El Estatuto de Autonomía para Andalucía fue aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, publicada en el BOE núm. 68, de 20 de marzo de 2007.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL PROCESO AUTONÓMICO
El proceso autonómico andaluz se inicia con el régimen preautonómico, aprobado por el Real Decreto-Ley 11/1978, de 27 de abril. El 27 de mayo de 1978 fue elegido presidente de la Junta Preautonómica de Andalucía Plácido Fernández Viagas. El 2 de junio de 1979 Plácido Fernández Viagas dimitió y le sucedió en la presidencia Rafael Escuredo Rodríguez.
El 23 de junio de 1979, el Pleno de la Junta de Andalucía eligió la vía del artículo 151 de la Constitución para la consecución de la autonomía plena.
El referéndum autonómico se celebró el 28 de febrero de 1980. Andalucía accedió a la autonomía por la vía del artículo 151 CE, siendo la única comunidad que lo hizo por esta vía reforzada (aparte de las comunidades históricas del art. 143).
El primer Estatuto de Autonomía para Andalucía fue aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, tras el referéndum de ratificación celebrado el 20 de octubre de 1981. Las primeras elecciones al Parlamento de Andalucía se celebraron el 23 de mayo de 1982 y el primer Parlamento de Andalucía se constituyó el 21 de junio de 1982 en el Real Alcázar de Sevilla.
La Asamblea de Parlamentarios andaluces se reunió en Antequera el 4 de diciembre de 1978, donde se redactó el llamado Pacto de Antequera, por el que los partidos políticos se comprometían a conseguir la autonomía plena para Andalucía.
El 4 de diciembre de 1977 tuvieron lugar manifestaciones multitudinarias en las capitales de provincia convocadas por la Asamblea de Parlamentarios, reclamando la autonomía para Andalucía.
En 1883, la Asamblea Federalista Andaluza redactó en Antequera un Proyecto de Constitución para Andalucía (conocido como "Constitución Federal andaluza de Antequera"), considerado uno de los antecedentes históricos del andalucismo.
Entre los padres del Estatuto de Autonomía de 1981 se encuentran Manuel Clavero Arévalo, Rafael Escuredo, Plácido Fernández Viagas y José Rodríguez de la Borbolla.
REFORMA DEL ESTATUTO (2007)
El Parlamento Andaluz aprobó la proposición de Reforma del Estatuto el 2 de mayo de 2006. El Congreso de los Diputados aprobó el proyecto de Reforma el 2 de noviembre de 2006. El referéndum de ratificación del nuevo Estatuto se celebró el 18 de febrero de 2007. El actual Estatuto de Autonomía para Andalucía entró en vigor el 20 de marzo de 2007.
ESTRUCTURA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA (LO 2/2007)
El Estatuto de Autonomía para Andalucía se estructura en:
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Un Preámbulo
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Un Título Preliminar (arts. 1-11)
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Título I: Derechos sociales, deberes y políticas públicas (arts. 12-41)
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Capítulo I: Disposiciones generales
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Capítulo II: Derechos y deberes
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Capítulo III: Principios rectores de las políticas públicas
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Capítulo IV: Garantías
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Título II: Competencias de la Comunidad Autónoma (arts. 42-88)
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Título III: Organización territorial de la Comunidad Autónoma (arts. 89-98)
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Título IV: Organización institucional de la Comunidad Autónoma (arts. 99-139)
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Capítulo I: El Parlamento de Andalucía
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Capítulo II: Elaboración de las normas
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Capítulo III: El Presidente de la Junta
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Capítulo IV: El Consejo de Gobierno
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Capítulo V: De las relaciones entre el Parlamento y el Consejo de Gobierno
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Capítulo VI: Otras instituciones de autogobierno
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Capítulo VII: La Administración de la Junta de Andalucía
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Título V: El Poder Judicial en Andalucía (arts. 140-155)
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Título VI: Economía, Empleo y Hacienda (arts. 156-194)
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Título VII: Medio Ambiente (arts. 195-206)
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Título VIII: Medios de comunicación social (arts. 207-217)
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Título IX: Relaciones institucionales de la Comunidad Autónoma (arts. 218-247)
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Capítulo I: Relaciones con el Estado (arts. 218-225)
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Capítulo II: Relaciones con otras CCAA (arts. 226-229)
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Capítulo III: Relaciones con la Unión Europea (arts. 230-239)
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Capítulo IV: Acción exterior (arts. 240-244)
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Capítulo V: Cooperación al desarrollo (arts. 245-247)
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Título X: Reforma del Estatuto (arts. 248-250)
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5 Disposiciones adicionales
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2 Disposiciones transitorias
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1 Disposición derogatoria
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3 Disposiciones finales
En total, el Estatuto tiene 250 artículos, 10 Títulos numerados (más el Preliminar), 5 disposiciones adicionales, 2 transitorias, 1 derogatoria y 3 finales.
VALORES SUPERIORES (art. 1)
El artículo 1 del Estatuto de Autonomía propugna como valores superiores la libertad, la justicia, la igualdad y el progreso. Los poderes de la Comunidad Autónoma emanan de la Constitución y del pueblo andaluz en los términos del Estatuto.