Las normas incluidas en este reglamento se aplican a los estudios conducentes a los títulos oficiales de grado y máster en la UNED.
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Tema 6: Estudiantes de la UNED
Los estudiantes de la UNED: Acceso, admisión y permanencia.
Actualizado a 9 de septiembre de 2026. Regístrate para recibir actualizaciones cuando la legislación cambie.
Reglamento Progreso y Permanencia UNED
Reglamento sobre Progreso y Permanencia en Estudios Conducentes a Títulos Oficiales de Grado y Máster en la Universidad Nacional de Educación a Distancia (2024)
Derechos del estudiantado
Esta normativa garantiza la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razones de sexo, raza, religión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en materia de permanencia.
Tratamiento de la diversidad
La Universidad promoverá la efectiva adecuación de la aplicación de este reglamento a las necesidades específicas del estudiantado, con especial atención a la discapacidad y a las altas capacidades, mediante la valoración de cada caso concreto y la adopción de medidas adecuadas.
Cómputo de las convocatorias
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Con la matrícula se dispone en cada curso académico de dos oportunidades de examen para superar cada asignatura de grado o máster: las convocatorias de febrero y/o junio y la de septiembre.
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En el caso de los estudios de grado y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la normativa de pruebas presenciales, se dispondrá de una tercera convocatoria, de finalización de estudios, que se celebrará en diciembre y cuyo contenido se ajustará a lo previsto en el curso anterior.
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A efectos de permanencia, únicamente se computará como convocatoria efectiva la realizada en el mes de septiembre de aquellas asignaturas que hayan sido calificadas, sin que sea necesaria la renuncia expresa en caso de no presentarse al examen. En este último supuesto, en el acta constará “no presentado”.
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La convocatoria de finalización de estudios de grado también computará como convocatoria efectiva de las asignaturas matriculadas, siempre que se haya solicitado la participación en la misma, con independencia de presentarse o no a su evaluación.
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En los procesos de extinción de un título o plan de estudios se podrán determinar las concretas condiciones de cómputo de convocatorias o normas de permanencia, en caso de que no se ajusten a lo dispuesto en este reglamento.
Régimen de simultaneidad de estudios
El máximo de titulaciones oficiales de grado y máster en las que se podrá estar matriculado simultáneamente será de tres, sin que pueda matricularse en más de un máster. Los dobles grados se computarán como un único estudio.
Excepcionalmente, una vez cerrado el proceso de preinscripción y en caso de disponibilidad de plazas, podrá superarse el límite de un máster mediante solicitud motivada, con autorización del vicerrectorado competente en la materia, previo informe favorable del decanato de la facultad o dirección de la escuela que coordine el título.
Número mínimo y máximo de créditos matriculados
La matrícula mínima será de una asignatura, con independencia de los créditos ECTS de la misma, y la máxima de 90 créditos ECTS en el cómputo total de titulaciones matriculadas.
Excepcionalmente, podrá superarse este límite mediante solicitud motivada, con autorización del vicerrectorado competente en la materia, previo informe favorable del decanato de la facultad o dirección de la escuela que coordine el título. Se valorará el rendimiento académico, la capacidad para afrontar la carga lectiva solicitada, así como las circunstancias personales o académicas que concurran en el caso concreto.
Tipología del estudiantado en función de los créditos matriculados
Se considera estudiante a tiempo parcial a quien se matricule de hasta un máximo de 44 créditos
ECTS. Se considera estudiante a tiempo completo a quien se matricule de 45 créditos ECTS o más. En cualquier caso, el régimen de convocatorias establecido en los capítulos 1 y 2 del título
II de este reglamento no se verá alterado por dicha circunstancia.
Número de convocatorias
Con carácter general, quienes cursen enseñanzas oficiales de grado de la UNED disponen de un número máximo de seis convocatorias por asignatura.
Convocatorias de gracia y extraordinaria de gracia
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Excepcionalmente, quien tenga agotadas seis convocatorias de alguna asignatura podrá solicitar una convocatoria de gracia al decanato de la facultad o dirección de la escuela que coordine el título. Solo cabe la solicitud de una convocatoria de gracia por titulación.
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Agotada la convocatoria de gracia, el vicerrectorado competente por razón de la materia podrá conceder una convocatoria adicional, extraordinaria de gracia, previo informe favorable del decanato de la facultad o dirección de la escuela que coordine el título.
