📚 TEST RD 375/2003
Test RD 375/2003
Reglamento General del Mutualismo Administrativo
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📋 Información sobre Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo
¿Qué incluye este test?
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Temario de Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo
Reglamento General del Mutualismo Administrativo
- Artículo 1: Objeto
- Artículo 2: Régimen jurídico del Mutualismo administrativo
- Artículo 3: Campo de aplicación del mutualismo administrativo
- Artículo 4: Naturaleza de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
- Artículo 5: Gobierno y organización de la mutualidad
- Artículo 6: Mutualistas
- Artículo 7: Incorporación a la Mutualidad: afiliación
- Artículo 8: Documento de afiliación
- Artículo 9: Altas
- Artículo 10: Baja, mantenimiento facultativo y suspensión en la situación de alta
- Artículo 11: Pensionistas de jubilación del sistema de derechos pasivos
- Artículo 12: Cambio de cuerpo y afiliación a más de un régimen de la Seguridad Social
- Artículo 13: Funcionarios en prácticas
- Artículo 14: Tramitación de la afiliación, altas y bajas
- Artículo 15: Beneficiarios de los mutualistas
- Artículo 16: Beneficiarios en caso de fallecimiento, separación, divorcio o nulidad de matrimonio del mutualista
- Artículo 17: Reconocimiento y mantenimiento del derecho de los beneficiarios
- Artículo 18: Acreditación de los beneficiarios
- Artículo 19: Incompatibilidades
- Artículo 20: Suministro de información
- Artículo 21: Obligaciones y derechos referentes a la información
- Artículo 22: La obligación de cotizar: objeto
- Artículo 23: Sujetos obligados al cumplimiento de la obligación de cotizar
- Artículo 24: Nacimiento, duración y extinción de la obligación de cotizar
- Artículo 25: Contenido de la obligación de cotizar
- Artículo 26: Cumplimiento de la obligación de cotizar
- Artículo 27: Régimen general de cotización
- Artículo 28: Régimen singular de cotización
- Artículo 29: Pago de las cuotas durante el mantenimiento facultativo del alta
- Artículo 30: Competencia
- Artículo 31: Sujetos responsables del ingreso de las cuotas
- Artículo 32: Plazo de ingreso
- Artículo 33: Recargo
- Artículo 34: Lugar de ingreso
- Artículo 35: Documentación de los ingresos
- Artículo 36: Justificantes de pago
- Artículo 37: Control de la recaudación
- Artículo 38: Procedimiento
- Artículo 39: Requerimientos
- Artículo 40: Devolución de cuotas
- Artículo 41: Prescripción
- Artículo 42: Prelación de créditos
- Artículo 43: Importe
- Artículo 44: Procedimiento
- Artículo 45: Normas reguladoras
- Artículo 46: Contingencias protegidas
- Artículo 47: Prestaciones
- Artículo 48: Caracteres de las prestaciones
- Artículo 49: Condiciones del derecho a las prestaciones
- Artículo 50: Reconocimiento del derecho a las prestaciones
- Artículo 51: Adopción de medidas cautelares en el mantenimiento del derecho al percibo de las prestaciones
- Artículo 52: Sucesión en el ejercicio de los derechos
- Artículo 53: Prescripción y caducidad del derecho al reconocimiento de las prestaciones
- Artículo 54: Caducidad del derecho al percibo de las prestaciones
- Artículo 55: Reintegro de prestaciones indebidas
- Artículo 56: Prescripción de la obligación de reintegro
- Artículo 57: Aplazamiento y fraccionamiento de la deuda
- Artículo 58: Períodos de cotización condicionantes del derecho a las prestaciones
- Artículo 59: Concepto de accidente en acto de servicio
- Artículo 60: Concepto de enfermedad profesional
- Artículo 61: Reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio
- Artículo 62: Concepto de accidente y enfermedad comunes
- Artículo 63: Concepto legal de las restantes contingencias
- Artículo 64: Riesgos catastróficos
- Artículo 65: Objeto y prestación
- Artículo 66: Contingencias protegidas
- Artículo 67: Beneficiarios de asistencia sanitaria por enfermedad y accidente comunes
- Artículo 68: Beneficiarios de la asistencia sanitaria por accidente en acto de servicio y enfermedad profesional
- Artículo 69: Beneficiarias de la asistencia sanitaria por maternidad
- Artículo 70: Documentación
- Artículo 71: Nacimiento y efectividad del derecho a la asistencia sanitaria
- Artículo 72: Duración de la asistencia sanitaria
- Artículo 73: Duración de la asistencia sanitaria por accidente en acto de servicio y enfermedad profesional
- Artículo 74: Contenido de la asistencia sanitaria por enfermedad y accidente comunes
- Artículo 75: Contenido de la asistencia sanitaria por maternidad
- Artículo 76: Contenido de la asistencia sanitaria por accidente en acto de servicio y enfermedad profesional
- Artículo 77: Asistencia sanitaria prestada por medios propios o concertados
- Artículo 78: Asistencia sanitaria prestada por medios ajenos
- Artículo 79: Contenido de la prestación
- Artículo 80: Prescripción de medicamentos
- Artículo 81: Dispensación de medicamentos
- Artículo 82: Tipo de aportación económica
- Artículo 83: Obligación de conservación, custodia y utilización legítima de los talonarios de recetas
- Artículo 84: Control y seguimiento del consumo de medicamentos
- Artículo 85: Asistencia sanitaria prestada fuera del territorio nacional
- Artículo 86: Asistencia sanitaria a los mutualistas destinados en el extranjero
- Artículo 87: Asistencia sanitaria a los mutualistas y beneficiarios que se desplacen temporalmente al extranjero
- Artículo 88: Requisitos de la situación de incapacidad temporal
- Artículo 89: Acreditación del proceso patológico
- Artículo 90: Concesión de las licencias
- Artículo 91: Seguimiento de la situación de incapacidad temporal
- Artículo 92: Duración y extinción de la situación de incapacidad temporal
- Artículo 93: Denegación, anulación y suspensión de la situación de incapacidad temporal
- Artículo 94: Prestación económica
- Artículo 95: Beneficiarios, nacimiento, duración y extinción del subsidio
- Artículo 96: Cuantía del subsidio
- Artículo 97: Pago del subsidio
- Artículo 98: Régimen de incompatibilidades del subsidio por incapacidad temporal
- Artículo 99: Situaciones protegidas
- Artículo 101: Prestación económica
y 61 artículos más.
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