📚 TEST Decreto 225/2014 AE Ext

Test Decreto 225/2014 AE Ext

Decreto autonómico que regula el régimen jurídico de la administración electrónica en Extremadura: sede electrónica, registro electrónico, expediente electrónico, comunicaciones y notificaciones electrónicas, firma, identidad digital.

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📋 Información sobre Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura

¿Qué incluye este test?

  • Preguntas actualizadas de Decreto 225/2014 AE Ext
  • Explicaciones detalladas con artículos
  • Casos prácticos y jurisprudencia
  • Preguntas de exámenes oficiales

¿Para quién es útil?

  • Opositores y estudiantes de derecho
  • Profesionales del sector público
  • Abogados y asesores jurídicos
  • Cualquiera que estudie legislación española

Temario de Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Decreto autonómico que regula el régimen jurídico de la administración electrónica en Extremadura: sede electrónica, registro electrónico, expediente electrónico, comunicaciones y notificaciones electrónicas, firma, identidad digital.

  • Artículo 1: Objeto y ámbito de aplicación
  • Artículo 2: Derechos y garantías
  • Artículo 3: Principios generales
  • Artículo 4: Herramientas comunes
  • Artículo 5: Derecho a un espacio personalizado en las relaciones de la Junta de Extremadura con los ciudadanos y las empresas
  • Artículo 6: Diseño y producción de servicios y trámites electrónicos
  • Artículo 7: Aprobación de programas y aplicaciones para la realización de servicios
  • Artículo 8: Accesibilidad
  • Artículo 9: Colaboración y cooperación con las entidades locales
  • Artículo 10: Enfoque finalista y horizontal
  • Artículo 11: Órganos administrativos competentes
  • Artículo 12: Funciones del Consejo de Gobierno en materia de administración electrónica
  • Artículo 13: Creación
  • Artículo 14: Funciones
  • Artículo 15: Composición
  • Artículo 16: Constitución y asistencias
  • Artículo 17: Régimen de sesiones
  • Artículo 18: Atribuciones competenciales
  • Artículo 19: Definición
  • Artículo 20: El “Portal Ciudadano”
  • Artículo 21: Inventario de Información Administrativa
  • Artículo 22: Calidad de la información del sector público
  • Artículo 23: Concepto y principios
  • Artículo 24: Alcance y naturaleza de la sede electrónica
  • Artículo 25: Condiciones de identificación de la sede electrónica y seguridad de sus
  • Artículo 26: Contenido y servicios de la sede electrónica
  • Artículo 27: Reglas especiales de responsabilidad
  • Artículo 28: Punto de acceso general de la Junta de Extremadura
  • Artículo 29: Objeto y alcance
  • Artículo 30: Funciones del Registro electrónico
  • Artículo 31: Solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden ser rechazados
  • Artículo 32: Recepción de solicitudes, escritos y comunicaciones y cómputo de plazo
  • Artículo 33: Creación del repositorio único y centralizado de datos de identificación
  • Artículo 34: Sistemas de identificación y autenticación de los ciudadanos
  • Artículo 35: Sistemas de firma electrónica
  • Artículo 36: Disposiciones comunes al régimen de uso de la firma electrónica
  • Artículo 37: Identificación y autenticación de la competencia administrativa
  • Artículo 38: Sistemas de firma electrónica de las autoridades y empleados públicos
  • Artículo 39: Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada
  • Artículo 40: Sistemas de firma electrónica mediante sello electrónico
  • Artículo 41: Sistemas de código seguro de verificación
  • Artículo 42: Principios
  • Artículo 43: Formación
  • Artículo 44: Intercambio de expedientes electrónicos
  • Artículo 45: Acceso al expediente electrónico
  • Artículo 46: Obtención de copias
  • Artículo 47: Copia electrónica de documentos originales en papel
  • Artículo 48: Copias electrónicas de documentos electrónicos
  • Artículo 49: Copias en papel de documentos electrónicos
  • Artículo 50: Aportación de documentos y copias digitalizadas
  • Artículo 51: Compulsa electrónica de documentos originales en papel
  • Artículo 52: Archivo de gestión electrónico
  • Artículo 53: Conservación de documentos y expedientes electrónicos
  • Artículo 54: Obligatoriedad de la comunicación a través de medios electrónicos
  • Artículo 55: Práctica de notificaciones por medios electrónicos
  • Artículo 56: Elección del medio de notificación
  • Artículo 57: Modificación del medio de notificación
  • Artículo 58: Notificación mediante la puesta a disposición del documento electrónico a través de dirección electrónica habilitada
  • Artículo 59: Notificación mediante recepción en buzón electrónico
  • Artículo 60: Notificación por comparecencia electrónica
  • Artículo 61: Creación
  • Artículo 62: Tablones de Anuncios Electrónicos de ámbito sectorial
  • Artículo 63: Garantías de acceso
  • Artículo 64: Otras comunicaciones y alertas por medios electrónicos
  • Artículo 65: Procedimiento de gestión de la publicación de actos, comunicaciones y
  • Artículo 66: Incorporación de procedimientos electrónicos a la sede electrónica
  • Artículo 67: Presentación de la solicitud
  • Artículo 68: Contenido de la solicitud
  • Artículo 69: Subsanación de la solicitud
  • Artículo 70: Acceso al estado de tramitación del expediente
  • Artículo 71: Ordenación e instrucción
  • Artículo 72: Aportación electrónica de datos y documentos
  • Artículo 73: Catálogo de datos y documentos interoperables
  • Artículo 74: Datos y documentos electrónicos accesibles al Catálogo
  • Artículo 75: Terminación
  • Artículo 76: Terminación convencional
  • Artículo 77: Desistimiento y renuncia
  • Artículo 78: Creación y ámbito
  • Artículo 79: Órganos competentes
  • Artículo 80: Protección de Datos de Carácter Personal
  • Artículo 81: Incorporación de los apoderamientos al Registro
  • Artículo 82: Comprobación del contenido del poder de representación
  • Artículo 83: Contenido del Registro electrónico de Representantes
  • Artículo 84: Modificación, renuncia y revocación del apoderamiento
  • Artículo 85: Trámites y actuaciones por medios electrónicos y sus categorías
  • Artículo 86: Acceso, consultas y certificaciones para el interesado
  • Artículo 87: Acceso electrónico al Registro por la Junta de Extremadura y sus organismos públicos
  • Artículo 88: Representación de terceros
  • Artículo 89: Régimen de representación habilitada ante la Administración
  • Artículo 90: Inscripción de la habilitación y autenticación de los ciudadanos por empleado público
  • Artículo 91: Identificación y consentimiento expreso del ciudadano y actuaciones del
  • Artículo 92: Extensión de la habilitación
  • Artículo 93: Publicidad de trámites y actuaciones
  • Artículo 94: Identificación y autenticación del ciudadano por parte de empleados públicos de otras Administraciones Públicas
  • Artículo DA_adicional_primera: Informes periódicos y programas
  • Artículo DA_adicional_segunda: Selección y Formación de los empleados públicos de
  • Artículo DA_adicional_tercera: Directorio de webs oficiales públicas
  • Artículo DA_adicional_cuarta: Adhesión al Registro electrónico de Representantes
  • Artículo DA_adicional_quinta: Imagen corporativa de la Administración electrónica
  • Artículo DA_adicional_sexta: Promoción de la presencia de la Junta de Extremadura

y 6 artículos más.

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