Test Decreto 225/2014 AE Ext
Decreto autonómico que regula el régimen jurídico de la administración electrónica en Extremadura: sede electrónica, registro electrónico, expediente electrónico, comunicaciones y notificaciones electrónicas, firma, identidad digital.
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Temario de Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Decreto autonómico que regula el régimen jurídico de la administración electrónica en Extremadura: sede electrónica, registro electrónico, expediente electrónico, comunicaciones y notificaciones electrónicas, firma, identidad digital.
- Artículo 1: Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2: Derechos y garantías
- Artículo 3: Principios generales
- Artículo 4: Herramientas comunes
- Artículo 5: Derecho a un espacio personalizado en las relaciones de la Junta de Extremadura con los ciudadanos y las empresas
- Artículo 6: Diseño y producción de servicios y trámites electrónicos
- Artículo 7: Aprobación de programas y aplicaciones para la realización de servicios
- Artículo 8: Accesibilidad
- Artículo 9: Colaboración y cooperación con las entidades locales
- Artículo 10: Enfoque finalista y horizontal
- Artículo 11: Órganos administrativos competentes
- Artículo 12: Funciones del Consejo de Gobierno en materia de administración electrónica
- Artículo 13: Creación
- Artículo 14: Funciones
- Artículo 15: Composición
- Artículo 16: Constitución y asistencias
- Artículo 17: Régimen de sesiones
- Artículo 18: Atribuciones competenciales
- Artículo 19: Definición
- Artículo 20: El “Portal Ciudadano”
- Artículo 21: Inventario de Información Administrativa
- Artículo 22: Calidad de la información del sector público
- Artículo 23: Concepto y principios
- Artículo 24: Alcance y naturaleza de la sede electrónica
- Artículo 25: Condiciones de identificación de la sede electrónica y seguridad de sus
- Artículo 26: Contenido y servicios de la sede electrónica
- Artículo 27: Reglas especiales de responsabilidad
- Artículo 28: Punto de acceso general de la Junta de Extremadura
- Artículo 29: Objeto y alcance
- Artículo 30: Funciones del Registro electrónico
- Artículo 31: Solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden ser rechazados
- Artículo 32: Recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones y cómputo de plazo
- Artículo 33: Creación del repositorio único y centralizado de datos de identificación
- Artículo 34: Sistemas de identificación y autenticación de los ciudadanos
- Artículo 35: Sistemas de firma electrónica
- Artículo 36: Disposiciones comunes al régimen de uso de la firma electrónica
- Artículo 37: Identificación y autenticación de la competencia administrativa
- Artículo 38: Sistemas de firma electrónica de las autoridades y empleados públicos
- Artículo 39: Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada
- Artículo 40: Sistemas de firma electrónica mediante sello electrónico
- Artículo 41: Sistemas de código seguro de verificación
- Artículo 42: Principios
- Artículo 43: Formación
- Artículo 44: Intercambio de expedientes electrónicos
- Artículo 45: Acceso al expediente electrónico
- Artículo 46: Obtención de copias
- Artículo 47: Copia electrónica de documentos originales en papel
- Artículo 48: Copias electrónicas de documentos electrónicos
- Artículo 49: Copias en papel de documentos electrónicos
- Artículo 50: Aportación de documentos y copias digitalizadas
- Artículo 51: Compulsa electrónica de documentos originales en papel
- Artículo 52: Archivo de gestión electrónico
- Artículo 53: Conservación de documentos y expedientes electrónicos
- Artículo 54: Obligatoriedad de la comunicación a través de medios electrónicos
- Artículo 55: Práctica de notificaciones por medios electrónicos
- Artículo 56: Elección del medio de notificación
- Artículo 57: Modificación del medio de notificación
- Artículo 58: Notificación mediante la puesta a disposición del documento electrónico a través de dirección electrónica habilitada
- Artículo 59: Notificación mediante recepción en buzón electrónico
- Artículo 60: Notificación por comparecencia electrónica
- Artículo 61: Creación
- Artículo 62: Tablones de Anuncios Electrónicos de ámbito sectorial
- Artículo 63: Garantías de acceso
- Artículo 64: Otras comunicaciones y alertas por medios electrónicos
- Artículo 65: Procedimiento de gestión de la publicación de actos, comunicaciones y
- Artículo 66: Incorporación de procedimientos electrónicos a la sede electrónica
- Artículo 67: Presentación de la solicitud
- Artículo 68: Contenido de la solicitud
- Artículo 69: Subsanación de la solicitud
- Artículo 70: Acceso al estado de tramitación del expediente
- Artículo 71: Ordenación e instrucción
- Artículo 72: Aportación electrónica de datos y documentos
- Artículo 73: Catálogo de datos y documentos interoperables
- Artículo 74: Datos y documentos electrónicos accesibles al Catálogo
- Artículo 75: Terminación
- Artículo 76: Terminación convencional
- Artículo 77: Desistimiento y renuncia
- Artículo 78: Creación y ámbito
- Artículo 79: Órganos competentes
- Artículo 80: Protección de Datos de Carácter Personal
- Artículo 81: Incorporación de los apoderamientos al Registro
- Artículo 82: Comprobación del contenido del poder de representación
- Artículo 83: Contenido del Registro electrónico de Representantes
- Artículo 84: Modificación, renuncia y revocación del apoderamiento
- Artículo 85: Trámites y actuaciones por medios electrónicos y sus categorías
- Artículo 86: Acceso, consultas y certificaciones para el interesado
- Artículo 87: Acceso electrónico al Registro por la Junta de Extremadura y sus organismos públicos
- Artículo 88: Representación de terceros
- Artículo 89: Régimen de representación habilitada ante la Administración
- Artículo 90: Inscripción de la habilitación y autenticación de los ciudadanos por empleado público
- Artículo 91: Identificación y consentimiento expreso del ciudadano y actuaciones del
- Artículo 92: Extensión de la habilitación
- Artículo 93: Publicidad de trámites y actuaciones
- Artículo 94: Identificación y autenticación del ciudadano por parte de empleados públicos de otras Administraciones Públicas
- Artículo DA_adicional_primera: Informes periódicos y programas
- Artículo DA_adicional_segunda: Selección y Formación de los empleados públicos de
- Artículo DA_adicional_tercera: Directorio de webs oficiales públicas
- Artículo DA_adicional_cuarta: Adhesión al Registro electrónico de Representantes
- Artículo DA_adicional_quinta: Imagen corporativa de la Administración electrónica
- Artículo DA_adicional_sexta: Promoción de la presencia de la Junta de Extremadura
y 6 artículos más.
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