por ventas o servicios que no sean de terceros (RD 1619/2012).
14. Protección de datos
-
El Reglamento UE 2016/679 (RGPD), de 27 de abril, regula las transferencias de datos personales a terceros países en el Capítulo V.
-
El derecho a la protección de datos personales en el ámbito nacional exclusivamente se defiende en el artículo 18.4 de la Constitución Española.
-
El órgano de control del cumplimiento de la normativa de datos en el territorio español es la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos).
15. Sostenibilidad y medioambiente
Los principales objetivos de Correos en materia medioambiental son: luchar contra el cambio climático, mejorar la calidad del aire de las ciudades, consumir de manera sostenible y promover una economía circular (todas son correctas).
El sello de excelencia de empresa postal sostenible distingue a los operadores postales que destaquen por la excelencia de su gestión en materia laboral, social y medioambiental (todas son correctas).
El Grupo Correos se adhirió al Pacto Mundial de las Naciones Unidas en 2002.
16. Ciberseguridad
El smishing es la técnica mediante la cual los ciberdelincuentes se hacen pasar por entidades conocidas y envían un mensaje de texto (SMS) a la víctima (por ejemplo, informando de que ha ganado un premio) para obtener datos o realizar un fraude.
Resumen de datos numéricos clave para el examen
| Dato | Valor |
|---|---|
| Ley Postal vigente | Ley 43/2010, de 30 de diciembre |
| BOE número | 318 (31 dic. 2010) |
| Entrada en vigor | 1 de enero de 2011 |
| Operador designado hasta | 2025 (15 años desde entrada en vigor) |
| Capital social de Correos | 611.521.000 € |
| Capital público | 100% |
| Órganos sociales | 2 (Junta General + Consejo de Administración) |
| Consejo de Administración: mín./máx. consejeros | 12 / 15 |
| Duración cargo consejeros | 6 años (con posibilidad de reelección) |
| Comisión Ejecutiva: miembros | 5 |
| Quórum Comisión Ejecutiva | 3 miembros |
| Reserva legal | 10% del beneficio, hasta el 20% del capital |
| Zonas territoriales | 7 |
| Conversión en SA | Ley 14/2000; Consejo Ministros 22-jun-2001 |
| Sanción leve | 200 a 8.000 € |
| Sanción grave | 8.001 a 80.000 € |
| Sanción muy grave | 80.001 a 400.000 € |
| Prescripción infracción leve | 6 meses |
| Prescripción infracción muy grave | 3 años |
| Prescripción sanción leve | 1 año |
| Plazo resolución reclamación usuario | 1 mes |
| Plazo comunicación nuevos precios | 3 meses de antelación |
| Plazo transferencias CNMC al operador | Trimestral |
| Consejo Superior Postal: vocales máx. | 28 |
| Consejo Superior Postal: representantes operador designado | 2 |
| Pleno CSP: reuniones ordinarias al año | 1 |
| Convocatoria Pleno CSP: antelación mínima | 48 horas |
| Convocatoria Junta General Correos | 1 mes de antelación |
| Concurso de traslados: adjudicaciones por defecto | 9 |
| IPC: fundación | 1989 |
| IPC: miembros | 25 operadores |
| IPC: sede | Bruselas |
| IPC: derecho aplicable | Holandés |
| IPC: duración cargo Consejo de Administración | 3 años |
| UPU: organismo de | Naciones Unidas |
| UPU: España miembro desde (según exámenes) | 1950 |
| UPU: España en CA y CEP desde | 2016 |
| UPU: países en Consejo de Explotación | 40 |
| UPAEP: fundación | 1911 |
| Ley creación CNMC | Ley 3/2013, de 4 de junio |
| RD Estatuto CNMC | RD 657/2013, de 30 de agosto |
| Peso máximo carta SPU | 2 kg |
| Peso máximo paquete postal SPU | 20 kg |
| Segundo intento de entrega de notificaciones | Dentro de los 3 días siguientes |
| D+n: «n» son | Días laborables |
| Plazo devolución/comunicación envío no entregado | 5 días (con resguardo) |
| Plazo remitente para recuperar envío | Mínimo 15 días |
| Estándar calidad ciudades principales peninsulares | D+1 |
| Cartas nacionales D+3 | 93% |
| Cartas nacionales D+5 | 99% |
| Giros en D+5 | 99% |
| Código de Conducta Correos: entrada en vigor | 1 de enero de 2005 |
| Pacto Mundial Naciones Unidas: adhesión Correos | 2002 |
| Plan Estratégico de Correos: inicio | 2001 |
| Códigos postales en España: introducción | 1981 |
Bloque 2
Marco Normativo Postal y Naturaleza Jurídica de Correos (Parte 2)
Ley 43/2010, del Servicio Postal Universal: estructura y conceptos esenciales
La Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal es la norma que supuso la apertura total del mercado postal español e instituyó a Correos como proveedor designado para prestar el Servicio Postal Universal (SPU). Su estructura es la siguiente:
-
Siete títulos, diez disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y siete disposiciones finales.
-
El título III se estructura en cuatro capítulos.
-
El capítulo I del título IV establece el principio de libre competencia para la prestación de los servicios postales.
-
La disposición final cuarta regula el título competencial en materia de correos, que recae en el Estado al amparo del artículo 149.1, 21.ª de la Constitución.
Definiciones legales clave (art. 2 Ley 43/2010)
| Concepto | Definición |
|---|---|
| Servicios postales | Cualesquiera servicios consistentes en la recogida, la admisión, la clasificación, el transporte, la distribución y la entrega de envíos postales. |
| Envío postal | Todo objeto destinado a ser expedido a la dirección indicada por el remitente sobre el objeto mismo o sobre su envoltorio, una vez presentado en la forma definitiva en la cual debe ser recogido, transportado y entregado. |
| Envío de correspondencia | La comunicación materializada en forma escrita sobre un soporte físico de cualquier naturaleza, que se transportará y entregará en la dirección indicada por el remitente sobre el propio envío o sobre su envoltorio. |
| Operador postal | Persona natural o jurídica que, con arreglo a esta ley, presta uno o varios servicios postales. El tercero que preste servicios postales en exclusiva para un único remitente en régimen de autoprestación queda excluido de esta definición. |
| Operador Designado | El operador al que el Estado ha encomendado la prestación del SPU, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Postal. |
| Medios de franqueo | Aquellos efectos o signos que acreditan el pago de los servicios postales a los operadores postales que presten servicios incluidos en el SPU. |
| Red postal | Conjunto de la organización y de los medios de todo orden que, empleados por el operador designado para la prestación del SPU, permiten: la recogida de envíos en puntos de acceso de todo el territorio nacional, el transporte de envíos por cualquier tipo de medios y la entrega en las direcciones indicadas en los envíos. |
Servicio Postal Universal: definición y alcance
Se entiende por SPU el conjunto de servicios postales de calidad determinada en la ley y sus reglamentos de desarrollo, prestados en régimen ordinario y permanente en todo el territorio nacional y a precio asequible para todos los usuarios. El Estado garantiza el SPU en todo el territorio nacional.
La Ley Postal deja fuera de su ámbito:
-
Los servicios de autoprestación.
-
Los impresos sin dirección postal del destinatario.
Son envíos pertenecientes al SPU, entre otros:
-
Paquete Internacional Económico de 20 kg.
-
Paquete Azul de 20 kg.
-
Carta Certificada de 2 kg.
La fórmula D+n mide los plazos medios de expedición de envíos dentro del SPU de extremo a extremo, donde n es el número de días laborables que transcurren desde la fecha de depósito en el punto de acceso a la red postal hasta la fecha de entrega al destinatario. El plazo de entrega de un giro será de D+3 en el 95 % de los envíos; dicho porcentaje podrá ser actualizado mediante orden del Ministro de Transporte y Movilidad Sostenible.
La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. tiene la condición de Operador Designado por el Estado por un período de 15 años desde la entrada en vigor de la Ley 43/2010.
Principios de prestación del SPU
La prestación del SPU se rige por los siguientes principios: equidad, no discriminación, continuidad y buena fe. A estos efectos:
- Equidad: ofrecer a los usuarios que estén en condiciones similares el mismo tratamiento y prestaciones idénticas.
Entre los principios de prestación del SPU no figura la transparencia (aunque sí es principio de precios).
Ámbito de la libre competencia y régimen de autorizaciones
-
Para prestar servicios postales no incluidos en el SPU: se requiere declaración responsable.
-
Para ejecutar prestaciones incluidas en el ámbito del SPU: se requiere autorización administrativa singular.
-
Las empresas que deseen prestar servicios postales deben inscribirse en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales en la Modalidad B cuando requieran autorización administrativa singular.
En el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas singulares, transcurrido el plazo de 3 meses sin contestación, la solicitud se considerará estimada. El interesado debe dirigir su solicitud a la CNMC.
Las solicitudes de autorización administrativa singular deben asumir, entre otras obligaciones: las obligaciones de servicio público; no perturbar los derechos establecidos para compensar al Operador Designado; y facilitar toda la información requerida. No incluyen la publicación de un informe mensual con reclamaciones.
La CNMC establece un calendario para efectuar las renovaciones de las empresas inscritas en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales.
Exclusiones de operador postal
No tiene la consideración de operador postal un empleado de banco que lleva correspondencia con comunicaciones del banco a sus clientes (se trata de autoprestación). Sí son operadores: un cartero, un repartidor con declaración responsable y un empleado de empresa de reparto con autorización administrativa singular.
Precios y exenciones
Los precios de los servicios postales del SPU deben ser asequibles, transparentes y no discriminatorios. Si la CNMC aprecia que no se ajustan a estos principios, dará al operador un plazo de 15 días para que alegue lo que estime conveniente.
Están exentos del pago del precio los envíos de cecogramas (y los que la Unión Postal Universal confiera tal derecho, con el alcance de los instrumentos internacionales ratificados por España). La exención de cecogramas queda recogida en el artículo 34 de la Ley 43/2010.
Dimensiones de los envíos postales
Las dimensiones mínimas y máximas de los envíos postales serán las establecidas en las disposiciones pertinentes adoptadas por la Unión Postal Universal.
El circuito general de la correspondencia (CGC)
Las siglas CGC corresponden a Circuito General de la Correspondencia. Las operaciones que lo integran según la Ley 43/2010 son: recogida, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega. La fase de distribución abarca las operaciones llevadas a cabo en los locales de destino, donde posteriormente se entrega el envío al destinatario.
Remitente, destinatario y propiedad de los envíos
-
Usuario: persona física o jurídica que se beneficia de la prestación como remitente o como destinatario, cualquiera que sea la naturaleza, pública o privada, del operador que los preste.
-
Remitente: persona física, jurídica o entidad sin personalidad de quien proceden los envíos postales.
-
Los envíos postales son propiedad del remitente hasta que no lleguen a poder del destinatario. En tanto no lleguen a poder del destinatario, pueden ser reclamados por el remitente.
Secreto de los envíos postales
El secreto de los envíos postales afecta al contenido de los mismos e implica la absoluta prohibición para los operadores postales de facilitar información sobre los datos de envíos. Los envíos postales solo podrán ser detenidos o interceptados por resolución motivada de la autoridad judicial.
Los operadores postales, en el ejercicio de la prestación de los servicios, garantizarán:
-
La ausencia de cualquier tipo de discriminación.