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Quien no supere las convocatorias de gracia y extraordinaria de gracia que le hayan sido concedidas o no se presente a su evaluación durante el curso abandonará la titulación, sin perjuicio de acudir al tribunal de compensación si en ese curso académico concurrieran los requisitos establecidos para ello.
Número de convocatorias
Con carácter general, quienes cursen enseñanzas oficiales de máster de la UNED disponen de un número máximo de cuatro convocatorias por asignatura.
Número de cursos académicos consecutivos de permanencia
- Se establecen los siguientes límites de permanencia en función del número de cursos contados consecutivamente a partir del curso inicial de matrícula, con independencia de que haberse matriculado o no en todos ellos:
a) Másteres con una carga lectiva de 60 créditos ECTS: el número máximo de cursos de permanencia será de 4.
b) Másteres con una carga lectiva de 90 créditos ECTS: el número máximo de cursos de permanencia será de 6.
c) Másteres con una carga lectiva de 120 créditos ECTS: el número máximo de cursos de permanencia será de 8.
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Quienes deban cursar obligatoriamente complementos formativos dispondrán de un curso académico adicional.
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Quienes cursen másteres con especialidades y hayan superado el trabajo de fin de máster no estarán sujetos al límite de permanencia por cursos académicos consecutivos del apartado 1.
Convocatorias de gracia y extraordinaria de gracia
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Excepcionalmente, quien tenga agotadas cuatro convocatorias de alguna asignatura o exceda del máximo de años de permanencia podrá solicitar convocatoria o curso de gracia al decanato de la facultad o dirección de la escuela que coordine el título. Solo cabe la solicitud de una convocatoria de gracia por titulación.
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Agotada la convocatoria o el curso de gracia, el vicerrectorado competente por razón de la materia podrá conceder una convocatoria adicional, extraordinaria de gracia, y, en su caso un curso adicional, extraordinario de gracia, previo informe favorable del decanato de la facultad o dirección de la escuela que coordine el título.
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Quien no supere las convocatorias de gracia y extraordinaria de gracia que le hayan sido concedidas o no se presente a su evaluación durante el curso abandonará la titulación, sin perjuicio, en su caso, de acudir al tribunal de compensación si en ese curso académico concurrieran los requisitos establecidos para ello.
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Quien no concluya sus estudios en el curso de gracia o extraordinario de gracia abandonará la titulación.
Esta normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa…
Esta normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Interno de
Coordinación Informativa (BICI).
La concesión de convocatorias de gracia y extraordinarias de gracia en los másteres que vean modificado su número de…
La concesión de convocatorias de gracia y extraordinarias de gracia en los másteres que vean modificado su número de créditos ECTS por aplicación del Real Decreto 822/2021 se ajustará a la norma que resulte más favorable.
Estatutos UNED
Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la UNED (2026)
Admisión
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Cualquier persona podrá solicitar su admisión para realizar estudios en la UNED, siempre que reúna los requisitos legalmente establecidos para el inicio o la continuación de enseñanzas oficiales o bien los establecidos por la Universidad para las enseñanzas propias. Para el acceso a la Universidad de mayores de 25, 40 y 45 años se aplicarán los requisitos establecidos legalmente.
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La UNED gestionará sus infraestructuras y medios procurando atender la demanda de las plazas que le sean solicitadas y garantizando la calidad exigible a las enseñanzas que imparte.
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El Consejo de Gobierno, atendiendo a los recursos materiales y personales disponibles, podrá fijar, de acuerdo con la legislación vigente, criterios de acceso a sus enseñanzas.
Normas de inscripción y matrícula
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El Consejo de Gobierno aprobará las normas de inscripción y matrícula del estudiantado en las enseñanzas que oferte la UNED.
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El Consejo de Gobierno establecerá también las condiciones en las que el personal docente e investigador y el profesorado tutor de la Universidad podrá cursar enseñanzas en ella, de acuerdo con la legislación general aplicable.
Derechos de inscripción y matrícula
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Cuando la determinación de los derechos de inscripción o matrícula en alguna enseñanza corresponda a la Universidad, dichos derechos se fijarán por el Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno.
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Para contribuir a que ninguna persona quede excluida del estudio por razones económicas, el Consejo Social, en el ámbito de sus competencias y en la medida de las disponibilidades presupuestarias, establecerá un sistema propio de becas, ayudas y créditos, así como la exención parcial o total y el fraccionamiento del pago de los derechos de matrícula.
