📚 TEST DL 1/1997 FP Catalunya
Test DL 1/1997 FP Catalunya
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📋 Información sobre Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública
¿Qué incluye este test?
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Temario de Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública
DL 1/1997 FP Catalunya
- Artículo 1: Objeto y principios de la Ley
- Artículo 2: Ámbito de aplicación
- Artículo 3: Normas específicas de aplicación
- Artículo 4: Órganos superiores
- Artículo 5: El Gobierno
- Artículo 6: El consejero competente en materia de función pública
- Artículo 7: La Comisión Técnica de la Función Pública
- Artículo 8: El Consejo Catalán de la Función Pública. Composición y funciones
- Artículo 9: La Inspección General de Servicios de Personal
- Artículo 10: Clases de personal
- Artículo 11: Funcionarios
- Artículo 12: Personal eventual
- Artículo 13: Personal interino
- Artículo 14: Personal laboral
- Artículo 15: Personal laboral no permanente
- Artículo 16: Reserva de ley
- Artículo 17: Contenido de las leyes
- Artículo 18: Agrupación por cuerpos y escalas
- Artículo 19: Grupos de nivel de titulación
- Artículo 20: Obligatoriedad de la inscripción en el Registro
- Artículo 21: Protección de los datos del Registro
- Artículo 22: Introducción y mantenimiento de los datos del Registro
- Artículo 23: Comunicación del reconocimiento de nuevas remuneraciones
- Artículo 24: Coordinación de los Registros de personal
- Artículo 25: Contenido de la oferta
- Artículo 26: Promoción del acceso de personas discapacitadas
- Artículo 27: Reserva de plazas en la oferta de empleo público
- Artículo 28: Plantilla de personal
- Artículo 29: La relación de puestos de trabajo
- Artículo 30: Puestos de trabajo ocupados por personal laboral
- Artículo 31: Competencias para aprobar las relaciones de puestos de trabajo
- Artículo 32: Objetivos de la relación de puestos de trabajo
- Artículo 33: Valoración y clasificación de los puestos de trabajo
- Artículo 34: Adquisición de la condición de funcionario
- Artículo 35: Pérdida de la condición de funcionario
- Artículo 36: Efectos de la renuncia
- Artículo 37: Efectos de la separación
- Artículo 38: Jubilación forzosa
- Artículo 39: Jubilación voluntaria
- Artículo 40: Jubilación anticipada incentivada
- Artículo 41: Adecuación de la forma de prestación de servicios a las condiciones físicas o psíquicas
- Artículo 42: Principios de la selección
- Artículo 43: Adecuación del sistema de selección al contenido del puesto de trabajo
- Artículo 44: Competencias de la Escuela de Administración Pública en materia de selección
- Artículo 45: Requisitos para la admisión a los sistemas de selección
- Artículo 46: Sistemas de selección
- Artículo 47: Selección por oposición
- Artículo 48: Contenido de la oposición
- Artículo 49: Selección por concurso oposición
- Artículo 50: Selección por concurso. Carácter excepcional
- Artículo 51: Cursos de formación y fase de prueba
- Artículo 52: Formación complementaria a la oposición
- Artículo 53: Fase de prueba
- Artículo 54: Los tribunales y órganos técnicos de selección
- Artículo 55: Adecuación del número de aspirantes a las bases de la convocatoria
- Artículo 56: Contenido de las convocatorias subsiguientes a la oferta
- Artículo 57: Promoción del acceso de personas necesitadas de reinserción social
- Artículo 58: Condiciones de acceso
- Artículo 59: Garantía de la promoción interna
- Artículo 60: Especialidades de la promoción interna
- Artículo 61: Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios
- Artículo 62: Concurso
- Artículo 62 bis: Participación en las convocatorias de concursos generales para la provisión de puestos de trabajo
- Artículo 63: Libre designación
- Artículo 64: Contenido y publicidad de las convocatorias
- Artículo 65: Competencia para convocar
- Artículo 66: Los manuales de organización
- Artículo 67: Redistribución de efectivos
- Artículo 68: Medidas e instrumentos de racionalización
- Artículo 69: Los planes de empleo
- Artículo 70: Reingreso al servicio activo
- Artículo 71: Condiciones de la movilidad
- Artículo 72: Derechos derivados de la movilidad por transferencias de servicios de otras administraciones públicas
- Artículo 73: Derechos derivados de movilidad por participación en sistemas de provisión
- Artículo 74: Requisitos y efectos de la movilidad
- Artículo 75: Remoción de los funcionarios
- Artículo 76: Atribución provisional de un puesto
- Artículo 77: Retribuciones de los funcionarios removidos o cesados
- Artículo 78: Supresión del puesto de trabajo
- Artículo 79: Retribuciones de los funcionarios cesados por alteración o supresión de sus puestos de trabajo
- Artículo 80: Adquisición y consolidación del grado personal
- Artículo 81: Especialidades de la adquisición y consolidación del grado
- Artículo 82: Consolidación del grado en situaciones de servicios especiales o de excedencia forzosa
- Artículo 83: Formación y perfeccionamiento de los funcionarios
- Artículo 84: Clases de situaciones
- Artículo 85: Situación de servicio activo
- Artículo 86: Situación de excedencia voluntaria
- Artículo 87: Situación de servicios en otras administraciones
- Artículo 88: Situación de servicios especiales
- Artículo 89: Situación de suspensión de ocupación
- Artículo 90: Excedencia forzosa
- Artículo 91: Situación de expectativa de destino
- Artículo 92: Derechos de los funcionarios
- Artículo 93: Protección de los funcionarios
- Artículo 94: Vacaciones retribuidas
- Artículo 95: Licencias
- Artículo 96: Permisos
- Artículo 97: Especificidades de los permisos por lactancia, guarda legal, maternidad, adopción y acogimiento, y para cuidar a personas en situación de dependencia
- Artículo 98: Medidas de seguridad e higiene en el trabajo
- Artículo 99: Servicios de medicina preventiva
y 28 artículos más.
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