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El presente Decreto tiene por objeto establecer el marco general para la innovación y mejora de los servicios públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante Marco para la Innovación y Mejora).
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El Marco para la Innovación y Mejora está integrado por un conjunto de Líneas de Actuación que tienen por finalidad innovar y mejorar la gestión administrativa y la calidad de los servicios públicos, proporcionar a los poderes públicos información consolidada para la toma de decisiones y fomentar la transparencia mediante la información y difusión pública de los resultados obtenidos en cada programa.
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Tema 55: Marco general para la Innovación y mejora de los servicios públicos de la CAC
Marco general para la Innovación y mejora de los servicios públicos de la administración pública de la CAC: objeto, ámbito de aplicación y principios de actuación administrativa. (Decreto 68/2015 de la Comunidad Autónoma de Canarias).
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Decreto 68/2015 Innovación Canarias
Decreto 68/2015, de 30 de abril, por el que se establece el marco general para la innovación y mejora de los servicios públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (2015)
Ámbito de aplicación
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El presente Decreto será de aplicación a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a sus organismos públicos vinculados o dependientes.
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A efectos de este Decreto se entiende por organismo público a los organismos autónomos y a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Principios de actuación administrativa
En el ámbito del presente Decreto, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes ajustarán su actuación a los siguientes principios, sin perjuicio de aquellos otros que sean de aplicación en virtud de las disposiciones reguladoras de la actividad administrativa:
a) Principio de orientación a la ciudadanía: la actividad administrativa y la prestación de los servicios públicos han de estar dirigidos a la satisfacción de las necesidades reales de la ciudadanía de Canarias.
b) Principio de eficacia: la gestión administrativa tenderá a la consecución de los objetivos que se persiguen con el máximo de calidad posible, mediante la orientación a objetivos y resultados y la generalización de los sistemas de gestión.
c) Principio de eficiencia: la actividad administrativa y la prestación de los servicios públicos han de realizarse mediante una óptima utilización de medios que posibilite la consecución directa de los fines públicos perseguidos.
d) Principio de economía: la consecución de los objetivos pretendidos por la Administración ha de lograrse con el coste económico más racional para la Hacienda Pública.
e) Principio de simplicidad: en la gestión administrativa se habrán de utilizar técnicas y métodos que permitan la simplificación de trámites, la eliminación de procedimientos innecesarios, la disminución de los tiempos de espera y la reducción de cargas administrativas.
f) Principio de mejora continua: la Administración Autonómica ha de poner en práctica métodos que permitan sistemáticamente detectar sus deficiencias, corregirlas y prestar sus servicios a la ciudadanía de forma cada vez más eficiente, eficaz y con mayor celeridad.
g) Principio de anticipación o proactividad: la forma de gestionar y prestar los servicios públicos ha de anticiparse a los problemas y demandas de la ciudadanía.
h) Principio de responsabilidad: la Administración Autonómica, en su forma de gestionar, ha de asumir de forma expresa sus obligaciones ante la ciudadanía.
i) Principio de innovación de la gestión pública: la Administración Autonómica impulsará la introducción en la gestión pública de nuevos procesos, servicios y métodos de prestación y gestión con el objetivo de generar valor social y satisfacer las necesidades reales de la ciudadanía.
j) Principio de gestión por objetivos: la gestión administrativa de los órganos y organismos públicos se orientará a la definición y consecución de objetivos y resultados, a través de la planificación estratégica.
k) Principio de colaboración y cooperación interna: los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias se prestarán colaboración mutua en el ejercicio de su actividad administrativa y cooperarán con el órgano competente en materia de modernización administrativa y calidad de los servicios públicos en la ejecución de los programas previstos en este Decreto.
l) Principio de coordinación: los departamentos y organismos públicos de la Administración Autonómica Canaria coordinarán sus actividades para una mejor consecución de los objetivos del presente Decreto.
m) Principio de cooperación interadministrativa: la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias colaborará de forma activa con otras Administraciones e Instituciones Públicas y fomentará el desarrollo de trabajos compartidos en las materias objeto de este Decreto.
n) Principio de humanización de la actividad administrativa: en la gestión administrativa y en la prestación de los servicios públicos se actuará siempre de forma que se muestre respeto y comprensión a la ciudadanía y que su dignidad no se vea afectada, en el marco de la legalidad vigente.