-
El patrimonio de las entidades locales está constituido por el conjunto de bienes, derechos y acciones que les pertenezcan.
-
Los bienes de las entidades locales son de dominio público o patrimoniales.
-
Son bienes de dominio público los destinados a un uso o servicio público. Tienen la consideración de comunales aquellos cuyo aprovechamiento corresponda al común de los vecinos.
Tema 28: Los bienes de las Entidades Locales
Los bienes de las Entidades Locales. Dominio público. Comunales. Patrimoniales o de propios. Alteración de la calificación jurídica. Utilización, conservación y tutela. Adquisición y enajenación. Prerrogativas. (Ley 7/1985).
1 ley5 artículos
Actualizado a 18 de junio de 2026. Regístrate para recibir actualizaciones cuando la legislación cambie.
Ley 7/1985
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (1985)