Apoyo al estudiantado
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La UNED, sus centros asociados y sus campus territoriales proporcionarán apoyo tutorial al estudiantado, así como orientación profesional para facilitar el desarrollo vocacional y la inserción laboral.
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Para la mejora del rendimiento académico del estudiantado, la UNED establecerá medidas que garanticen un adecuado seguimiento del aprendizaje y que faciliten la asistencia efectiva del estudiantado a las pruebas de evaluación.
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El Consejo de Gobierno aprobará, previo informe del Consejo Social, las normas que regulen el progreso y la permanencia del estudiantado en la Universidad.
Reconocimiento de validación de estudios y de experiencia
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El Consejo de Gobierno establecerá los criterios y procedimientos para los cambios de titulación, el reconocimiento de créditos y cualesquiera otras formas de reconocimiento de validación de estudios o de experiencia profesional, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
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Los expedientes de convalidación parcial o reconocimiento de créditos de los estudios realizados previamente en otros centros o universidades se tramitarán en las facultades, escuelas, departamentos o institutos universitarios de investigación que tengan a su cargo en la UNED los respectivos planes o programas de estudios en los que la persona solicitante esté matriculada.
Premios extraordinarios
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Se establecerán premios extraordinarios de fin de carrera para reconocer el especial mérito del estudiantado que haya finalizado sus estudios de grado y máster universitario y tenga el mejor expediente académico en cada una de las titulaciones.
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Se establecerán, asimismo, premios extraordinarios de doctorado.
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La concesión de los premios extraordinarios se regirá por una reglamentación específica aprobada por el Consejo de Gobierno.
Estudiantes de la UNED
Son estudiantes de la UNED todas aquellas personas que se encuentren matriculadas en cualquiera de sus enseñanzas.
Derecho de acceso
El estudiantado tiene derecho de acceso a los estudios universitarios, de acuerdo con el artículo 27 de la Constitución española y en igualdad de oportunidades y condiciones, en los términos establecidos por la normativa general y por la normativa de la Universidad.
Derechos relativos a la formación académica
El estudiantado tendrá los siguientes derechos en relación con su formación académica:
a) Derecho a una formación académica inclusiva de calidad en los estudios elegidos y a la atención por el equipo docente, según la modalidad de enseñanza propia de la UNED.
b) Derecho a disponer, previamente al periodo de matrícula y de manera gratuita, de la información acerca de las enseñanzas ofertadas, la relación de bibliografía básica, los criterios de evaluación de las diferentes asignaturas y el calendario de las pruebas presenciales.
c) Derecho a disponer en cada asignatura del material didáctico adecuado a la modalidad de enseñanza a distancia, que deberá estar disponible al inicio del cuatrimestre en el que se imparta la asignatura.
d) Derecho a una evaluación objetiva y a la publicidad de las normas que regulen los procedimientos de evaluación y verificación de los conocimientos, incluidos el procedimiento de revisión de calificaciones y los mecanismos de reclamación disponibles.
e) Derecho a concurrir a las pruebas presenciales de las asignaturas de las enseñanzas oficiales en las que esté matriculados, de conformidad con la normativa aplicable.
f) Derecho a recibir la notificación de las calificaciones dentro de los plazos establecidos, a la certificación de asistencia a las pruebas presenciales y a que sus exámenes sean custodiados.
g) Derecho a la revisión de la calificación de sus exámenes, conforme a las normas de procedimiento que apruebe el Consejo de Gobierno y a recibir copia de su examen.
h) Derecho a solicitar la compensación en los supuestos en que se cumplan los requisitos exigidos por la normativa vigente.
i) Derecho a la publicidad de las normas que regulen el progreso y la permanencia en los estudios universitarios y la igualdad de oportunidades en su aplicación.
j) Derecho de acceso a la orientación académica, profesional y para el empleo.
k) Derecho a un diseño de las actividades académicas que facilite la conciliación de los estudios con la vida laboral y familiar.
l) Derecho de acceso a la formación para el desarrollo de capacidades digitales y al uso legal y seguro de los recursos e infraestructuras digitales que ponga a disposición la Universidad.
m) Derecho a acceder y a participar en programas de movilidad en condiciones que garanticen la igualdad de oportunidades.
n) Derecho a la accesibilidad universal de los edificios y sus entornos físicos y virtuales, así como de los servicios, procedimientos, suministros y comunicación de información, los materiales educativos y los procesos de enseñanza-aprendizaje y evaluación.
