- La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias contará con una sede electrónica. Estarán incluidos en la sede electrónica, todos los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. 2. La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica será: https://sede.gobiernodecanarias.org/, que será accesible directamente, así como a través del enlace dispuesto en el portal: https://www.gobiernodecanarias.org/. 3. La sede electrónica se organizará atendiendo a criterios que permitan a la ciudadanía identificar de forma fácil e intuitiva las actuaciones administrativas a las que desean acceder. 4. La titularidad de la sede electrónica corresponde a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y será gestionada por la consejería competente en materia de información y atención ciudadana y administración electrónica, con la participación y colaboración del resto de departamentos, para garantizar la completa y exacta incorporación de la información y actuaciones administrativas publicadas en esta. 5. Será responsabilidad de la persona titular la integridad, veracidad y actualización de la información y de los servicios contenidos en la sede electrónica. Se realizarán a través de sede electrónica todas las actuaciones y trámites que requieran la identificación de la Administración Pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas o entidades interesadas. Las Secretarías Generales Técnicas y/o los centros Directivos de cada Departamento, u órgano equivalente de los organismos públicos dependientes serán responsables, en sus respectivos ámbitos funcionales de actuación, de los contenidos y de la gestión de las actuaciones administrativas puestos a disposición de la ciudadanía. 6. Para garantizar el acceso a la información y la calidad de los contenidos, el órgano competente en materia de administración electrónica y nuevas tecnologías elaborará los estándares, normas, especificaciones técnicas y de identidad corporativa gráfica, en las que se basarán los servicios y páginas que se integrarán en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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Tema 57: El Portal del Gobierno de Canarias
El Portal del Gobierno de Canarias. (Decreto 19/2011 de Medios Electrónicos de Canarias).
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Decreto 19/2011 Medios Electrónicos Canarias
Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (2011)
Art. 9
Capítulo III. DEL PUNTO GENERAL DE ACCESO Y SEDES ELECTRÓNICAS · Artículos 9 a 13
Art. 9 bis
Punto general de acceso
Capítulo III. DEL PUNTO GENERAL DE ACCESO Y SEDES ELECTRÓNICAS · Artículos 9 a 13
- El punto general de acceso es la sede electrónica a través del cual se facilita el acceso a los servicios y procedimientos de las distintas sedes electrónicas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. Las personas y entidades tendrán acceso al estado de tramitación de todas las actuaciones administrativas que se gestionen por los diferentes departamentos y organismos públicos dependientes, debiendo los titulares de estas adoptar las medidas oportunas para la efectividad de este servicio. Para la efectividad de este servicio se utilizará la Plataforma de Interoperabilidad Corporativa del Gobierno de Canarias, que servirá de intermediación entre la ciudadanía y los sistemas de tramitación electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes. 2. La dirección electrónica de referencia del punto general de acceso será: https://sede.gobiernodecanarias.org/, que será accesible directamente, así como a través del enlace dispuesto en el portal: https://www.gobiernodecanarias.org/. 3. Las Secretarías Generales Técnicas u órganos equivalentes de los departamentos u organismos públicos garantizarán que, a través del punto general de acceso, se pueda tener acceso a la totalidad de las actuaciones administrativas e información accesible de la Secretaría, Centros Directivos de cada departamento o Entidad correspondiente. Asimismo, serán responsables, en sus respectivos ámbitos funcionales de actuación, de los contenidos y de la gestión de las actuaciones administrativas puestos a disposición de la ciudadanía en el punto general de acceso.