-
El secreto e inviolabilidad de las comunicaciones postales, salvo resolución judicial.
-
El respeto al honor, la intimidad personal y familiar de los usuarios.
-
La confidencialidad de los servicios postales.
La opción incorrecta en este bloque es afirmar que se protege «la intimidad personal, pero no familiar»: la ley protege ambas.
Envíos caducados y entrega de armas
-
Los envíos postales con Valor Declarado declarados caducados se enajenarán pasados tres años sin que nadie los reclame.
-
Conforme al artículo 37 del Real Decreto 437/2024, de 30 de abril, los envíos de armas deberán entregarse a la Guardia Civil.
Condiciones de recogida y admisión
No es condición de recogida y admisión establecida en la Ley 43/2010 «realizar al menos una recogida en los puntos de acceso tres días a la semana alternativos incluidos los sábados» (opción incorrecta en examen). Sí son condiciones: no denegar la admisión cuando se reúnan los requisitos; asegurar la accesibilidad a personas con discapacidad; y asegurar la densidad de puntos de acceso establecida en el plan de prestación.
Régimen sancionador
Las infracciones de las normas reguladoras de los servicios postales se clasifican en muy graves, graves y leves:
| Tipo | Multa |
|---|---|
| Leves | 200 a 8.000 euros |
| Graves | 8.001 a 80.000 euros |
| Muy graves | 80.001 a 500.000 euros |
Ejemplos de infracciones:
-
Leve: la prestación de servicios postales no incluidos en el SPU sin haber presentado la preceptiva declaración responsable.
-
Grave: el incumplimiento de las instrucciones o circulares de la Comisión Nacional del Sector Postal (CNMC).
-
Muy grave: la prestación de servicios postales sin contar con la autorización administrativa singular requerida cuando comprometa gravemente el cumplimiento de las obligaciones de servicio público o la prestación del SPU.
-
Muy grave: la prestación de servicios postales sin disponer de al menos un establecimiento permanente en el territorio español.
-
Muy grave: la llevanza incorrecta de cuentas separadas de forma que no sea posible reconocer los ingresos diferenciadamente.
Cometer dos faltas leves en un plazo de seis meses no constituye infracción muy grave (opción incorrecta en examen).
Una denuncia sin base o deducida con el solo objeto de causar perjuicio podrá calificarse como infracción grave o muy grave.
La competencia de inspección y sanción en relación con el mercado postal la ejerce la Comisión Nacional del Sector Postal (actualmente la CNMC, que absorbió sus funciones). La CNMC ejerce dicha competencia de acuerdo con su normativa específica y la Ley 43/2010.
Las multas por infracciones de la afirmación incorrecta en examen es afirmar que las leves van de 200 a 8.000, las graves de 8.001 a 80.000 y las muy graves de 80.001 a 500.000 (esta distribución sí es correcta; la opción incorrecta sería cualquier otra cifra).
Régimen competencial y organismos reguladores
Distribución de competencias en materia postal
| Competencia | Órgano |
|---|---|
| Potestad reglamentaria originaria (potestad reglamentaria en materia postal) | El Gobierno |
| Ordenación normativa y ejecución de la política postal | Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible |
| Supervisión y regulación del mercado postal | CNMC |
El Gobierno tiene atribuido el ejercicio de la potestad reglamentaria en materia postal mediante reglamentos y leyes que desarrolle. Sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Comisión de la Unión Europea de acuerdo con la normativa comunitaria.
Autoridad Nacional de Reglamentación Postal
Tienen la consideración de Autoridad Nacional de Reglamentación Postal (artículo 50 de la Ley 43/2010):
-
El Gobierno (en el ejercicio de la potestad reglamentaria).
-
Los órganos superiores y directivos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (antes Ministerio de Fomento), conforme a las atribuciones que les confiere la normativa vigente.
-
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
No tiene la consideración de Autoridad Nacional de Reglamentación Postal la antigua «Comisión Nacional del Sector Postal» (era el organismo predecesor que fue absorbido por la CNMC; si una pregunta la menciona como respuesta correcta actual, es incorrecta, pues ya no existe como tal).
Funciones de la Secretaría General Técnica (Subdirección General de Régimen Postal)
La Subdirección General de Régimen Postal (o Secretaría General Técnica en materia postal) tiene entre sus funciones:
-
La elaboración de las disposiciones de carácter general en materia postal.
-
El ejercicio de la potestad de sanción en materia de su competencia.
-
La resolución de controversias, quejas y denuncias de los usuarios en el ámbito del SPU.
-
El sistema de autorizaciones.
-
La gestión del Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales.
-
La definición de políticas de desarrollo del SPU.
-
El seguimiento de políticas comunitarias y de cooperación al desarrollo en materia postal.
No es función de la Secretaría General Técnica «el ejercicio de la potestad de inspección y sanción en materia o no de su competencia» (la inspección corresponde a la CNMC, no a la SGT).
No es función de la CNMC la «determinación de la cuantía de la carga financiera justa» (sí verifica el coste neto y determina la cuantía de la carga financiera injusta). Tampoco tiene la CNMC atribuida «la resolución de controversias, quejas y denuncias de los usuarios en el ámbito del SPU» (esa función es de la SGT); ni «la propuesta de fijación de los servicios mínimos de carácter obligatorio» (función del Ministerio).
La CNMC sí tiene atribuidas:
-
Supervisión y control de todos los mercados y sectores económicos.
-
Adoptar medidas de cooperación con la Comisión Europea y otras comisiones nacionales.
-
Promover y realizar estudios e informes sobre competencia.
-
Gestionar y controlar la utilización del censo promocional.
-
Supervisar y controlar la aplicación de la normativa en materia de acceso a la red y otras infraestructuras y servicios postales.
-
Verificar la contabilidad analítica del operador designado y el coste neto del SPU.
-
Velar por el SPU y la libre competencia en el sector.
-
Elaborar un informe anual sobre el desarrollo del mercado postal que debe presentarse al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible).
-
Verificar que los precios y demás condiciones comerciales de los servicios postales cumplen los principios legales.
-
Promover los valores de la competencia y la regulación eficiente.
-
Resolver los conflictos entre el operador designado y otros operadores de servicio postal universal.
El objeto de la CNMC es garantizar, preservar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva en todos los mercados. La opción incorrecta es «corregir».
La CNMC no depende de ninguna institución: es independiente.
El órgano de la CNMC que instruye los expedientes postales es la Dirección de Transporte y del Sector Postal.
Los miembros del Consejo de la CNMC tienen un mandato de seis años. El Consejo se compone de 10 miembros: un presidente, un vicepresidente y ocho consejeros. Todos, incluidos presidente y vicepresidente, tienen la consideración de altos cargos de la Administración General del Estado.
Fondo de financiación del SPU
La CNMC velará por que las cantidades que nutren el fondo de financiación del SPU sean suficientes para subvenir a las necesidades para las que se crea.
Valoración del cumplimiento del SPU
Valorará el cumplimiento de las condiciones de prestación del SPU por parte del operador designado la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, previo informe de la Comisión Nacional del Sector Postal (posteriormente la CNMC).
Regulación del transporte e imposición de obligaciones de servicio público
La regulación del procedimiento de imposición de obligaciones de servicio público distintas del servicio universal a los operadores (art. 28 de la Ley 9/2014) se establecerá mediante real decreto.
El plazo para que pueda designarse a una o varias empresas como proveedores del servicio universal de modo que quede cubierta la totalidad del territorio es de 15 años desde la entrada en vigor de la Ley Postal.
Consejo Superior Postal
El Consejo Superior Postal es el máximo órgano de participación de las Administraciones Públicas, los usuarios, los prestadores de servicios postales, los sindicatos más representativos (a nivel estatal y autonómico) y las asociaciones filatélicas en materia postal. Fue creado por el artículo 51 de la Ley 43/2010 y sus funciones se establecen en el Real Decreto 1188/2011.
Funciones del Consejo Superior Postal (selección; atención a la incorrecta en examen):
-
Informar el proyecto de plan de prestación y el contrato regulador del SPU.
-
Informar sobre los principios, criterios y sistema de imputación de costes de la contabilidad analítica del operador designado.
-
Informar sobre cuantas cuestiones en materia de servicios postales le someta a consulta el Gobierno, el Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible o el Presidente del Consejo.
-
No tiene la función de «proponer al Consejo de Ministros cuantas medidas considere oportunas en materia de servicios postales» (esa opción es la incorrecta en examen).
El Pleno del Consejo Superior Postal se reunirá:
-
En sesión ordinaria: una vez al año.
-
En sesión extraordinaria: cuando así lo decida su Presidente o lo soliciten, al menos, la mitad más uno de sus miembros.
El Presidente del Consejo Superior Postal acordará el cese de los vocales del Consejo por: renuncia, incapacidad permanente o condena firme por delito doloso, y la falta o pérdida de concurrencia de los requisitos que determinaron su designación. No procede el cese «a solicitud de 10 vocales».
La Subdirección General de Régimen Postal provee las secretarías y el apoyo administrativo de tres consejos y comisiones: el Consejo Superior Postal, la Comisión Filatélica del Estado y el Consejo de la Orden Civil del Mérito Postal y Medalla al Mérito Filatélico. El máximo órgano de participación (de entre ellos) es el Consejo Superior Postal.
Notificaciones administrativas
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece un plazo de tres días para hacer el segundo intento de entrega de las notificaciones administrativas. Con carácter general, si una notificación administrativa no se puede entregar en el primer intento, se repetirá el intento por una sola vez y en una hora distinta, dentro de los tres días siguientes.
Para la resolución de conflictos de usuarios, según el Real Decreto 437/2024, los usuarios podrán dirigir su reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo.
Servicio de giro
El servicio de giro se realizará en todas las Oficinas de la Red Postal Pública que autorice el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal.
Tributación del operador designado
El operador designado por el Estado para la prestación del SPU debe tributar el impuesto de sociedades.
Directivas postales europeas y liberalización
| Directiva | Objetivo |
|---|---|
| Primera Directiva Postal (97/67/CE, de 15 de diciembre de 1997) | Establece que los Estados de la UE deben garantizar un servicio postal de calidad. Primera directiva que establece garantías de servicio postal. |
| Segunda Directiva Postal | Continúa la liberalización progresiva. |
| Tercera Directiva Postal Europea | Conseguir una liberalización de los servicios postales fijada para la mayoría de los Estados en el año 2011. |
Los países de la UE con orografía complicada o con tamaño o población limitada pusieron fin a los servicios postales reservados el día 31 de diciembre de 2012.
La Ley General de Telecomunicaciones actualmente vigente es la Ley 11/2022, de 28 de junio (la anterior era la Ley 9/2014, de 9 de mayo, que regula además los servicios de telegramas).
El Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales. Una afirmación correcta sobre él: la regularidad en la prestación del SPU comportará una adecuada atención al usuario, medida a través de los tiempos medios de atención ordinaria al usuario en las oficinas y locales del prestador del SPU.
Las líneas de producto definidas en el Real Decreto 1323/1990, de 26 de octubre fueron: productos básicos, productos urgentes y productos económicos.
Organismos internacionales postales
Unión Postal Universal (UPU)
La UPU es una agencia especializada intergubernamental del sistema de Naciones Unidas. Fue fundada en 1874 (establecida formalmente ese año, aunque el Congreso de Berna que aprobó el Tratado fue en 1874). La UPU cuenta con los siguientes órganos principales:
-
El Congreso.