ñ) Derecho al reconocimiento académico por su participación en actividades universitarias de mentoría, de aprendizaje-servicio, de Ciencia Ciudadana, culturales, deportivas, de representación estudiantil, asociacionismo universitario, solidarias, de cooperación y de creación de nuevas iniciativas sociales y empresariales, de conformidad con la normativa aplicable.
o) Derecho de las personas deportistas de alto nivel a la compatibilización de los estudios con sus actividades deportivas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente y en función de los recursos disponibles.
Derechos de participación y representación
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El estudiantado tiene derecho a las libertades de expresión, reunión y asociación en el ámbito universitario.
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Además, tiene derecho a elegir a sus representantes de acuerdo con los procedimientos establecidos por la normativa de la Universidad.
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Asimismo, tiene derecho a participar:
a) En la programación y ordenación de la enseñanza, conforme a lo establecido en estos estatutos.
b) En la evaluación de la calidad de la enseñanza y de la labor docente del personal docente e investigador.
c) En todos los órganos colegiados de gobierno de la Universidad, a través de sus personas delegadas y representantes, conforme a lo dispuesto en estos estatutos y en el resto de la normativa de la Universidad.
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El estudiantado tiene derecho a comunicarse con sus representantes sin demoras injustificadas.
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La Universidad garantizará al estudiantado un acceso real a la información y a mecanismos adecuados para el ejercicio efectivo de los derechos de participación y representación, incluidos aquellos destinados al seguimiento y la evaluación.
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Asimismo, adoptará medidas para que estos derechos resulten compatibles con su actividad académica, como el reconocimiento de créditos por su implicación en la política, la actividad y la gestión universitaria, incluidas las actividades de asociacionismo y representación estudiantil, culturales, solidarias, de cooperación y de colaboración con el entorno.
Otros derechos
Además de los enumerados en los artículos anteriores, el estudiantado tendrá:
a) Derecho a acceder a becas y ayudas al estudio, de acuerdo con los requisitos y procedimientos establecidos por las correspondientes convocatorias y por la normativa aplicable.
b) Derecho a la protección de sus datos personales, conforme a lo establecido en la normativa vigente.
c) Derecho a acudir a la defensoría universitaria mediante los procedimientos previstos a tal efecto.
d) Derecho de acceso a los servicios universitarios dirigidos a ese colectivo, en los términos que se establezcan.
e) Derecho al paro académico, en el respeto del derecho a la educación del estudiantado y en las condiciones y según los procedimientos establecidos reglamentariamente.
f) Derecho a la orientación psicopedagógica y al cuidado de la salud mental y emocional, en los términos dispuestos por la normativa universitaria.
g) Cualquier otro derecho que le reconozca el Estatuto del Estudiante y la normativa vigente.
Deberes del estudiantado
Son deberes del estudiantado:
a) Participar de forma activa y responsable en las actividades docentes y en las demás actividades universitarias, con el máximo aprovechamiento y dedicación.
b) Respetar la normativa universitaria, incluida la reguladora de la disciplina académica y de la convivencia en el ámbito universitario.
c) Observar las directrices que el personal docente e investigador y las autoridades universitarias emitan en el ámbito de sus competencias.
d) Respetar a los miembros de la comunidad universitaria, así como al personal y las personas usuarias de las entidades colaboradoras o que presten servicios en la Universidad.
e) Cooperar con el resto de la comunidad universitaria para el logro de los fines de la Universidad, así como para el mantenimiento y la mejora de sus servicios.
f) Utilizar los medios de información y comunicación puestos a disposición por la Universidad para conocer las orientaciones de las asignaturas en que esté matriculado.
g) Hacer un correcto uso de las instalaciones, bienes y recursos que forman el patrimonio de la Universidad, así como de las herramientas tecnológicas y de comunicación puestas a su disposición, respetando los criterios que reglamentariamente se establezcan.
Representación
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El estudiantado tendrá derecho a una representación activa, significativa y participativa en los órganos de gobierno y representación de la Universidad, así como en los procesos para su elección.
