📚 TEST Ley 11/2006 Hacienda Canaria
Test Ley 11/2006 Hacienda Canaria
Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
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📋 Información sobre Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
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Temario de Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Artículo 1: Objeto
- Artículo 2: Sector público autonómico
- Artículo 3: Clasificación del sector público
- Artículo 4: Régimen jurídico aplicable
- Artículo 5: Principios de la actividad económico-financiera
- Artículo 6: Concepto
- Artículo 7: Recursos de la Hacienda Pública
- Artículo 8: Derechos de la Hacienda Pública
- Artículo 9: Administración de los derechos
- Artículo 10: Límites a que están sujetos los derechos de la Hacienda Pública
- Artículo 11: Normas generales
- Artículo 12: Prerrogativas correspondientes a los derechos de naturaleza pública
- Artículo 13: Nacimiento, adquisición y extinción de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública
- Artículo 14: Aplazamiento o fraccionamiento de las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública
- Artículo 15: Compensación de deudas
- Artículo 16: Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública
- Artículo 17: Revisión de los actos recaudatorios
- Artículo 18: Derechos económicos de baja cuantía
- Artículo 19: Intereses de demora
- Artículo 20: Derechos de naturaleza privada de la Hacienda Pública
- Artículo 21: Fuentes y exigibilidad de las obligaciones
- Artículo 22: Extinción de las obligaciones
- Artículo 23: Prerrogativas
- Artículo 24: Intereses de demora
- Artículo 25: Prescripción de las obligaciones
- Artículo 26: Escenarios presupuestarios plurianuales
- Artículo 27: Principios de funcionamiento de la gestión económico-financiera
- Artículo 28: Programas de actuación plurianual de los entes con presupuesto limitativo
- Artículo 29: Programas de actuación plurianual de los entes con presupuesto estimativo
- Artículo 30: Programas de actuaciones plurianuales de los centros gestores
- Artículo 31: Asignación presupuestaria y objetivos
- Artículo 32: Sistema de objetivos
- Artículo 33: Balance de resultados e informe de gestión
- Artículo 34: Evaluación de políticas de gasto
- Artículo 35: Definición
- Artículo 36: Alcance subjetivo
- Artículo 37: Ámbito temporal
- Artículo 38: Procedimiento de elaboración
- Artículo 39: Remisión al Parlamento
- Artículo 40: Prórroga de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Artículo 41: Estructura de los presupuestos del sector público
- Artículo 42: Estructura de los estados de gastos de los Presupuestos Generales del sector público con presupuesto limitativo
- Artículo 43: Estructura de los estados de ingresos del sector público con presupuesto limitativo
- Artículo 44: Competencias del titular del departamento de Hacienda
- Artículo 45: Créditos presupuestarios
- Artículo 46: Especialidad de los créditos
- Artículo 47: Vinculación de los créditos
- Artículo 48: Limitación de los compromisos de gasto
- Artículo 49: Compromisos de gasto de carácter plurianual
- Artículo 50: Adquisiciones con pago diferido
- Artículo 51: Tramitación anticipada de expedientes de gastos
- Artículo 52: Temporalidad de los créditos
- Artículo 53: Modificación de los créditos iniciales
- Artículo 54: Transferencias de crédito
- Artículo 55: Generaciones de crédito
- Artículo 56: Créditos ampliables
- Artículo 57: Créditos extraordinarios y suplementos de crédito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Artículo 58: Créditos extraordinarios y suplementarios del resto de entes con presupuesto limitativo
- Artículo 59: Incorporaciones de crédito
- Artículo 60: Competencias del Gobierno
- Artículo 61: Competencias del titular del departamento competente en materia de Hacienda
- Artículo 62: Competencias de los consejeros y de los titulares de los entes con presupuesto limitativo
- Artículo 63: Anticipos de tesorería
- Artículo 64: Disponibilidades líquidas de los organismos autónomos y otras entidades integrantes del sector público con presupuesto limitativo
- Artículo 65: Presupuesto de los sujetos del sector público con presupuesto estimativo
- Artículo 66: Modificaciones presupuestarias de los sujetos del sector público con presupuesto estimativo
- Artículo 67: Reglas de gestión presupuestaria
- Artículo 68: Fases del procedimiento de la gestión de los gastos
- Artículo 69: Competencias en materia de gestión de gastos
- Artículo 70: Ordenación y ejecución material del pago
- Artículo 71: Embargo de derechos de cobro
- Artículo 72: Pagos indebidos y demás reintegros
- Artículo 73: Anticipos de caja fija
- Artículo 74: Pagos a justificar
- Artículo 75: Gestión del presupuesto de ingresos
- Artículo 76: Devoluciones de ingresos
- Artículo 77: Créditos por transferencias y delegaciones de competencias a las Corporaciones Locales
- Artículo 78: Gestión de los créditos con destino a obras o servicios competencia de las Corporaciones Locales
- Artículo 79: Anticipos a cuenta a las Corporaciones Locales
- Artículo 80: Sistema de cuenta corriente
- Artículo 81: Operaciones de tesorería con las Corporaciones Locales
- Artículo 82: Tesoro de la Comunidad Autónoma
- Artículo 83: Funciones del Tesoro
- Artículo 84: Caja de Depósitos
- Artículo 85: Relación con las entidades financieras
- Artículo 86: Medios de cobro y pago
- Artículo 87: Operaciones activas de tesorería
- Artículo 88: Presupuesto de tesorería
- Artículo 89: Conceptos
- Artículo 90: Habilitación legal para la creación de deuda
- Artículo 91: Cobertura presupuestaria de los gastos derivados de la deuda
- Artículo 92: Aplicación de los ingresos y gastos provenientes de la deuda
- Artículo 93: Competencia para la formalización de las operaciones relativas a la deuda
- Artículo 94: Emisión de valores
- Artículo 95: Operaciones de crédito
- Artículo 96: Instrumentos financieros vinculados a la deuda
- Artículo 97: Otras operaciones relativas a la deuda
- Artículo 98: Régimen jurídico de los valores representativos de la deuda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Artículo 99: Prescripción
- Artículo 100: Operaciones de deuda de los organismos autónomos
y 87 artículos más.
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