-
El Consejo de Explotación Postal.
-
El Consejo de Operaciones Postales, compuesto por 40 Estados.
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La Oficina Internacional.
No es órgano de la UPU la «Secretaría de Tráfico Postal».
Uniones Restringidas de la UPU
Son Uniones Restringidas de la UPU:
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Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP).
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Unión Postal del Mediterráneo (PUMed o EuroMed), establecida en Roma.
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La Comisión Postal Permanente Árabe es otro organismo afín.
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PostEurop (Asociación de Operadores Postales Públicos Europeos) no es una Unión Restringida de la UPU.
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International Post Corporation (IPC) tampoco es una Unión Restringida de la UPU.
UPAEP: no son miembros la Guyana ni Puerto Rico. El artículo 234 confirma que Curazao, Sint Maarten, Haití y República Dominicana sí forman parte.
Comisión Postal Permanente Árabe: no está integrado Sudán (sí están Argelia, Marruecos y Líbano, entre otros países árabes).
International Post Corporation (IPC)
La IPC (International Post Corporation) es el principal proveedor de servicios de la industria postal mundial que brinda liderazgo impulsando la calidad del servicio, la interoperabilidad y la inteligencia empresarial crítica para respaldar a los correos en la defensa de negocios existentes y en la expansión hacia nuevas áreas de crecimiento. Su nombre completo y correcto es International Post Corporation.
El Consejo de Administración de la IPC está integrado por 11 miembros. Los miembros de la IPC manejan aproximadamente el 80 % del tráfico postal mundial.
País que no es miembro del IPC: Japón (sí pertenecen Alemania, Reino Unido, Portugal, Chipre, entre otros). Es miembro del IPC: Chipre.
Los ejes fundamentales de la IPC son:
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La medida de la calidad del servicio, especialmente en los flujos internacionales.
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La mejora de la calidad del servicio, mediante acciones de mejora, integración y benchmarking.
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La gestión de un sistema multilateral de gastos terminales (REIMS).
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La recopilación y suministro de información estratégica y comercial sobre los mercados postales.
La misión incorrecta atribuida a la IPC en examen es «la gestión de un sistema multilateral de gastos terminales (GSMGT)»: el sistema se llama REIMS, no GSMGT.
No es eje fundamental de la IPC «la recopilación y el suministro de información estratégica y comercial sobre los mercados no postales».
La OLAP es una nueva plataforma cuya puesta en funcionamiento supondrá contar con un sistema para reforzar la calidad del servicio postal de todos los operadores miembros de la IPC.
Kahala Posts Group (KPG)
El KPG está compuesto por 11 operadores postales (públicos) líderes de Europa, Asia y América: España (Correos), Francia (La Poste), Reino Unido (Royal Mail), EE.UU. (USPS), Canadá (Canada Post), Australia (Australia Post), China (China Post Group), Hong Kong (Hong Kong Post), Corea (Korea Post), Japón (Japan Post) y Tailandia (Thailand Post).
El KPG utiliza el Calculador de Garantías como herramienta propia.
PostEurop
PostEurop fue creada en 1993. Es la Asociación de operadores postales públicos europeos.
Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT)
La CEPT fue establecida en 1959. Se fundó con 19 países. Actualmente cuenta con 48 miembros.
European Parcel Group (EPG)
Para pertenecer al EPG, Correos debe: alcanzar estándares de calidad, respetar el protocolo de contestar reclamaciones en menos de 48 horas y disponer de sistemas de información eficaces. No necesita cumplir el requisito de «entregar la paquetería urgente en menos de 24 horas». El plazo para contestar reclamaciones en el marco de EPG es de 48 horas.
Naturaleza jurídica de Correos
Constitución y forma jurídica
La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. (Sociedad Mercantil Estatal) se constituyó el 29 de junio de 2001, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Correos es una sociedad mercantil que se rige por el ordenamiento jurídico privado, salvo en las materias en las que le sea de aplicación la normativa presupuestaria, contable, de control financiero y de contratación.
En cuanto a organización, Correos es una sociedad anónima con capital 100 % público. Fue constituida en 2001 con capital público 100 % y participación exclusiva del Estado.
Correos se incorporó a la SEPI (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales) en 2012. SEPI es una sociedad estatal con participación en empresas mercantiles.
Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de las entidades públicas sea superior al 50 % se consideran entidades del sector público.
Capital social
El capital social de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. es de 611.521.000 euros, dividido en 611.521 acciones ordinarias y nominativas (valor de 1.000 € cada título en el momento de su creación). La modificación de los estatutos sociales es competencia de la Junta General de accionistas.
Los estatutos sociales de Correos establecen: el capital social, el objeto social y la denominación y duración de la sociedad. No establecen «la fecha en que finalizarán sus operaciones».
El domicilio social de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. está en Madrid, en la calle Conde de Peñalver número 19.
Opera en el sector de las comunicaciones físicas, digitales y de paquetería, proponiendo soluciones globales que permitan la gestión integral de todas las necesidades de sus clientes.
Propietario del Grupo Correos
El propietario (accionista único) del Grupo Correos es el Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Órganos sociales y gobierno corporativo de Correos
Órganos sociales
Los órganos sociales de Correos son la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración. El órgano social que representa a la Sociedad en juicio y fuera de él es tanto su Presidente, como el Consejo de Administración, como la Comisión Ejecutiva (todas son correctas según los estatutos).
Junta General de Accionistas
La Junta General Ordinaria se reunirá para aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio. Las Juntas Generales deben ser convocadas mediante anuncio publicado en el BORME y en la página web de la sociedad al menos un mes antes de la fecha fijada.
Las Juntas Generales de Accionistas podrán ser ordinarias y extraordinarias (no «urgentes»; esa opción es la incorrecta en examen).
La Junta General procederá al nombramiento de los miembros del Consejo de Administración, calificándolos como: consejero externo independiente, consejero externo dominical y consejero ejecutivo. La opción incorrecta es «consejero delegado» (no existe esa categoría en los estatutos como calificación de tipo de consejero).
Consejo de Administración
El Consejo de Administración estará integrado por entre 12 y 15 miembros.
El Consejo elegirá de su seno un Presidente. En defecto del Presidente, hará sus veces el Vicepresidente.
El Presidente del Consejo de Administración es asimismo el Presidente Ejecutivo de Correos y de todos sus órganos de gobierno y administración, responsable de las funciones de dirección, gestión, administración y representación de dichos órganos.
El Consejo de Administración está obligado a formular las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión en un plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social.
Cuando exista obligación legal de auditar, los auditores dispondrán desde la entrega de las cuentas firmadas de un plazo mínimo de un mes para presentar su informe. Los auditores serán contratados por un período de tiempo que no podrá ser superior a lo previsto en la normativa (sin fecha exacta en las preguntas; los auditores de cuentas tienen contratación máxima de 10 años según normativa general).
El Consejo no podrá delegar en: su propia organización y funcionamiento; la supervisión del efectivo funcionamiento de las comisiones constituidas; ni la determinación de las políticas y estrategias generales de la sociedad (todas son indelegables; la respuesta correcta es que ninguna de esas opciones es delegable).
Comisión de Control
Funciones de la Comisión de Control:
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Aprobar la memoria anual elaborada por el Área de Prevención.
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Aplicar la política de Correos en materia de PBC (prevención de blanqueo de capitales).
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Supervisar los documentos elaborados por las distintas direcciones de Correos.
No es función de la Comisión de Control «elaborar una relación de los documentos e informes que hayan sido remitidos a la junta de Gobierno».
Tras un procedimiento investigador relacionado con una denuncia, el Comité de Cumplimiento deberá someter a ratificación del Consejo de Administración su decisión cuando: los hechos sean de especial trascendencia, sea preciso por razón del cargo de la persona infractora, o por la posible repercusión en la organización o reputación de la Sociedad (todas las situaciones enumeradas son correctas).
El cargo de Presidente de la Comisión de Control de Correos recaerá en un representante de la Dirección de Operaciones.
Secretaría General y del Consejo de Administración
La Secretaría General y del Consejo de Administración ejerce de apoyo y asistencia inmediata al Presidente, mantiene las relaciones institucionales y actúa como órgano de coordinación general del centro directivo (sede central) y la estructura territorial.
Derechos de los accionistas
Los accionistas tienen los siguientes derechos mínimos:
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Participar en el reparto de las ganancias sociales y en el patrimonio resultante de la liquidación.
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Suscripción preferente en la emisión de nuevas acciones o de obligaciones convertibles en acciones.
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Asistir y votar en las Juntas Generales e impugnar los acuerdos sociales.
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Derecho de información.
La opción incorrecta en examen es «asistir, pero no votar, en las Juntas Generales e impugnar los acuerdos sociales» (los accionistas tienen derecho a asistir y votar, no solo asistir).
La Sociedad Estatal Correos podrá rescatar las obligaciones emitidas: por amortización o por pago anticipado; como consecuencia de convenios con el Sindicato de Obligacionistas; y por adquisición en Bolsa para amortizarlas (las tres opciones son correctas; la incorrecta en examen es «todas las respuestas son incorrectas»).
La disolución de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. podrá acordarse por la Junta General.
Estructura organizativa del Grupo Correos
Composición del Grupo Correos
El Grupo Correos está compuesto por Correos (matriz) y las filiales:
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Correos Express (también conocida como CEX): paquetería exprés; cartera de servicios de paquetería urgente y soluciones logísticas para toda la cadena de valor. Amplió su oferta con nuevos acuerdos con la Fundación Dental Española (FDE), la Federación Española de Asociaciones de Ópticas (FEDAO) y el Consejo General Colegial de Ópticos-Optometristas (CGCOO) (todas correctas).
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Nexea: compañía especializada en la gestión integral de las comunicaciones masivas de las empresas; oferta incluye consultoría y diseño de documentos físicos y electrónicos, composición, impresión, ensobrado automático, manipulación y clasificación de envíos masivos, mantenimiento de bases de datos, digitalización y grabación, automatización y gestión de devoluciones, almacenamiento y custodia digital. Soluciones multicanales: consultoría documental, depósito y distribución, integración en entornos digitales, trazabilidad y precio. Certificados ISO con los que cuenta Nexea: ISO 9001, 27001 y 14001.
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Correos Telecom: realiza labores de asesoramiento y apoyo técnico a la Dirección de Tecnología de la compañía matriz; gestiona las redes de telecomunicaciones de voz, datos y télex; colaboró en proyectos como la puesta en marcha del nuevo centro de proceso de datos principal y la utilización de la red móvil 3,5G como backup alternativo a la red de comunicaciones por cable.
No pertenece al Grupo Correos: Comandia (opción incorrecta en examen).
Los consejeros de las filiales del Grupo, cuyo cargo no es retribuido, son elegidos de entre los miembros del equipo directivo de Correos y del Grupo SEPI.
Los órganos sociales de las empresas filiales son la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración. La afirmación incorrecta sobre la estructura es que el número mínimo y máximo de miembros de los Consejos de las filiales sea «de 6 a 12 en Correos Express, de 4 a 8 en Correos Nexea y de 4 a 12 en Correos Telecom» (estos números no son exactos según las preguntas).