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Los órganos de representación del estudiantado serán: los consejos de estudiantes de centros asociados y, en su caso, centro UNED en el exterior y de facultades y escuelas, y el Consejo General de Estudiantes.
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Su organización y funcionamiento, así como el proceso electoral, se regularán por un reglamento cuyo proyecto será elaborado y aprobado por el Consejo General de Estudiantes, con la asesoría del vicerrectorado competente y de la Asesoría Jurídica de la Universidad. Cualquier modificación del proyecto que el Consejo de Gobierno proponga deberá ser examinada nuevamente por el Consejo General de Estudiantes. La nueva propuesta que se llegue a elaborar se elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación.
Derechos de la representación del estudiantado
- La representación del estudiantado tendrá derecho a:
a) Disponer de locales y medios suficientes para el desarrollo de sus actividades de representación, que en ningún caso serán gravosas económicamente para las personas que las lleven a cabo.
b) Ser asesorada por la Universidad en cuantas dudas le surjan en el ejercicio de sus funciones de representación.
c) Participar en las comisiones de revisión de exámenes, en los términos que establezca el Consejo de Gobierno.
d) No ser sancionada por actos derivados del ejercicio de la representación.
- La UNED incluirá en sus presupuestos una partida que garantice la autonomía y el normal funcionamiento de la representación estudiantil.
Deberes de la representación del estudiantado
La representación del estudiantado deberá asumir las responsabilidades que comportan los cargos para los cuales haya sido elegida y tendrá los siguientes deberes:
a) Mantener una comunicación fluida con sus representados y representadas y con los órganos y demás sectores de la comunidad universitaria.
b) Participar en las reuniones y en el funcionamiento de los órganos colegiados de los cuales forme parte, respetando sus procedimientos y la normativa aplicable.
Convivencia universitaria
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La mayor realización posible de los valores y principios democráticos en el ámbito de la UNED requiere de un sistema integral de protección y garantía de la convivencia universitaria, sobre una base participativa.
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El sistema de convivencia se articulará a través de las normas de convivencia y el régimen disciplinario legal y reglamentariamente establecidos.
Unidades de la convivencia universitaria
Para lograr la convivencia universitaria a la que se refiere el artículo anterior, la UNED se dotará de las siguientes unidades básicas:
a) Comisión de Convivencia.
b) Unidad de Igualdad y Diversidad.
c) Defensoría Universitaria.
d) Centro de Prevención, Resolución de Conflictos e Inspección.
Potestad disciplinaria
La competencia para el ejercicio de la responsabilidad disciplinaria corresponde al Rector o Rectora, de conformidad con la normativa general vigente.
Normas de convivencia
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Con el fin de favorecer el entendimiento, la convivencia pacífica y el pleno respeto de los valores democráticos, los derechos fundamentales y las libertades públicas en el ámbito universitario, la UNED aprobará sus normas de convivencia, que serán de obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad universitaria, respecto de sus actuaciones tanto individuales, como colectivas.
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Las normas de convivencia de la UNED promoverán:
a) El respeto a la diversidad y la tolerancia, la igualdad, la inclusión y la adopción de medidas de acción positiva en favor de los colectivos vulnerables.
b) La libertad de expresión, el derecho de reunión y asociación y la libertad de cátedra.
c) La eliminación de toda forma de violencia, discriminación o acoso.
d) La transparencia en el desarrollo de la actividad académica.
e) La utilización y conservación de los bienes y recursos de la Universidad de acuerdo con su función de servicio público.
f) El respeto de los espacios comunes, incluidos los de naturaleza digital.
g) La utilización del nombre y los símbolos universitarios de acuerdo con los protocolos establecidos.
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Las normas de convivencia de la UNED incluirán, asimismo, medidas de prevención y respuesta de acuerdo con un enfoque de protección de los derechos humanos frente a la violencia, la discriminación o el acoso.
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En las normas de convivencia se desarrollarán medios alternativos de solución de los conflictos, para ser aplicados antes y durante el procedimiento disciplinario. Los medios que se desarrollen se ajustarán, en todo caso, a los principios de voluntariedad, confidencialidad, equidad, imparcialidad, buena fe y respeto mutuo, prevención y prohibición de represalias, flexibilidad, claridad y transparencia.