Áreas funcionales
Las Áreas Funcionales de Correos son: Red, Logística y Corporativa y de apoyo. La opción «Administrativa» no es un área funcional.
Las direcciones zonales de Correos son siete. El Área Este corresponde a: Alicante, Castellón, Valencia, Murcia e Islas Baleares.
En la estructura organizativa de una dirección territorial de Correos, existe un área encargada de la gestión de oficinas: la Red de Oficinas.
Canales de acceso de los clientes
Los canales a través de los cuales los clientes de Correos pueden acceder a la forma de comunicación elegida son: Telecomunicaciones, Puntos de atención al cliente y Logística y distribución. La opción incorrecta es «Centros de tratamiento».
Relaciones comerciales
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B2B (Business to Business): servicios de empresa a empresa.
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Correos.es: la web comercial de Correos que presenta los servicios que ofrece, diferenciando entre particulares y empresas.
Nexo
Nexo es la plataforma digital de Correos (opción B en la pregunta 117; convendrá verificar el contexto exacto de su descripción, ya que la pregunta apunta a que Nexo es la respuesta correcta dentro del contexto de la plataforma digital).
Servicios de e-commerce e internacionalización
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El servicio de Cross-border ecommerce del catálogo de soluciones de Correos permite a los clientes expandir sus negocios en mercados internacionales dinámicos como el chino.
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Acuerdo con AliExpress: la afirmación incorrecta es que «su único objetivo está enfocado en abordar los flujos de paquetería entre China y España» (el acuerdo va más allá; también incluye la capilaridad de la red de oficinas para expositores físicos y mejora de experiencia de compra y tiempos de entrega).
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Acuerdo con Tmall Global: Correos se encargará de publicar y posicionar los productos en el mercado chino, y de asesorar sobre posicionamientos. No se encargará de «organizar bases de datos de clientes».
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Correos tiene acuerdos estratégicos con Amazon, Alibaba e Ikea para la promoción de las pymes. La opción incorrecta en examen es «Global».
Correos comenzó a operar en el sudeste asiático con la apertura de un centro de clasificación en China y creó la filial Correos Express Portugal para operar en el mercado ibérico. La afirmación incorrecta sobre la internacionalización es que «a mediados de 2017 abrió sus primeras oficinas fuera de España, dos en Londres y una en Ámsterdam».
Oficinas postales
Correos cuenta actualmente con aproximadamente 2.400 Oficinas Postales.
Plan Director 2019 y estrategia del Grupo
El Plan Director de 2019 persigue, a través de sus siete líneas de actuación, posicionar al Grupo Correos como operador de referencia en el mercado de la paquetería.
Las siete líneas de actuación estratégicas del Plan Director 2019 son: internacionalización, redefinición del modelo logístico, implantación de un modelo de flota eficiente, mejora de la eficiencia, diversificación de la cartera de productos y servicios, estabilización del empleo y mejora de la capacitación de las personas, y potenciación del servicio público prestado por Correos.
El Plan de Acción 100-300-1500 es el último Plan de Acción puesto en marcha por el Grupo Correos, cuyas directrices se plasmaron a partir de 2012. Incluye una serie de proyectos para la transformación de la organización.
La actividad del Grupo Correos tiene impacto en tres ámbitos: económico, social y medioambiental.
El compromiso del Grupo Correos con la Excelencia y la Sostenibilidad se expresa en la Política de Excelencia y Sostenibilidad del Grupo Correos, suscrita por el Presidente.
Una Startup es un proyecto empresarial emergente con un gran potencial de crecimiento. La ambición estratégica de una empresa contempla: lo que esa empresa quiere ser en el futuro, un análisis de aspectos internos y externos, y una serie de acciones y planes para la transformación de la compañía (todas las opciones son correctas).
Gestión ambiental y calidad
En 2016, Correos realizó la transición y adaptación de su sistema de gestión medioambiental a los requisitos establecidos por la nueva versión de la norma UNE-EN ISO 14001.
Normas UNE de referencia en servicios postales
| Norma | Contenido |
|---|---|
| UNE-EN 13850 | Calidad del servicio y medición del plazo de entrega (calidad en plazo), extremo a extremo, para envíos individuales de correo prioritario y de primera clase. |
| UNE-EN 14012 | Norma de medida de reclamaciones y procedimientos de resolución. |
| UNE-ISO 10002 | Gestión de la calidad, satisfacción del cliente y directrices para el tratamiento de las quejas en las organizaciones. |
| UNE-EN ISO 9001 | Sistemas de gestión de la calidad (requisitos generales). |
Servicio de giro y productos financieros
En la línea de servicios financieros de Correos son productos el Giro instantáneo, el Giro nacional y el Giro internacional. La afirmación incorrecta es que en la línea de servicios financieros encontramos el «Giro instantáneo, Giro nacional, y Giro internacional» (esta sí es correcta); la incorrecta de las opciones del examen era otra afirmación sobre líneas de producto.
La línea Correos Directo se compone de productos como el Publibuzón o Publicorreo Óptimo. La paquetería incluye el Paquete Azul, el Paq Estándar y el Paq Premium.
En la línea de servicios adicionales son productos, entre otros, el Reenvío o el Buzón de Vacaciones.
Correos Express oferta para clientes (en el fragmento del convenio): Paq 10, Paq 14 y Paq 24 / Paq Empresa14 / ePaq24.
Convenio Colectivo y recursos humanos
El III Convenio Colectivo de Correos y el Acuerdo General 2009-2013 aprobaron el actual Plan de Igualdad de Correos.
La resolución que aprueba el III Convenio Colectivo de Correos es la Resolución de 10 de junio de 2011.
El III Convenio Colectivo indica que el número máximo de horas extraordinarias que puede realizar un trabajador en un año es de 80 horas.
Un Plan de Igualdad (art. 27 del III Convenio Colectivo) se define como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo. (La definición correcta del convenio no añade explícitamente «acoso sexual» y «desigualdad salarial» en la definición del convenio, frente a la Ley Orgánica de Igualdad.)
El protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo se negocia con las Administraciones Públicas por la representación legal de los trabajadores.
Los principios rectores de la LO 1/2004 en el ámbito jurídico regulan que «se fortalecerá el marco penal y procesal vigente para asegurar una protección integral, desde las instancias jurisdiccionales, a las víctimas de violencia de género».
Los trabajadores/as de Correos no podrán acogerse al tipo de excedencia «por designación del superior jerárquico» (opción incorrecta). Sí pueden acogerse a excedencia: por interés particular, por prestación de servicios en el sector público y forzosa.
Tareas del personal por puesto
Puesto de atención al cliente (Operativos):
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Vender productos y servicios de Correos.
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Transmitir los servicios telegráficos y de telecomunicación.
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Clasificar y encaminar los productos y servicios admitidos durante la jornada laboral.
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Efectuar la clasificación y encaminamiento inherentes al puesto.
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No realizan operaciones de carga y descarga.
Puesto de reparto (Operativos):
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Realizar la clasificación manual y/o automática.
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Conservación básica de los medios técnicos y materiales (salvo conocimientos específicos).
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El personal de reparto en oficinas y enlaces rurales admite productos postales, telegráficos, financieros y parapostales.
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No les corresponde admitir y tramitar quejas y reclamaciones de clientes.
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No les corresponde operaciones de carga y descarga.
Convocatorias de Reajuste Local
Las convocatorias de Reajuste Local se celebrarán de modo descentralizado de acuerdo con criterios como: podrán tener ámbito zonal o provincial; se realizarán dos procesos por año natural en cada ámbito; y determinarán el centro de trabajo y el turno dentro de la misma ocupación (todas son correctas).
Cómputo de jornada de empleados/as rurales
Con respecto al cómputo de la jornada de los empleados/as rurales, el supuesto no incluido en el III Convenio es: «se tendrán en cuenta sólo las horas de trabajo en cada localidad, no el tiempo invertido en el recorrido a realizar entre localidades» (opción incorrecta).
Dirección de Personas y Relaciones Laborales
La Dirección de Personas y Relaciones Laborales es responsable de la Formación de los trabajadores. Contiene la Subdirección de Gestión, Organización y Desarrollo.
Formación en 2019
En 2019, Correos puso a disposición de sus empleados ámbitos didácticos especializados como: la Escuela de Productos, el programa de acompañamiento en oficinas (logística y distribución) y el proyecto de autoaprendizaje «Soy digital». La opción incorrecta en examen es «la Escuela de compras».
Según la Memoria de 2018, más de 120.000 empleados participaron en las acciones formativas de Correos.
Historia e imagen corporativa
El primer servicio telefónico público en España se inauguró en 1884.
La Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones (CEPT) fue establecida en 1959.
La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. se constituyó el 29 de junio de 2001.
Correos se incorporó a la SEPI en 2012.
Los últimos cambios estéticos en la imagen corporativa de Correos se realizaron en 2019.
La revista para empleados, antes llamada «Abrecartas», pasó a llamarse Conectados tras una consulta al personal.
Derechos de los usuarios
Los usuarios de los servicios postales tienen los siguientes derechos: a la identificación del operador, a la información y a la presentación de reclamaciones y denuncias (todas son correctas).
La Constitución Española, en su artículo 51, establece que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios mediante procedimientos eficaces.
El tratamiento de los datos de los menores de catorce años fundado en el consentimiento solo será lícito si consta el del titular de la patria potestad o tutela.
Garantías del operador designado
La Ley Postal concede a Correos una serie de garantías para asegurar la prestación del SPU, entre las que están:
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La ocupación del dominio público para la instalación de buzones, previa autorización del órgano competente.
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El derecho a la utilización exclusiva de la denominación «Correos», del término «España», del emblema de la cornamusa con la corona de España o cualquier otro signo identificativo.
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La distribución de los sellos de Correos u otros medios de franqueo, pudiendo realizarse la venta al por menor a través de la red postal o a través de terceros.
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La cesión de espacios por las entidades que gestionan la red de ferrocarriles, puertos y aeropuertos.
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La condición de beneficiario en el procedimiento de expropiación forzosa por causa de utilidad pública.
La garantía que no figura en la ley es «la entrega en las direcciones indicadas en los envíos, con las salvedades que se establezcan reglamentariamente» (esa es una obligación del SPU, no una garantía concedida al operador).
No se garantiza a Correos la cesión de la red de carreteras (sí ferrocarriles, puertos y aeropuertos).
La distribución de sellos: la venta se puede realizar al por menor a través de la red postal o a través de terceros (la incorrecta en examen es «venta al por mayor»).
Seguridad en oficinas de Correos
Si se produce un atraco o robo en una oficina, una vez hayan salido los atracadores, los trabajadores deben ponerse en contacto con el Centro Operativo de Seguridad (COS).
La persona de máxima responsabilidad en la emergencia es el Jefe de Emergencia.
Ley Orgánica y normativa complementaria
Los servicios de telegramas se regulan por la Ley General de Telecomunicaciones. La vigente es la Ley 11/2022, de 28 de junio (antes era la Ley 9/2014, de 9 de mayo, que fue la que originalmente reguló el sector durante los años objeto de la mayoría de las preguntas).
La Ley Orgánica de Igualdad que regula los planes de igualdad en empresas es la Ley Orgánica 3/2007.
Factores y evolución del sector postal
Los factores principales que explican el comportamiento del sector postal tradicional en los últimos años son: la crisis económica, los patrones de consumo y la sustitución electrónica.