Comisión de Convivencia
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Para el cumplimiento a lo dispuesto en este título y su normativa de desarrollo, la UNED creará una Comisión de Convivencia, integrada de manera paritaria por representantes del personal docente e investigador, del profesorado tutor, del personal técnico, de gestión y de administración y servicios y del estudiantado.
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La composición, la organización y el funcionamiento de dicha comisión, así como el nombramiento y las incompatibilidades de sus miembros y los motivos de abstención y recusación en los procedimientos en los que intervengan, se regularán en su reglamento de funcionamiento, que será aprobado por el Consejo de Gobierno.
Funciones y régimen de funcionamiento
- La UNED contará con una unidad de igualdad y diversidad con las siguientes funciones:
a) Asesorar, coordinar y evaluar la incorporación transversal de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de las políticas universitarias, así como la inclusión de la perspectiva de género en el conjunto de actividades y funciones de la Universidad.
b) Coordinar e incluir de manera transversal, junto con la Unidad de atención al estudiantado con discapacidad o necesidades específicas de apoyo educativo, el desarrollo de las políticas universitarias de inclusión, antidiscriminación, la atención a la discapacidad y a la diversidad en el conjunto de actividades y funciones de la Universidad.
- Su régimen de funcionamiento será establecido reglamentariamente por el Consejo de Gobierno.
Servicios de salud, orientación y acompañamiento
La UNED habilitará los servicios de salud y acompañamiento psicológico y pedagógico y de prevención y fomento del bienestar emocional de su comunidad universitaria, a través de las estructuras y unidades que establezca reglamentariamente.
Servicios para la promoción de las actividades culturales, del deporte, de la cooperación, de la solidaridad y del voluntariado
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La UNED contará con unidades que promuevan el desarrollo de actividades culturales en colaboración con la red de centros UNED, atendiendo a las especificidades de su entorno.
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Asimismo, la UNED contará con una unidad de promoción de la actividad deportiva para facilitar su práctica a los miembros de la comunidad universitaria.
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La UNED fomentará la participación de los miembros de la comunidad universitaria en actividades y proyectos de cooperación internacional y solidaridad. Asimismo, propiciará la realización de actividades e iniciativas que contribuyan al impulso de la cultura de la paz, el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, como elementos esenciales para el progreso solidario.
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La UNED fomentará la participación de su estudiantado en actividades de voluntariado.
Centro de Atención al Estudiantado
El Centro de Atención al Estudiantado es un servicio que ofrece información y atención a la comunidad estudiantil presente y futura de la UNED y que gestiona el sistema de quejas, reclamaciones, felicitaciones y sugerencias de la Universidad.
Los órganos de gobierno de la Universidad garantizarán la coordinación del Centro con los centros asociados de la UNED y con las otras unidades de atención al estudiante.
Centro de Orientación y Empleo
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El Centro de Orientación y Empleo es el servicio que ofrece soporte y asesoramiento a la comunidad universitaria tanto para la integración académica, como para contribuir al desempeño académico del estudiantado, a su inserción laboral y al desarrollo de su carrera profesional.
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Los órganos de gobierno de la Universidad garantizarán el correcto funcionamiento del Centro en los centros que integran la red de la UNED y la coordinación con ellos.
Unidad de atención al estudiantado con discapacidad o necesidades específicas de apoyo educativo
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La UNED contará con una unidad de atención al estudiantado con discapacidad, integrada por personal técnico cualificado formado en atención a la discapacidad, cuyo objetivo principal es garantizar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la equidad para el estudiantado con discapacidad y necesidades específicas de apoyo educativo de la Universidad, así como contribuir a suprimir las barreras para el acceso, la participación y el aprendizaje de todas las personas con discapacidad y necesidades específicas de apoyo educativo que integran la comunidad universitaria.
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Dicha unidad prestará soporte y asesoramiento al personal docente e investigador y al personal técnico, de gestión y administración y servicios para la atención al estudiantado con discapacidad.
Unidad de estudiantes en centros penitenciarios
La UNED contará con una unidad de estudiantes en centros penitenciarios, cuyo objetivo es facilitar las relaciones con la Universidad del estudiantado que se encuentre cumpliendo una pena privativa de libertad. Para ello, la Universidad desarrollará programas específicos mediante convenios con las instituciones y organismos competentes.
Unidad de apoyo a estudiantes en el exterior
La UNED contará con una unidad que preste apoyo al estudiantado que curse sus estudios en el exterior.