En el segmento SPT (Small Parcels and Tracked items), según el informe anual de la CNMC de 2019, las tres notas definitorias son: pequeño tamaño, peso reducido y un solo intento de entrega.
Bloque 3
Marco Normativo Postal y Naturaleza Jurídica de Correos
1. La Ley 43/2010: Norma Fundamental del Sector Postal
1.1 Identificación y fecha de entrada en vigor
La Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal es la principal norma que regula los servicios postales en España. Entró en vigor el 1 de enero de 2011 (no el 30 de diciembre de 2010, fecha de su publicación en el BOE).
Su finalidad fue doble: incorporar al ordenamiento interno la Directiva postal 2008/6/CE y proporcionar un nuevo marco legal que garantizase los derechos de los ciudadanos a recibir un servicio postal universal de amplia cobertura territorial, elevada calidad y eficiencia, reforzando al mismo tiempo la sostenibilidad financiera del servicio encomendado a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.
Junto con la Ley 43/2010, la otra norma fundamental que regula la actividad de Correos en el mercado postal es el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales. Dicho Reglamento sigue en vigor en todo aquello que no contradiga o resulte incompatible con la nueva Ley Postal.
1.2 Ámbito de aplicación: artículo 1
El artículo 1.3 de la Ley 43/2010 establece que se regirán por sus disposiciones:
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Los servicios de recogida, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de envíos postales.
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Los servicios de giro mediante los cuales se ordenan pagos a personas físicas o jurídicas por cuenta y encargo de otras, a través de la red postal pública.
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Cualesquiera otros servicios que tengan o pudieran tener naturaleza postal, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea y de la Unión Postal Universal.
Los servicios postales son servicios de interés económico general que se prestan en régimen de libre competencia.
1.3 Definiciones clave (artículo 3)
Servicios postales: cualesquiera servicios consistentes en la recogida, la admisión, la clasificación, el transporte, la distribución y la entrega de envíos postales. (La admisión forma parte integral de la definición; no puede omitirse.)
Envío postal: todo objeto destinado a ser expedido a la dirección indicada por el remitente sobre el objeto mismo o sobre su envoltorio, una vez presentado en la forma definitiva en la cual debe ser recogido, transportado y entregado. Además de los envíos de correspondencia, incluye la publicidad directa, los libros, catálogos, diarios, publicaciones periódicas y los paquetes postales que contengan mercancías con o sin valor comercial, cualquiera que sea su peso.
Envío de correspondencia: la comunicación materializada en forma escrita sobre un soporte físico de cualquier naturaleza, que se transportará y entregará en la dirección indicada por el remitente sobre el propio envío o sobre su envoltorio. La publicidad directa, los libros, catálogos, diarios y publicaciones periódicas NO tendrán la consideración de envíos de correspondencia.
Correo transfronterizo: correo con origen o destino en otro Estado miembro de la Unión Europea o un país tercero (no exclusivamente países de la UE).
Requisitos esenciales: motivos de interés general y de carácter no económico que sirven como fundamento para la determinación de las condiciones de prestación de los servicios postales.
Régimen de autoprestación: la prestación de los servicios postales que se efectúa directamente por el propio remitente de los envíos, comprendiendo la totalidad del proceso postal (recogida, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega).
1.4 El Título II: derechos de los usuarios
El Título II de la Ley 43/2010 se ocupa de los derechos de los usuarios, delimitando con precisión suficiente su posición jurídica para garantizar la mejor transparencia del mercado postal y el logro del nivel de calidad requerido.
Entre los derechos que reconoce esta Ley a los usuarios se encuentran:
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El derecho de denuncia.
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El derecho a la prueba de depósito y entrega de los envíos certificados.
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El derecho a la protección de los envíos no entregados.
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El derecho a la información sobre los servicios postales.
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El derecho a la reclamación de los servicios postales.
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La posibilidad de someter las controversias con los operadores a las juntas arbitrales de consumo.
Atención: la Ley 43/2010 no incluye entre los derechos de los usuarios la presentación de escritos a las Administraciones Públicas (ese papel lo cumple la Ley 39/2015). Tampoco son derechos reconocidos por la Ley Postal la presentación de escritos a administraciones privadas.
El plazo máximo para resolver reclamaciones es un mes desde la fecha de su presentación (art. 10.2).
El Título II de los Estatutos Sociales de Correos no coincide con el Título II de la Ley 43/2010.
1.5 El Título III de la Ley 43/2010: el SPU
El Título III encomienda el Servicio Postal Universal en régimen de obligaciones de servicio público. Su Capítulo II establece los principios de equidad, no discriminación y continuidad como rectores de la prestación del servicio postal universal.
2. El Servicio Postal Universal (SPU)
2.1 Definición
El Servicio Postal Universal (SPU) se define como el conjunto de servicios postales cuya prestación garantiza el Estado de forma permanente en todo el territorio nacional y con un precio asequible.
Todos los usuarios, remitentes o destinatarios, tienen derecho a un SPU de calidad a precios asequibles.
2.2 Actividades incluidas
El SPU comprende las actividades de recogida, admisión, clasificación, transporte, distribución y entrega de envíos postales. No son únicamente recogida, admisión, distribución y entrega (la clasificación y el transporte son imprescindibles en la definición).
Servicios incluidos:
| Tipo de envío | Límite de peso |
|---|---|
| Cartas y tarjetas postales | Hasta 2 kg |
| Paquetes postales | Hasta 20 kg |
| Envíos certificados y con valor declarado | Incluidos para cartas, paquete azul y paquete internacional económico |
El servicio de giro postal es un servicio complementario del SPU, no un servicio directamente incluido en él. La afirmación de que forma parte del SPU es incorrecta.
Los servicios de Telegrama y Burofax NO están incluidos en el SPU.
2.3 Ejemplos de inclusión y exclusión en el SPU
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Incluido: paquete postal internacional económico de 20 kg.
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Incluido: carta certificada de 400 g.
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No incluido: Paq Estándar de 25 kg (supera el límite de 20 kg).
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No admisible: carta certificada de 2,2 kg (supera el límite de 2 kg para cartas).
-
No admisible: carta urgente nacional de 500 g como tal (la Ley Postal no contempla esa denominación con esos parámetros).
2.4 Principios rectores de la prestación del SPU
La prestación del SPU y las relaciones de los usuarios con el operador designado se regirán por los principios de:
Equidad, no discriminación, continuidad, buena fe y adaptación a las necesidades de los usuarios.
(La transparencia, el desarrollo o la personalización no forman parte de esta enumeración legal.)
2.5 Precios de los servicios postales
Los precios y condiciones tarifarias de los servicios postales prestados bajo régimen de obligaciones de servicio público se fijarán teniendo en cuenta los costes reales del servicio (no únicamente el coste de vida ni el del personal y material).
La Ley Postal exige que los precios aplicados a los envíos del SPU sean asequibles, transparentes y no discriminatorios, además de basarse en los costes.
Cuando se apliquen tarifas especiales a empresas remitentes de envíos masivos, Correos deberá respetar los principios de transparencia y no discriminación, teniendo en cuenta los costes evitados.
Están exentos del pago del precio los envíos de cecogramas y los envíos a los que la UPU confiera tal derecho.
Los medios de franqueo aceptados en la red postal se establecen a través de la Ley 43/2010.
La revisión y actualización de los plazos medios de expedición puede realizarse mediante Orden del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (no por resolución de la CNMC ni por Real Decreto).
La cuantía mínima y máxima de la indemnización por pérdida, robo, destrucción o deterioro de los envíos certificados será fijada por orden del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible.
2.6 Obligaciones del operador designado
El operador designado (Correos) deberá:
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No denegar la admisión de los envíos cuando estos reúnan los requisitos reglamentarios y se satisfaga el precio correspondiente.
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Realizar, al menos, una recogida en los puntos de acceso a la red postal todos los días laborables, de lunes a viernes, con independencia de la densidad de población e incluso en zonas rurales.
-
Garantías al operador designado (todo es correcto simultáneamente):
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La condición de beneficiario en el procedimiento de expropiación forzosa por causa de utilidad pública.
-
La ocupación del dominio público para el establecimiento de la red postal, mediante la instalación de buzones, previa autorización del órgano competente.
-
El derecho a la utilización exclusiva de la denominación "Correos", el término "España" y el emblema consistente en una cornamusa con la corona de España.
2.7 Designación de Correos como operador del SPU
La disposición adicional primera de la Ley 43/2010 establece que la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. es el operador designado para prestar el SPU en España desde el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2025.
La duración de la encomienda es de 15 años a partir de la entrada en vigor de la Ley. El contrato regulador del SPU se suscribe por periodos de 15 años.
Correos es el operador designado para prestar el servicio postal universal en todo el territorio (incluidas las islas y las ciudades autónomas), con criterios de calidad, asequibilidad, accesibilidad y regularidad (todos son correctos conjuntamente).
2.8 Circuito general de la correspondencia
Según el Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, el circuito general de la correspondencia comprende seis operaciones básicas.
Las fases del servicio postal son:
| Fase | Descripción |
|---|---|
| Recogida | Retirada de los envíos de los puntos de acceso (buzones, oficinas...) |
| Admisión | Recepción por parte del operador del envío confiado por el remitente para la realización del proceso postal integral |
| Clasificación | Conjunto de operaciones que facilitan la ordenación de los envíos según el criterio de operatividad postal |
| Transporte | Traslado de envíos postales por cualquier tipo de medio hasta su punto de distribución final |
| Distribución | Reparto en la zona de entrega |
| Entrega | Puesta a disposición del destinatario |
Desde 2010 no es necesario cumplimentar ningún impreso de acta en papel ni imprimir los generados por herramientas informáticas.
2.9 Envíos prohibidos y condiciones especiales
Se considerarán objetos prohibidos como envíos postales aquellos cuya circulación no se permita por motivos de seguridad, sanidad pública o utilidad general. La protección del medio ambiente no es uno de los motivos expresamente recogidos para prohibición.
En todo caso están prohibidos: los objetos cuya admisión o circulación esté prohibida en el país al que van destinados.
Están prohibidas las materias explosivas, inflamables y otras peligrosas, salvo:
-
Las radiactivas depositadas por expedidores debidamente autorizados.
-
Las biológicas perecederas intercambiadas entre laboratorios oficialmente reconocidos.
(No se excluyen las instituciones públicas de manera genérica; la excepción se refiere a las condiciones del envío, no a la naturaleza del remitente.)
No podrán constituir paquetes postales los lotes o agrupaciones de cartas o cualquier otra clase de correspondencia actual o personal.
Se consideran paquetes postales los envíos que contengan cualquier objeto, producto o materia, con o sin valor comercial, cuya circulación no esté prohibida, y todo envío que contenga publicidad directa, libros, catálogos o publicaciones periódicas que cumpla los requisitos reglamentarios.
2.10 Puntos de acceso a la red postal
Son puntos de acceso a la red postal los buzones de Correos, las unidades de admisión masiva y las estafetas de Correos. No lo es el Centro de Tratamiento Automatizado (que es un punto de proceso interno, no de acceso para los usuarios).
2.11 Entrega de envíos
Los envíos ordinarios podrán encargarse a los porteros de los edificios siempre que no medie oposición expresa de los destinatarios.
De no constar la dirección del remitente se entenderá por origen del envío el lugar de residencia del remitente o su domicilio social, según el caso.
Orden de prioridad para la entrega de envíos ordinarios cuando sea necesario priorizar:
-
IPC
-
Carta básica con fecha
-
Paq ligero y light
-
Carta básica sin fecha (sea o no masiva)
-
Impresos con compromiso de entrega
-
Resto de impresos
2.12 Entornos especiales
Son entornos especiales a efectos de entrega:
-
Centros comerciales.
-
Bloques de pisos de nueva construcción en los que aún viva poca gente.
-
Viviendas unifamiliares con un único número de policía y sin identificación oficial individualizada.
No se consideran entorno especial las viviendas aisladas que se encuentren a 200 metros de la vía pública habitualmente utilizada por los servicios públicos.
3. Clasificación de los Servicios Postales
3.1 Según el Reglamento de Prestación de los Servicios Postales (RD 1829/1999)
Los servicios postales se clasifican según sus prestaciones en:
-
Ordinarios
-
Rápidos
-
Especiales
Los servicios especiales contemplan prestaciones de naturaleza específica, como los servicios de contra reembolso, donde la entrega al destinatario se efectúa previo abono del importe reembolsable.
También pueden clasificarse los servicios postales de acuerdo con las garantías que se otorgan al envío (criterio de clasificación reconocido en la normativa).
3.2 Servicios adicionales del SPU
El SPU incluirá, tanto para las cartas y tarjetas postales como para los paquetes postales, los servicios de certificado y valor declarado.
3.3 Publicidad directa con dirección (modalidad no convencional)
Para la prestación del servicio de envíos de publicidad directa con dirección bajo modalidad distinta de carta, tarjeta o paquete postal, es requisito presentar una declaración responsable ante la Subdirección General de Régimen Postal del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana (no se requiere autorización administrativa singular de la CNMC).
La publicidad directa, para que se considere como tal según el Reglamento de Prestación de los Servicios Postales, debe remitirse a más de 500 destinatarios como mínimo.
4. Plazos de Calidad del SPU
4.1 Plazos nacionales para cartas y tarjetas postales
| Porcentaje de envíos | Plazo |
|---|---|
| 93 % | D + 3 (objetivo principal) |
| 99 % | D + 5 |
El objetivo legal de calidad del Correo Nacional para cartas y tarjetas postales es un plazo de D + 3, que deberá cumplirse para el 93 por 100 de los envíos.
La norma de regularidad exige: D + 3 en el 93 % como mínimo y D + 5 en el 99 % como mínimo.
4.2 Plazos nacionales para otros envíos (RD 1829/1999)
| Tipo de envío | Plazo | % envíos |
|---|---|---|
| Paquetes postales hasta 10 kg | D + 3 | 80 % |
| Giros postales | D + 3 | 95 % / D + 5 99 % |
Ojo: el plazo del 80 % en D + 3 corresponde a paquetes postales de hasta 10 kg, no de 20 kg. La opción "80 % de los paquetes postales hasta 20 kg en D + 3" es incorrecta.
El plazo de calidad del 95 % de envíos en D + 3 está fijado para el giro postal.
4.3 Medición de la calidad: SPEX
Entre los métodos utilizados por Correos para la medición de la calidad, el que utiliza la fórmula D + n es el método SPEX.
Los plazos medios de expedición y las normas de seguridad en el ámbito nacional se establecen en el RD 1829/1999 de 3 de diciembre.
4.4 Calidad EPG de distribución y entrega en España
Cada país publica estándares en zonas geográficas y códigos postales. Para España:
-
D + 1: Principales ciudades peninsulares.
-
D + 2: Resto de la Península, Ceuta, Melilla y Palma de Mallorca.
-
D + 4: Resto de islas Canarias.
(La opción D + 3 para Ceuta, Melilla y Palma de Mallorca es incorrecta; la correcta es D + 2.)
5. Infracciones y Sanciones en el Sector Postal
5.1 Prescripción de infracciones
| Gravedad | Plazo de prescripción |
|---|---|
| Infracciones muy graves | Tres años |
| Infracciones graves | Dos años |
| Infracciones leves | (plazo inferior) |
El plazo de prescripción comenzará a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido.
5.2 Cuantía de las sanciones
| Tipo de infracción | Multa |
|---|---|
| Muy graves | De 80.001 a 400.000 euros |
| Graves | De 8.001 a 80.000 euros |
| Leves | De 200 a 8.000 euros |
5.3 Criterios de graduación de sanciones
Son criterios para graduar las sanciones:
-
La importancia del daño causado y su repercusión social o económica.
-
La intencionalidad en la comisión de las infracciones.
-
La cuantía del beneficio ilícitamente obtenido.
No es criterio de graduación la reiteración en la comisión de infracciones en un periodo inferior a un año (ese criterio puede ser agravante, pero no aparece en el listado de criterios de graduación de la Ley 43/2010).
5.4 Incumplimiento del deber de fidelidad en la custodia de envíos
Se considerará incumplimiento del deber de fidelidad en la custodia y gestión de los envíos postales:
-
La detención contraria a derecho.
-
El intencionado curso anormal.
-
La sustracción.
No toda retención constituye incumplimiento (hay retenciones legítimas, como por resolución judicial).
5.5 Multas adicionales de la CNMC
La CNMC, independientemente de las multas sancionadoras, podrá imponer también multas coercitivas (no simples, pecuniarias ordinarias ni "de tráfico de correspondencia").
6. Secreto e Inviolabilidad de las Comunicaciones Postales
Los operadores postales, en el ejercicio de sus actividades, garantizarán:
-
El secreto e inviolabilidad de las comunicaciones postales, salvo resolución judicial.
-
El respeto al honor, la intimidad personal y familiar de los usuarios.
-
La igualdad de trato a los usuarios de los servicios postales.
La detención arbitraria de un envío afecta a la inviolabilidad (no al secreto ni a la propiedad del envío).
La apertura de un envío (leyendo el contenido) afectaría al secreto.
7. Órganos de Regulación Postal y sus Competencias
7.1 La Autoridad Nacional de Reglamentación Postal
Según el art. 50 de la Ley 43/2010 (referenciada como art. 50 en preguntas relativas a la denominación "Autoridad Nacional"), tendrán la consideración de Autoridad Nacional de Reglamentación Postal:
-
El Gobierno (en el ejercicio de la potestad reglamentaria).
-
Los órganos superiores y directivos del Ministerio de Fomento (denominación vigente en el texto original de la ley; actualmente Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible).
-
La Comisión Nacional del Sector Postal (actualmente sustituida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC).
No tiene la consideración de Autoridad Nacional de Reglamentación Postal el Consejo de Ministros (como órgano específico diferenciado del Gobierno como institución), ni el Ministerio de Fomento como denominación actual, ni la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
7.2 La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
La CNMC es el organismo regulador del sector postal. Comenzó a regular y controlar el sector postal en 2013, cuando sustituyó a la extinta Comisión Nacional del Sector Postal.
Tiene capacidad pública y privada (no únicamente pública ni únicamente privada).
Su órgano colegiado de decisión es el Consejo de la CNMC. Actúa en pleno o en salas.
La naturaleza y régimen jurídico de la CNMC se recoge en el Capítulo I de la Ley 3/2013, de 4 de junio.
El capítulo III del Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto regula el personal al servicio de la CNMC, distinguiendo entre personal funcionario y laboral.
La CNMC supervisará y controlará el correcto funcionamiento del mercado postal de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 3/2013, de 4 de junio.
Funciones de la CNMC en materia postal (selección):
-
Supervisar y controlar la aplicación de la normativa vigente en materia de acceso a la red y a otras infraestructuras y servicios postales.
-
Realizar el control y medición de las condiciones de prestación del SPU.
-
Gestionar y controlar la utilización del censo promocional.
-
Verificar anualmente el coste neto de las obligaciones de servicio público del SPU impuestas al operador designado.
Atención: las circulares que dicte la CNMC para las entidades del sector postal son vinculantes, pero no desde la firma, sino desde su publicación en el BOE (la opción "vinculantes desde la firma" es incorrecta).
Segmentación del mercado postal por la CNMC:
La CNMC segmenta el mercado postal en España en dos sectores:
-
Sector Postal Tradicional
-
Sector de Paqueterías y Mensajería (CEP: Courier, Express and Parcel)
En el segmento CEP, la CNMC clasifica como operadores públicos a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A., S.M.E. y a Correos Express, S.A. (ambas, no solo una de ellas).
7.3 La Subdirección General de Régimen Postal
Sus funciones se establecen en:
-
La Ley 43/2010, de 30 de diciembre.
-
La Ley 3/2013, de 4 de junio.
-
El Real Decreto 121/2015, de 27 de febrero.
(Las tres normas son aplicables simultáneamente.)
Funciones características de la Subdirección General de Régimen Postal:
-
El ejercicio de la potestad de inspección y sanción en materia de su competencia.
-
El seguimiento e información sobre las políticas comunitarias y las de cooperación al desarrollo en materia postal.
-
La información a los usuarios de las condiciones de prestación de los operadores postales.
-
La resolución de las controversias, quejas y denuncias de los usuarios en el ámbito del SPU.
No le corresponde velar por un correcto funcionamiento de los mercados y la libre concurrencia (esa función es de la CNMC).
7.4 El Consejo Superior Postal
Es el órgano de participación creado por la Ley 43/2010 que sustituye al Consejo Asesor Postal. Le están atribuidas las funciones consultivas del Gobierno en materia postal.
Composición: Un Presidente, dos Vicepresidentes, un número de vocales que no exceda de veintiocho y el Secretario.
El Pleno del Consejo se reunirá para ser informado sobre la evolución del sector postal español y sobre la prestación del SPU una vez al año.
7.5 Tasas por autorizaciones administrativas singulares
La cuota por la concesión de una autorización administrativa singular será de 1.500 euros (no 500, no 1.000, no 2.000). Debe efectuarse previamente a la concesión de la autorización.
Los interesados en obtener una autorización administrativa singular deben remitir la documentación exigida al Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible. Transcurrido el plazo de 3 meses sin que se hubiera dictado y notificado resolución expresa, podrá entenderse estimada la solicitud.
El plazo máximo para que se dicte y notifique resolución a una petición de prestación de servicios postales es de tres meses.
8. Regulación Europea del Sector Postal
8.1 Las tres Directivas de liberalización
El proceso de liberalización del sector postal en la UE se plasmó en tres Directivas:
| Directiva | Fecha |
|---|---|
| 97/67/CE | 15 de diciembre de 1997 (primera; normas comunes para el mercado interior) |
| 2002/39/CE | 10 de junio de 2002 (segunda; reducción del área reservada) |
| 2008/6/CE | 20 de febrero de 2008 (tercera; plena liberalización) |
La Directiva 97/67/CE fue modificada por las Directivas 2002/39/CE y 2008/6/CE (ambas son correctas conjuntamente).
La Directiva 2008/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2008, no existe como directiva postal (es una opción trampa frecuente en los exámenes).
La liberalización postal en la UE entró en vigor el 1 de enero de 2013. El mercado postal español se liberalizó en 2011.
La obligación de redactar y aprobar la Ley 43/2010 nació de la necesidad de transponer antes del 31 de diciembre de 2010 la Directiva 2008/6/CE, de 20 de febrero de 2008.
La Directiva Postal Europea es una norma de derecho comunitario que fija directrices y objetivos de obligado cumplimiento para los Estados miembros.
La ley española que transpuso la primera Directiva (97/67/CE) fue la Ley 24/1998, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de Servicios Postales.
8.2 Información sobre servicios postales en el sitio web regulador
La información sobre los servicios postales a los que se refiere el art. 9 de la Ley 43/2010 se publicará en todo caso en el sitio web de la Comisión Nacional del Sector Postal (nombre histórico de la actual CNMC en materia postal).
8.3 Acceso a la red postal pública por otros operadores
El acceso a la red postal pública se garantiza a los demás operadores que presten servicios incluidos en el ámbito del SPU. Esto comporta simultáneamente:
-
El uso obligatorio de la red postal pública desde la fase que se inicie hasta finalizar la entrega por el operador designado.
-
La necesidad de disponer de autorización administrativa singular.
-
La obligación de acceder a la totalidad de prestaciones desde la recogida hasta la entrega.
(Las tres opciones son correctas conjuntamente.)
9. Historia del Sector Postal y de Correos
9.1 Antecedentes legislativos
El Reglamento RD 1829/1999, de 3 de diciembre, sigue en vigor excepto en lo que contradiga o resulte incompatible con la nueva Ley Postal 43/2010. Los manuales operativos elaborados por cada Dirección o Unidad de Correos sí han de tenerse en cuenta a efectos de normativa postal (la afirmación contraria es incorrecta).
El servicio postal internacional está regulado por las normas contenidas en los Convenios y Acuerdos, que reciben el nombre de actas.
Andorra, aunque no es territorio nacional, goza de las mismas tarifas del Servicio Nacional Español.
9.2 Hitos históricos de Correos
| Año | Hito |
|---|---|
| 1962 | Instalación de buzones domiciliarios en España |
| 1998 | Creación de la Sociedad Anónima Estatal Correos y Telégrafos |
| 2001 | La empresa empieza a denominarse "Correos" con el nombre actual |
| 2001 | La Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda se hace cargo de la totalidad de las acciones |
| 2010 | Introducción de vehículos eléctricos en Correos |
| 2012 | Cambio de titularidad; la totalidad de las acciones pasa a favor de SEPI |
| 2014 | Emisión del último aerograma en España |
| 2015 | Experiencia piloto con drones |
| 2016 | Resultados óptimos gracias a la paquetería derivada del comercio electrónico |
| 2019 | Premio Vocento como reconocimiento a su posicionamiento de marca |
| 2019 | Incorporación de Correos Express Portugal al Grupo Correos |
10. Naturaleza Jurídica de Correos
10.1 Forma jurídica y accionariado
La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. (Sociedad Mercantil Estatal) es una sociedad anónima de capital enteramente público. Su único accionista es la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
Correos pertenece al holding empresarial SEPI.
Desde 2012, tras el cambio de titularidad, la totalidad de las acciones está en manos de SEPI (anteriormente estaban en la Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda).
10.2 Domicilio social y capital
El domicilio social de Correos se fija en la Calle del Conde de Peñalver, nº 19 (Madrid).
El capital social de Correos está dividido en acciones, con un valor nominal de 1.000 euros cada una.
El Título I de los Estatutos Sociales de Correos regula la denominación, objeto, duración y domicilio de la Sociedad (no incluye las acciones en el Título I).
El Título III de los Estatutos Sociales trata de otras formas de participar en forma de inversión en la sociedad que no es a través de las acciones.
10.3 El Grupo Correos y su estructura
La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. es la empresa matriz del Grupo Correos.
El Grupo Correos está integrado por:
| Empresa | Actividad principal |
|---|---|
| Correos (Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A.) | Empresa matriz; núcleo del negocio en la Dirección de Operaciones |
| Correos Express | Paquetería urgente; filial CEP; dispone de aplicaciones y software propios para reducir tiempos de entrega |
| Correos Nexea | Servicios personalizados de gestión documental para comunicaciones masivas de empresas con sus clientes |
| Correos Telecom | Telecomunicaciones |
La información sobre las cifras clave del Grupo se obtiene en el espacio "Grupo Correos" de la web corporativa.
La web corporativa www.correos.com es la página web institucional de la compañía (no la intranet). Desde ella no es posible darse de baja de la bolsa de trabajo temporalmente (esa opción es incorrecta).
Correos dispone de instrucciones internas de contratación, y son accesibles para todos los interesados en el sitio web de la empresa.
"Tu Correos" es un nuevo concepto de Oficinas Retail (no una tarjeta de fidelización ni una app).
10.4 AliExpress y comercio electrónico
La plataforma de ecommerce AliExpress con la que Correos tiene asociación pertenece al grupo Alibaba.
Productos internacionales de Correos para comercio electrónico, en orden de características:
-
Paq Premium Internacional: cobertura en más de 190 países para las entregas más urgentes.
-
Paq Standard Internacional: solución óptima para envíos con entrega preferente y precio competitivo.
-
Paq Light Internacional: permite remitir objetos de hasta 2 kg sin requerir firma, con total trazabilidad.
-
Paquete Económico Internacional: opción ideal para los envíos no urgentes.
-
Paq Return Internacional: servicio diseñado especialmente para la gestión ágil y sencilla de las devoluciones de compras online dirigidas a otros países.
10.5 Herramientas y sistemas digitales de Correos
-
ABACO: programa de acogida y seguimiento destinado a formar a los trabajadores que se incorporan o cambian de puesto; cuenta con una aplicación móvil.
-
Soy Digital: programa formativo de autodesarrollo online para mejorar los conocimientos y habilidades digitales de todos los empleados en el Campus Virtual.
-
Correos Directo: cartera de soluciones globales de marketing para empresas, que integra Publibuzón, Publicorreo Óptimo y Premium, y Publi City. (Correos Target, Correos Data y Correos AAD no forman parte de Correos Directo.)
Redes sociales en las que Correos tiene presencia oficial: Facebook, Twitter (X) y canal de YouTube. MySpace no (es una red social obsoleta que Correos nunca utilizó).
11. Órganos Sociales y Gobierno de Correos
11.1 Los tres órganos superiores de dirección
Los tres órganos superiores de dirección de Correos son:
-
Consejo de Administración
-
Comisión Ejecutiva
-
Presidente
La administración de la Sociedad Estatal de Correos corresponde al Consejo de Administración, a su Presidente y a la Comisión Ejecutiva, cuyas competencias se indican en los Estatutos Sociales.
11.2 Consejo de Administración
-
Compuesto de un mínimo de 12 y un máximo de 15 miembros.
-
El cargo de consejero tiene una duración de 5 años, con posibilidad de reelección. (No se requiere la cualidad de accionista para ser nombrado consejero.)
-
El nombramiento o separación de los consejeros corresponde a la Junta General de Accionistas.
-
Con carácter general, se reúne con periodicidad mensual (una vez al mes) para supervisar la gestión de la empresa.
-
La Junta General Ordinaria se reunirá necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio.
-
Las Juntas Generales se convocarán con al menos un mes de antelación.
Nota: el Consejo de Administración no se reúne a instancia del Secretario con 48 horas de antelación en el régimen ordinario (esa opción es incorrecta).
Los órganos sociales de Correos son la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración.
11.3 La Comisión de Auditoría y Control
-
Integrada por tres miembros del Consejo de Administración, sin funciones ejecutivas.
-
Se encarga de informar y asesorar al Consejo en materia económico-financiera, de control de riesgos y de auditoría interna.
-
La Comisión designará al Presidente de entre sus miembros, que será sustituido cada dos años, pudiendo ser reelegido.
-
La Comisión se reunirá al menos seis veces al año.
(Esta descripción es la de la Comisión de Auditoría y Control; no confundir con la Comisión Ejecutiva, que tiene funciones distintas.)
11.4 La Comisión Ejecutiva
- Dentro del Consejo de Administración, el Presidente del Consejo de Administración es responsable de las funciones de dirección, gestión y administración, de su representación, así como de la ejecución de los acuerdos que se adopten.
En los estatutos, la administración se atribuye al Consejo de Administración, al Presidente y a la Comisión Ejecutiva. No existe un "Consejo Ejecutivo" como órgano de Correos (esa opción es incorrecta).
11.5 Máximo órgano en prevención de blanqueo de capitales
El máximo órgano de dirección en prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en Correos es el Consejo de Administración (no el SEPBLAC ni el Área de Prevención).
Las reuniones de la Comisión de Control (en materia de blanqueo) son convocadas por su Presidente.
12. Organismos Internacionales del Sector Postal
12.1 Unión Postal Universal (UPU)
-
Sede: Berna (Suiza).
-
Cuenta con 192 estados miembros en la actualidad.
-
Su Consejo de Administración se reúne una vez al año.
-
La UPU está impulsando cambios en las disposiciones internacionales para el tratamiento de envíos postales que contienen mercancías, con obligatoriedad de mensajes EDI (datos sobre los envíos transmitidos electrónicamente entre operadores postales) a partir de 2021.
12.2 PostEurop
-
Institución con sede en Bruselas.
-
Su secretaría permanente también está en Bruselas.
-
El Consejo de administración de PostEurop está compuesto por once Administradores elegidos por la Asamblea Plenaria por un período de tres años.
12.3 IPC / International Post Corporation
IPC es una asociación cooperativa de 25 operadores postales nacionales de Europa, América del Norte y el Pacífico Sur, fundada en 1989, para afrontar la dinámica de los mercados postales emergentes y la competencia, fortaleciendo al mismo tiempo la cooperación.
Las siglas IPC significan International Post Corporation.
La actividad de la IPC se desarrolla en torno a 4 ejes principales:
-
Medida de la calidad del servicio, especialmente en los flujos internacionales.
-
Mejora de la calidad del servicio mediante acciones de mejora, integración y benchmarking de proceso.
-
Recopilación y suministro de información estratégica y comercial sobre mercados postales y apoyo en el desarrollo de productos y servicios.
-
Gestión de un sistema bilateral de gastos terminales (REIMS).
(La opción "gestión de un sistema unilateral de gastos principales" es incorrecta; REIMS es un sistema bilateral.)
Países de la IPC: incluye operadores de Europa, América del Norte y el Pacífico Sur. Islandia es un país miembro de la IPC. No lo son China, México ni Andorra.
El grupo Sur de los Alpes agrupa a los operadores de Italia, Portugal, Grecia, Chipre y España para coordinar su participación en la IPC. Junto con el Acuerdo de Santiago de Compostela, suscribieron la Declaración de Lisboa como acuerdo estratégico-político con líneas prácticas de cooperación.
El sistema de gestión de reclamaciones de la IPC / EPG es RUGBY, que funciona online 24 horas al día, 365 días al año, con respuesta a los clientes en menos de 48 horas.
12.4 EPG / European Parcel Group
-
Fundado en 1996.
-
Tiene un sistema propio (RUGBY) para tramitar y gestionar las reclamaciones de los consumidores.
12.5 Kahala Posts Group (KPG)
-
Fundado en 2002.
-
Correos se incorporó en 2006 (lo que le ha permitido mejorar su posición e imagen en el mercado internacional).
-
Integran el grupo países como Hong Kong (no Alemania, Italia ni Corea del Norte).
-
En el producto Air Parcel de KPG, los paquetes tienen un plazo end to end de entre 5 y 8 días hábiles.
-
Los parámetros medidos en la calidad del grupo Kahala son: durante el transporte internacional, desde llegada a la oficina de cambio del país hasta entrega al destinatario, y desde admisión hasta salida de la oficina de cambio. No se mide el tiempo de espera para admisión.
12.6 UPAEP / Unión Postal de las Américas, España y Portugal
-
Fue creada en 1911 y tiene su sede en Uruguay.
-
Su finalidad es favorecer el libre intercambio de envíos postales tanto a nivel nacional como internacional.
12.7 CEPT / Conferencia Europea de Administraciones de Correos y Telecomunicaciones
-
Establecida en 1959 por 19 países.
-
En diez años (hacia 1969) sus miembros se ampliaron hasta 26.
12.8 REIMS V
El acuerdo REIMS V establece compromisos de calidad para la exportación de D + 1 en el 80 % de los envíos desde su depósito en el buzón u oficina hasta el país de destino.
12.9 Fórmulas UPU (Reglamento de Envíos de Correspondencia de la UPU)
La etiqueta de "Envases SAL" se identifica con la fórmula CN 36.
13. Fondo de Financiación del SPU
Se crea un fondo de financiación del SPU con la finalidad de gestionar la financiación necesaria para compensar la carga financiera injusta que comportan las obligaciones de servicio público para el operador designado. Este fondo estará formado por:
-
Las transferencias a favor del fondo consignadas en los Presupuestos Generales del Estado.
-
Las donaciones o legados realizados por cualquier persona natural o jurídica que desee contribuir a la financiación del SPU.
-
Los rendimientos derivados de los depósitos en los que se mantienen las disponibilidades del fondo.
(Las tres fuentes son correctas conjuntamente.)
14. Organización Territorial y Estructura Operativa de Correos
14.1 Modelo organizativo territorial
El modelo organizativo territorial responde a criterios de eficiencia, racionalidad y operatividad.
Áreas territoriales de Correos (referencia a una pregunta sobre provincias):
-
Córdoba pertenece al área Sur.
-
Lugo pertenece al área Noroeste.
14.2 Dirección de Operaciones
El núcleo del negocio de la empresa matriz (Correos) reside en la Dirección de Operaciones.
La Dirección de Operaciones y Desarrollo de Negocio define, desarrolla, implanta y controla el modelo de producción y los procesos logísticos y de automatización, desde la admisión hasta la distribución.
14.3 Oficinas técnicas tipo B
Las oficinas técnicas de tipo B están compuestas por un director de oficina y un jefe de equipo (sin segundo jefe de equipo).
14.4 Acuerdos especiales de Correos con terceros
Correos tiene suscritos acuerdos especiales con empresas como UNICEF. Los acuerdos con VENCA y el Programa Travel Club no figuran entre ellos (ambas opciones son incorrectas conjuntamente).
14.5 Internacionalización del Grupo Correos
La filial de paquetería urgente portuguesa con la que el Grupo ha iniciado su proceso de internacionalización se conoce como Correos Express Portugal. Se incorporó al Grupo en el año 2019.
15. Marco Jurídico Adicional
15.1 Ley 39/2015 y Correos
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común es la norma que selecciona a Correos como el organismo designado para las comunicaciones con las distintas Administraciones Públicas.
El proceso de admisión de comunicaciones, escritos y solicitudes de entidades o ciudadanos que se dirijan a órganos de las Administraciones Públicas se realiza conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015.
15.2 RGPD: Reglamento (UE) 2016/679
El Capítulo III del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) está integrado por 5 secciones.
Los preceptos sobre cooperación y coherencia del RGPD se regulan en el Capítulo VII.
15.3 LO 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
La Ley Orgánica 3/2007 tiene la siguiente estructura: un título preliminar, ocho títulos, 78 artículos, 31 disposiciones adicionales, 11 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales.
(Ojo: son 78 artículos, no 88; 31 disposiciones adicionales, no 33; y hay una sola disposición derogatoria.)
El artículo 27 del III Convenio Colectivo define el diagnóstico de situación como aquel que deberá proporcionar datos desagregados por sexo (no conjuntos) en relación a todos aquellos elementos susceptibles de valoración en términos de análisis de igualdad: características y edad de la plantilla, disfrute de permisos de conciliación, contratación temporal y fija, distribución por turnos de trabajo, puestos desempeñados, formación, selección, salud laboral, etc. (No incluye la situación civil de los empleados; esa opción es incorrecta.)
15.4 "Acoso por razón de sexo" (LO 3/2007)
Se entiende por acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito de atentar contra su dignidad y de crear un entorno degradante y ofensivo.
(No confundir con el acoso sexual, que requiere comportamiento de naturaleza sexual; el acoso por razón de sexo no exige ese componente.)
16. III Convenio Colectivo de Correos (aspectos normativos)
16.1 Clasificación profesional
El sistema de clasificación profesional del III Convenio Colectivo de Correos se estructura en:
-
Área funcional
-
Puesto tipo
-
Grupo profesional
No contempla la "categoría laboral" (esa denominación es la incorrecta en el contexto del Convenio).
16.2 Prescripción de faltas
Las faltas graves en el III Convenio Colectivo de Correos prescriben a los veinte días desde que Correos tuvo conocimiento de su comisión.
16.3 Días adicionales de vacaciones por antigüedad
| Antigüedad | Días adicionales |
|---|---|
| De 10 a 15 años | 1 día hábil |
| De 15 a 20 años | 2 días hábiles |
| De 20 a 25 años | 3 días hábiles |
| 26 o más años | 4 días hábiles |
16.4 Jornada laboral
La jornada ordinaria de trabajo efectivo de promedio semanal, en cómputo trisemanal, es de 37,5 horas.
16.5 Reajuste Local
Las convocatorias de Reajuste Local se celebrarán de modo descentralizado. La opción de que "podrán tener ámbito nacional y zonal" es incorrecta: su ámbito es exclusivamente local/descentralizado.
Se realizarán dos procesos de reajuste por año.
16.6 Movilidad funcional
La movilidad funcional acordada por la empresa deberá basarse en necesidades organizativas, técnicas o productivas. No perjudicará la formación y promoción profesional, y no cabrá invocar ineptitud sobrevenida o falta de adaptación al puesto en esos supuestos.
16.7 Comisiones del II Título del III Convenio
Las comisiones creadas en el Título II del III Convenio son:
-
Comisión de Empleo Central.
-
Comisión Paritaria.
-
Comisión de Acción Social.
-
Comisión de Tiempo de Trabajo (que negocia los criterios para la elaboración del calendario laboral).
No existe la "Comisión de Información" entre las comisiones del Convenio.
La Comisión de Tiempo de Trabajo negocia los criterios para la elaboración del calendario laboral, de acuerdo con las directrices fijadas en el artículo 54 del Convenio.
16.8 Plazo para toma de posesión en concurso de traslados (distintas provincias de la Península)
El plazo para la toma de posesión de los puestos adjudicados en el concurso de traslados para el grupo profesional de Operativos, si el traslado es entre diferentes provincias de la Península, es de seis días hábiles.
17. Calidad y Herramientas de Gestión
17.1 Modelo EFQM
El modelo Europeo de Excelencia Empresarial (EFQM) distingue entre agentes facilitadores (o criterios facilitadores) y criterios de resultados.
Son agentes facilitadores: Liderazgo, Estrategia, Personas, Recursos y Alianzas, y Procesos.
No es un agente facilitador el "Impacto en la sociedad" (que es un criterio de resultados).
17.2 Modelo REDER
Según el esquema lógico REDER, toda organización necesita:
-
Establecer los Resultados que quiere lograr.
-
Planificar y desarrollar enfoques sólidamente fundamentados e integrados.
-
Desplegar los enfoques de manera sistemática e integrada (no de manera individual y separada, que sería la opción incorrecta).
-
Evaluar, revisar y perfeccionar los enfoques basándose en el seguimiento y análisis de los resultados.
17.3 Ciclo de Deming / mejora continua
El modelo de mejora continuada establecido en Correos en el que se apoya la gestión de la calidad se denomina Ciclo de Deming (no ISO, no EFQM, no TQM).
17.4 Premio Atenea
Las categorías del Premio Atenea incluyen Diversidad, Formación y Eficiencia y procesos. No existe la categoría "Desarrollo empresarial" en ese premio.
17.5 Programa 5 "S" de Toyota
Las 5 "S" del programa de Toyota son: Clasificar (Seiri), Ordenar (Seiton), Limpiar (Seiso), Estandarizar (Seiketsu) y Autodisciplina/Shitsuke. Iniciativa no es una "S" del programa Toyota.
18. Giros Postales en el SPU
Los giros están representados en el SPU como servicios complementarios del servicio postal universal (no están directamente incluidos como servicio principal, pero sí como complementarios).
Resumen de datos numéricos clave
| Dato | Valor |
|---|---|
| Entrada en vigor Ley 43/2010 | 1 de enero de 2011 |
| Duración del SPU encomendado a Correos | 15 años (hasta 31/12/2025) |
| Plazos cartas y tarjetas (objetivo principal) | D + 3 al 93 % / D + 5 al 99 % |
| Plazos paquetes postales (80 %) | D + 3 (hasta 10 kg) |
| Límite cartas en SPU | 2 kg |
| Límite paquetes en SPU | 20 kg |
| Publicidad directa (mínimo destinatarios) | Más de 500 |
| Miembros UPU | 192 |
| Consejo de Administración Correos (miembros) | Mínimo 12, máximo 15 |
| Duración cargo consejero | 5 años |
| Comisión de Auditoría y Control (reuniones) | Al menos 6 veces al año |
| Fundación IPC | 1989 |
| Fundación EPG | 1996 |
| Fundación KPG | 2002 |
| Incorporación Correos a Kahala | 2006 |
| Liberalización mercado postal España | 2011 |
| Liberalización postal UE (plena) | 1 de enero de 2013 |
| Sanciones muy graves | 80.001–400.000 € |
| Sanciones graves | 8.001–80.000 € |
| Sanciones leves | 200–8.000 € |
| Prescripción infracciones muy graves | 3 años |
| Prescripción infracciones graves | 2 años |
| Tasa autorizaciones singulares | 1.500 € |
| Plazo resolución autorizaciones singulares (silencio positivo) | 3 meses |
| Plazo resolución reclamaciones usuarios | 1 mes |
| Domicilio social Correos | Calle del Conde de Peñalver, nº 19 |
| Valor nominal de la acción de Correos | 1.000 euros |
| Jornada semanal III Convenio | 37,5 horas |
| Plazo prescripción faltas graves (III Convenio) | 20 días |
| Plazos adicionales de vacaciones (26+ años) | 4 días hábiles |
| Operaciones básicas circuito correspondencia (RD 1829/1999) | 6 |
| Consejo Superior Postal (vocales máximos) | 28 |
| Sede UPU | Berna |
| Sede PostEurop | Bruselas |
| Media envíos diarios Correos | 11 millones |
| Año instalación buzones domiciliarios en España | 1962 |
| Último aerograma emitido en España | 2014 |
| Piloto drones en Correos | 2015 |
| Incorporación Correos Express Portugal | 2019 |
| Correos Express Portugal incorporada al Grupo | 2019 |